Real Decreto 154/1988, de 12 de febrero, por el que se conmuta la pena a Angel Villegas Llana.

MarginalBOE-A-1988-4541
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
::lE
núm.
46
Martes
23
febrero 1988
S77~
4538
4537
4541
4540
.REAL
DECRETO 153/1988. de 12 de
febrero.
por el
que se indulta aAlberto Sudupe Menáizdbal.
Visto
el
expediente de indulto de Alberto Sudupe Mendizábal,
condenado por
el
Juzgado de instrucción
de
Azpeitia, como autor
de tres delitos de robo, ados penas de cuatro meses y
un
día de
arresto mayor yuna de seis meses de igual pena, yteniendo en
cuenta las circunstancias concurrentes en los hechos,
Vistos la
Ley
de
18
de junio de 1870, reguladora de la gracia de
indulto, modificada por
Ley
de 14 de enero de 1988, y
el
Decreto
de 22
de
abril de 1938.
De conformidad con
el
parecer del Ministerio Fiscal ydel
Tribunal sentenciador, apropuesta del Ministro de Justicia y
previa deliberación del Consejo
de
Ministros en su reunión del día
12 de febrero
de
1988.
Vengo en indultar aAlberto Sudupe Mendizábal de las penas
impuestas.
Dado en Madrid a
12
de febrero de 1988.
El
Mínistro
de
Justicia.
FERNANDO LEDE5MA BARTRET
REAL
DECRETO 154/1988.
de
12
de febrero. por el
que se conmuta pena aAngel Villegas Llana.
Visto el expediente de indulto de Angel Villegas Llana, conde-
nado por
el
Juzgado
de
Instrucción de Mieres en sentencia de 28
de
junio de 1986, como autor
de
un delito de quebrantamiento de
condena, a
la
pena de dos meses de arresto mayor, yteniendo en
cuenta las circunstancias que concurren en los hechos,
Vistos
la
Ley
de
18
de junio de 1870, modificada por
Ley
de 14
de
enero de 1988, reguladora de
la
gracia de indulto, y
el
Decreto
de
22
de
abril de 1938.
De conformidad con
el
parecer del Ministerio Fiscal ydel
Tribunal sentenciador, apropuesta del Ministro de Justicia y
previa deliberación del Consejo
de
Ministros en su reunión del dia
12
de febrero de 1988.
Vengo en conmutar aAngel ViIlegas Llana, la pena privativa de
libertad impuesta por una multa de
SO.OOO
pesetas.
Dado en Madrid a
12
de febrero de 1988.
JUAN CARLOS R.
El
Ministro
de
Justicia.
FERNANDO LEDESMA BARTRET
El
Ministro de
Justicia.,
FERNANDO LEDESMA BARTRET
JUAN CARLOS
R.
De acuerdo con
el
parecer del Ministerio Fiscal ydel TribunaJ
sentenciador apropuesta del Ministro de Justicia en la reunión del
día
12
de
febrero de 1988,
Vengo en indultar aJavier Ortega Delgado de
la
mitad de las
penas impuestas.
Dado en Madrid a
12
de febrero
de
1988.
JUAN CARLOS
R.
El
Ministro
de
Justicia.
FERNANDO LEDESMA BARTRET
4542
REAL
DECRETO 155/1988. de 12 de febrero. por el
que se indulta aLorenzo Méndez Cabrera.
Visto
el
expediente de indulto de Lorenzo Méndez Cabrera,
condenado por
la
Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de
20
de septiembre de 1986, como autor de un delito de robo, ala
pena de cuatro años dos meses yun día de prisión menor, y
teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en los hechos,
Vistos
la
Ley
de
18
de junio de 1870, reguladora de
la
gracia de
indulto, modificada por
Ley
de 14 de enero
de
1988, y
el
Decreto
de
22
de abril de 1938:
De conformidad con
el
parecer del Ministerio Fiscal ydel
Tribunal sentenciador, apropuesta del Ministro de Justicia y
previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día
12 de febrero de 1988.
Vengo en indultar aLorenzo Méndez Cabrera, dos años de
la
pena Impuesta.
Dado en Madrid a12 de febrero de 1988.
JUAN CARLOS
R.
REAL
DECRETO 150/1988. de
12
defebrero. por el
que se indulta aJosé Sdnchez Herndndez.
Visto el expediente de indulto de José Sánchez Hernández,
condenado por la Audiencia Provincial de Barcelona, que en
sentencia
de
28 de mayo
de
1981,
le
condenó como autor de un
delito de robo, ala pena de seis años
de
presidio menor, yteniendo
en
cuenta las circunstancias concurrentes en los hechos,
Vistos la
Ley
de 18 de junio de 1870, reguladora de
la
gracia de
indulto, modificada por otra
de
14 de enero
de
1988, y
el
Decreto
de
22 de abril de 1938.
De conformidad con
el
Tribunal sentenciador yoído
el
Ministe-
rio Fiscal, apropuesta del Ministro de Justicia yprevia delibera-
ción del Consejo de Ministros en su reunión del día
12
de febrero
de
1988,
Vengo en indultar aJosé Sánchez Hernández de
la
mitad de la
pena impuesta.
Dado en Madrid a12 de febrero de 1988.
REAL
DECRETO 151/1988. de
12
de febrero. por el
que se indulta a
Mana
Angeles Vicente García.
Visto el expediente de indulto de Maria Angeles Vicente Garcia,
condenada por la Audiencia Provincial de Madrid, en sentencia de
27 de octubre de 1983, como autora de un delito de parricidio, a
la pena de seis años yun día de prisión mayor, yteniendo en cuenta
las circunstancias que concurren en los hechos,
Vistos la Ley de
18
de junio de 1870, reguladora de la gracia de
indulto, modificada por otra de
14
de enero de 1988, y
el
Decreto
de 22 de abril de 1938.
De acuerdo con
el
parecer del Ministerio Fiscal ydel Tribunal
sentenciador apropuesta del Ministro de Justicia yprevia delibera-
ción del Consejo de Ministros en su reunión del día 12
de
febrero
de
1988,
Vengo en indultar aMaría Angeles Vicente Garcia, dos años de
la
pena impuesta.
Dado en Madrid a
12
de febrero
de
1988.
JUAN CARLOS R.
El
Miniltro
de
Justicia.
FERNANDO LEDESMA BARTRET
El
Minisuo
de
Justicia.
FERSANDO
LEDESMA BARTRET
El
Ministro
de
Justicia,
FERNANDO LEDESMA BARTRET
.enencia il!cita
de
armas, a
las
penas de cmco meses de arresto
mayor y
seIS
meses yun
día
de pnsión menor, yteniendo en cuenta
las cIrcunstancIas concurrentes en los hechos,
Vistos la
Ley
de
18 dejunio de 1870, reguladora de la gracia de
indulto, modificada por otra de 14 de enero
de
1988, Y
el
Decreto
de 22 de abril de 1938.
De acuerdo con
el
Tribunal sentenciador yoído
el
Ministerio
Fiscal, apropuesta del Ministro de Justicia previa deliberación del
Consejo de Ministros en su reunión del día
12
de febrero de 1988
Venllo en indultar del resto de
la
pena que
le
queda por cumpli;
a
FranCISCO
Nuez Santana.
Dado en Madrid a
12
de febrero de 1988.
JUAN CARLOS
R.
JUAN CARLOS
R.
4539
REAL
DECRETO 152/1988. de 12 defebrero. por el
que se indulta aJavier Ortega Delgado.
Visto
el
expediente de indulto de Javier Ortega Delgado,
incoado en virtud de exposición elevada
al
Gobierno.
al
amparo de
lo establecido en
el
párrafo segundo del artículo 2.° del Código
Penal, por la Audiencia Provincial de Vitoria, que en sentencia de
28
de junio de 1982,
le
condenó como autor de cuatro delitos de
robo, auna pena de cuatro años dos meses yun día de prisión
menor; dos penas de dos años cuatro meses yun día de igual
prisión yuna pena de cuatro meses yun día de arresto mayor, y
teniendo en cuenta las circunstancias que concurren en los hechos,
Vistos la Ley de
18
de junio de 1870, reguladora de la gracia de
indulto, modificada
por
Ley
de 14 de enero de 1988. yel Decreto
de
22
de abril de 1938.

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