ORDEN APA/3347/2004, de 30 de septiembre, por la que se ratifica el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida 'Lenteja Pardina de Tierra de Campos'.

MarginalBOE-A-2004-17796
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

ORDEN APA/3347/2004, de 30 de septiembre, por la que se ratifica el Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida 'Lenteja Pardina de Tierra de Campos'.

De conformidad con lo establecido en el artÃculo 5 del Real Decreto 1643/1999, de 22 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción en el Registro Comunitario de las Denominaciones de Origen Protegidas y de las Indicaciones Geográficas Protegidas, por aplicación del artÃculo 5.5 del Reglamento (CEE) 2081/92, del Consejo, de 14 de julio de 1992, relativo a la protección de las indicaciones geográficas y de las denominaciones de origen de los productos agrÃcolas y alimenticios, se podrá conceder una protección transitoria nacional a partir de la fecha de la transmisión de la solicitud de registro a la Comisión Europea.

Transmitida la solicitud de registro como Indicación Geográfica Protegida para la 'Lenteja Pardina de Tierra de Campos', que se ajusta a lo dispuesto en el Reglamento (CEE) 2081/92; en la Ley 24/2003, de julio, de la Viña y del Vino, y en la Ley 25/1970, de 2 de diciembre, del Estatuto de la viña, del vino y los alcoholes, y en su Reglamento, aprobado por Real Decreto 835/1972, de 8 de julio, y aprobadoel Reglamento de la Indicación Geográfica Protegida 'Lenteja Pardina de Tierra de Campos' por Orden AYG/961/2004, de 15 de junio, por la que se protege transitoriamente la Indicación Geográfica Protegida 'Lenteja Pardina de Tierra de Campos' y se crea su Consejo Regulador, publicada en el 'BoletÃn Oficial de Castilla y León' n.o 121, de fecha 25 de junio de 2004, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1683/1994, de 22 de julio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Castilla y León en materia de Denominaciones de Origen, corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conocer y ratificar dicho Reglamento.

En su virtud, dispongo:

ArtÃculo único. Ratificación.

Se ratifica el texto del Reglamento la Indicación Geográfica Protegida 'Lenteja Pardina de Tierra de Campos', aprobado por Orden AYG/961/2004, de 15 de junio, por la que se protege transitoriamente la Indicación Geográfica Protegida 'Lenteja Pardina de Tierra de Campos' y se crea su Consejo Regulador, que figura como anexo a la presente Disposición, con el carácter transitorio establecido en el artÃculo 5.5 del Reglamento (CEE) 2081/92, una vez que la solicitud de registro ha sido transmitida a la Comisión Europea.

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el dÃa siguiente al de su publicación en el 'BoletÃn Oficial del Estado'.

Madrid, 30 de septiembre de 2004.

ESPINOSA MANGANA

ANEXO

Reglamento de la indicación geográfica protegida 'Lenteja Pardina de Tierra de Campos'

CAPÍTULO I

Generalidades

ArtÃculo 1.

Quedan amparadas por la Indicación Geográfica Protegida 'Lenteja Pardina de Tierra de Campos', las lentejas que cumplan con los requisitos establecidos en este Reglamento y en el resto de la legislación vigente.

ArtÃculo 2.

  1. La protección otorgada se extiende al nombre de la Indicación Geográfica Protegida y al nombre 'Tierra de Campos' aplicado a las lentejas.

  2. El nombre de la Indicación Geográfica Protegida se empleará en su integridad, es decir, con las seis palabras que lo componen, en el mismo orden y con idénticos caracteres.

  3. Queda prohibida la utilización en otras lentejas de nombres, marcas, términos y signos que por su similitud fonética o gráfica con las protegidas puedan inducir a confundirlas con las que son objeto de este Reglamento, aún en el caso de que vayan precedidos de los términos 'tipo', 'estilo', 'variedad', 'envasado en' u otros análogos.

    ArtÃculo 3.

  4. La defensa de la Indicación Geográfica Protegida, la aplicación de su Reglamento, la vigilancia del cumplimiento del mismo, asà como el fomento y el control de la calidad de las lentejas amparadas quedan encomendados al Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida, a la ConsejerÃa de Agricultura y GanaderÃa de la Junta de Castilla y León, al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León, al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y a la Unión Europea, cada uno en el ámbito de sus respectivas competencias.

  5. El Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León deberá aprobar el Manual de Calidad y Procedimientos, elaborados por el Consejo Regulador en aplicación dela norma EN-45011: 'Criterios generales relativos a los organismos de certificación de productos', y que será puesto a disposición de los inscritos.

  6. El Consejo Regulador elevará, para su aprobación si procediera, al Instituto Tecnológico Agrario de Castilla y León aquellos acuerdos que afecten a derechos y deberes de los inscritos en sus registros para cuya adopción no sea competente.

    ArtÃculo 4.

    El Consejo Regulador adoptará y registrará un emblema como sÃmbolo de la Indicación Geográfica Protegida.

    CAPÍTULO II

    De la producción

    ArtÃculo 5. Zona de producción agrÃcola.

  7. La zona de producción agrÃcola de lentejas protegidas será la comprendida por los siguientes términos municipales:

    En la provincia de León:

    ComarcaEsla-Campos: Cabreros del RÃo, Campazas, Campo de Villavidel, Castilfalé, Corbillos de los Oteros, Cubillas de los Oteros, Fresno de la Vega, Fuentes de Carbajal, Gordoncillo, Gusendos de los Oteros,

    Izagre, Mansilla de las Mulas, Matadeón de los Oteros, Matanza, Pajares de los Oteros, Santa Cristina de Valmadrigal, Santas Martas, Valdemora,

    Valderas, Valencia de Don Juan (al este del rÃo Esla), Valverde-Enrique,

    Villabraz, Villamoratiel de las Matas, Villanueva de las Manzanas, Villaornate y Castro y Villaquejida (al este del rÃo Esla).

    Comarca Sahagún: Bercianos del Real Camino, Calzada del Coto, Castrotierra de Valmadrigal, Cea, El Burgo Ranero, Escobar de Campos, Gordaliza del Pino, Grajal de Campos, Joarilla de las Matas, Mancomunidad de Santa MarÃa del Monte de Cea, Villamol y Villaselán, Sahagún, Santa MarÃa del Monte de Cea, Vallecillo, Villamol, Villaselán y Villazanzo de Valderaduey.

    En la provincia de Palencia:

    Comarca Campos: Abarca de Campos, Ampudia, Autilla del Pino, Autillo de Campos, BaquerÃn de Campos, Becerril de Campos, Belmonte de Campos, Boada de Campos, Boadilla de Rioseco, Calzada de los Molinos, Capillas, Cardeñosa de Volpejera, Carrión de los Condes (al oeste del rÃo Carrión), Castil de Vela, Castromocho, Cervatos de la Cueza, Cisneros,

    Frechilla, Fuentes de Nava, Grijota, Guaza de Campos, Husillos (al oeste del rÃo Carrión), Mazariegos, Mazuecos de Valdeginate, Meneses de Campos,

    Monzón de Campos (al oeste del rÃo Carrión), Moratinos, Nogalde las Huertas (al oeste del rÃo Carrión), Palencia (al oeste del rÃo Carrión),

    Paredes de Nava, Pedraza de Campos, Perales, Población de Arroyo, Pozo de Urama, Ribas de Campos (al oeste del rÃo Carrión), Riberos de la Cueza,

    San Cebrián de Campos(al oeste del rÃo Carrión), San Román de la Cuba,

    Santa Cecilia del Alcor, Torremormojón, Valle del Retortillo, Villacidaler,

    Villada, Villalcón, VillamartÃn de Campos, Villamuera de la Cueza, Villanueva del Rebollar, Villarramiel, Villaturde, Villaumbrales, VillerÃas de Campos y Villoldo (al oeste del rÃo Carrión).

    Comarca Cerrato: Dueñas (al oeste del rÃo Pisuerga) y Villamuriel de Cerrato (al oeste del rÃo Pisuerga).

    Comarca Saldaña-Valdavia: Bustillo de la Vega, Bustillo del Páramo de Carrión, La Serna (al oeste del rÃo Carrión), Lagartos, Ledigos, Pedrosa de la Vega, Pino del RÃo (al oeste del rÃo Carrión), Poza de la Vega (al oeste del rÃo Carrión), Renedo de la Vega, Saldaña (al oeste del rÃo Carrión),

    Santervás de la Vega, Villaluenga de la Vega, Villamoronta, Villarrabé y Villota del Páramo.

    En la provincia de Valladolid:

    Comarca Centro: Adalia, Arroyo, Barruelo, Benafarces, Bercero, Berceruelo, Cabezón (al oeste del rÃo Pisuerga), Casasola de Arión, Castrodeza,

    Castromembibre, Castromonte, Cigales, Ciguñuela, Corcos, Cubillas de Santa Marta, Fuensaldaña, Gallegos de Hornija, Geria, La Mudarra, Marzales,

    Matilla de los Caños, Medina de Rioseco, Mota del Marqués, Mucientes,

    Pedrosa del Rey, Peñaflor de Hornija, Quintanilla de Trigueros, Robladillo,

    San Cebrián de Mazote, San Pelayo, San Salvador, Simancas (al oeste del rÃo Pisuerga), Tiedra, Torrecilla de la Torre, Torrelobatón, Trigueros del Valle, Valladolid (al oeste del rÃo Pisuerga), Vega de Valdetronco, Velilla,

    Velliza, Villalar de los Comuneros, Villalba de los Alcores, Villalbarba, Villán de Tordesillas, Villanubla, Villasexmir, Wamba y Zaratán.

    Comarca Sur: Castronuño (al norte del rÃo Duero), San Miguel del Pino,

    San Román de Hornija, Tordesillas (al norte del rÃo Duero) y Torrecilla de la Abadesa.

    Comarca Tierra de Campos: Aguilar de Campos, Barcial de la Loma,

    Becilla de Valderaduey, Berrueces, Bolaños de Campos, Bustillo de Chaves,

    Cabezón de Valderaduey, Cabreros del Monte, Castrobol, Castroponce, Ceinos de Campos, Cuenca de Campos, Fontihoyuelo, Gatón de Campos, HerrÃn de Campos, La Unión de Campos, Mayorga, Medina de Rioseco, Melgar de Abajo, Melgar de Arriba, Monasterio de Vega, Montealegre de Campos,

    Moral de la Reina, Morales de Campos, Palazuelo de Vedija, Pozuelo de la Orden, Quintanilla del Molar, Roales, Saelices de Mayorga, San Pedro de Latarce, Santa Eufemia del Arroyo, Santervás de Campos, Tamariz de Campos, Tordehumos, Urones de Castroponce, Urueña, Valdenebro de los Valles, Valdunquillo, Valverde de Campos, Vega de Ruiponce, Villabaruz de Campos, Villabrágima, Villacarralón, Villacid de Campos, Villafrades de Campos, Villafrechós, VillagarcÃa de Campos, Villagómez la Nueva, Villalán de Campos, Villalba de la Loma, Villalón de Campos, Villamuriel de Campos, Villanueva de la Condesa, Villanueva de los Caballeros, Villanueva de San Mancio, Villardefrades, Villavellid y...

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