Orden TAS/2206/2005, de 27 de junio, por la que se publica la resolución definitiva de puntuaciones de la fase de provisión del proceso extraordinario de consolidación de empleo de personal estatutario, para la selección y provisión de plazas en las Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social dependientes del Instituto Social de la Marina, de la categoría de Limpiador.

MarginalBOE-A-2005-11930
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden
BOE núm. 164 Lunes 11 julio 2005 24639
Nombrar Vocal de la Comisión delegada de la Dirección Provin-
cial de Madrid, a don Joaquín López Álvarez, en sustitución de don
José Antonio Ruiz Balda.
Madrid, 27 de junio de 2005.–El Ministro, P. D. (O.M. de 4.12.01,
de julio, B.O.E. del 3), la Subsecretaria, Aurora Domínguez González.
se publica la resolución definitiva de puntuaciones
de la fase de provisión del proceso extraordinario de
consolidación de empleo de personal estatutario,
para la selección y provisión de plazas en las Institu-
ciones Sanitarias de la Seguridad Social dependien-
tes del Instituto Social de la Marina, de la categoría
de Limpiador.
De conformidad con lo establecido en la Base Octava de la
Orden TAS/279/2005, de 8 de febrero (B.O.E. del 15), por la que se
iniciaba la fase de provisión del proceso selectivo para cubrir plazas
de Limpiador/a de Instituciones Sanitarias de la Seguridad Social
dependientes del Instituto Social de la Marina, dentro del proceso
extraordinario de consolidación establecido en la Ley 16/2001,
de 21 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» del 22), y vista la
propuesta del Tribunal Central, encargado de juzgar las pruebas, este
Ministerio resuelve:
Primero.–Aprobar la lista definitiva de admitidos con las puntua-
ciones obtenidas, según baremo de méritos que se establece en el
Anexo I de la mencionada Orden.
Segundo.–Abrir plazo de presentación de solicitudes de destinos,
que se establece en quince días naturales, contados a partir del
siguiente al de la publicación de la presente Orden, según modelo del
En el modelo de solicitud de plazas los interesados deberán cum-
plimentar los datos personales y de situación, y en el apartado de
«Destinado solicitado», deberán indicar, las plazas solicitadas por el
orden de preferencia.
Los interesados procedentes de la situación de expectativa de
destino deberán solicitar, por su orden de preferencia, todas las pla-
zas ofertadas. En el caso de no solicitar todas las plazas ofertadas,
pasarán a la situación de excedencia voluntaria, sin que se proceda a
valorar su solicitud.
El personal con nombramiento estatutario fijo que participe en la
fase de provisión, y que no se encuentre en situación de expectativa
de destino, podrá solicitar la plaza o plazas que considere conve-
niente, sin que tenga obligación de pedir un número determinado de
ellas, sin perjuicio de lo establecido en el apartado b) de la base ter-
cera, para el personal que se encuentre en situación de reingreso
provisional.
Tercero.–La presentación de las solicitudes de plazas podrá
hacerse en el Registro General del Instituto Social de la Marina, calle
Génova 24, 28004-Madrid; en los Registros de las Direcciones Pro-
vinciales del Instituto Social de la Marina, o en la forma establecida
men Jurídico de las Administraciones Públicas y de Procedimiento
Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten a través de
las Oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas
y selladas por el funcionario de Correos, en el lugar destinado para
ello en el original y en las copias, antes de ser certificadas.
Cuarto.–Contra la presente Orden y cuantos actos administrati-
vos se deriven de ella y de la actuación de los Tribunales podrá
interponerse, alternativamente, recurso potestativo de reposición
ante este Departamento Ministerial, dentro del plazo de un mes con-
tado desde el siguiente día al de la publicación de esta Orden o de la
notificación o publicación del acto administrativo correspondiente
(artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, según
redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero), o bien interpo-
ner directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala
correspondiente de la Audiencia Nacional, dentro del plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la pre-
sente Orden o de la notificación o publicación del acto administra-
tivo correspondiente, a tenor de lo previsto en el artículo 11 de la
Ley 29/1998, de 13 de julio (Boletín Oficial del Estado del 14),
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 27 de junio de 2005.–El Ministro, P. D. (O.M. de 4.12.01,
de julio, B.O.E. del 3), la Subsecretaria de Trabajo y Asuntos Sociales,
Aurora Domínguez González.
ANEXO
D.N.I. Apellidos y nombre Puntuación
31.262.437 Fernández Villaverde, Agustín . . . . . 0,15
32.854.027 Rubio Campos, Francisco José . . . . 0,00
27.231.143 Figueredo Ferrón, Ana María . . . . . 60,00
31.212.602 Carrillo Muñoz, María . . . . . . . . . . 7,80
MINISTERIO
DE SANIDAD Y CONSUMO
11931 ORDEN SCO/2207/2005, de 29 de junio, por la que
se inicia la fase de provisión de plazas de ATS/DUE.
De conformidad con lo establecido en la Orden de 4 de diciem-
bre de 2001 (BOE del 10) por la que se convoca proceso extraordi-
nario de consolidación de empleo para la selección y provisión de
plazas de ATS/DUE, finalizada la fase de selección del proceso
extraordinario de esta categoría y declarados en expectativa de des-
tino los aspirantes que superaron la misma,
Este Ministerio según lo previsto en la Ley 16/2001, de 21 de
noviembre, por la que se establece un proceso extraordinario de con-
solidación y provisión de plazas de personal estatutario de las Institu-
ciones Sanitarias de la Seguridad Social de los Servicios de Salud del
Sistema Nacional de Salud, dispone iniciar, conforme a la base duo-
décima de la Orden de 4 de diciembre de 2001 (BOE del 10), la fase
de provisión del proceso extraordinario de consolidación de empleo para
las plazas de ATS/DUE, con sujeción a las siguientes
Bases
Primera. Normas generales.–La fase de provisión se regirá por
las presentes bases y por lo dispuesto en la Ley 16/2001, de 21 de
noviembre.
Esta fase de provisión se llevará a cabo mediante el sistema de
concurso valorándose los servicios prestados en las Instituciones
Sanitarias de la Seguridad Social referidos al día de la publicación de
esta Orden en el Boletín Oficial del Estado. La valoración se realizará
conforme al baremo que se publica como Anexo I de esta Orden.
Segunda. Plazas.–Aprobar, previo informe favorable de la
Comisión de Desarrollo y Seguimiento prevista en la Disposición
Adicional Quinta de la Ley 16/2001, las plazas que se ofrecen y que
se indican en el Anexo II de esta Orden.
Las plazas convocadas que figuran en el Anexo II de esta Orden
y que no están afectas a todo un Área, se hacen públicas desglosadas
por Código de Puesto de Trabajo-CIAs, en los tablones de anuncios
de los Servicios de Salud, Subdelegaciones y Delegaciones de
Gobierno, Instituto Nacional de Gestión Sanitaria y Ministerio de
Sanidad y Consumo.
Tercera. Participación obligatoria.–Están obligados a partici-
par en esta fase de provisión, conforme a lo previsto en la base deci-
motercera de la convocatoria.
a) El personal que como consecuencia del proceso de consoli-
dación de empleo haya sido declarado personal estatutario en expec-
tativa de destino en la categoría de ATS/DUE.
El personal que se encuentre en esta situación y no participe en
esta fase de provisión se le considerará decaído en sus derechos, sin
que pueda adjudicársele plaza alguna, perdiendo su situación de per-
sonal estatutario en expectativa de destino.
La base undécima de la convocatoria establece que quienes
como consecuencia de su participación en la fase de selección corres-
pondiente a más de una categoría, o en su caso especialidad, acce-
dieran a la situación de expectativa de destino en más de una catego-
ría o especialidad, únicamente podrán participar en la fase de
provisión de plazas en una sola de ellas. Por ello, se entenderá que
quienes participen en la presente fase de provisión optan (salvo que
anteriormente ya hayan participado en otra especialidad o categoría,

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