Orden PRE/1275/2007, de 8 de mayo, por la que se modifica el anexo del Real Decreto 956/2002, de 13 de septiembre, por el que se aprueban las sustancias que pueden añadirse para fines de nutrición específicos en los preparados alimenticios destinados a una alimentación especial (dietéticos).

Fecha de Entrada en Vigor11 de Mayo de 2007
MarginalBOE-A-2007-9510
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 956/2002, de 13 de septiembre, por el que se aprueban las sustancias que pueden añadirse para fines de nutrición específicos en los preparados alimenticios destinados a una alimentación especial (dietéticos), establece la lista de sustancias que pueden añadirse para fines de nutrición específica a los alimentos destinados a una alimentación especial (dietéticos), regulados por el Real Decreto 2685/1976, de 16 de octubre, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de preparados alimenticios para regímenes dietéticos y/o especiales, incorporando a nuestro ordenamiento jurídico la Directiva 2001/15/CE de la Comisión, de 15 de febrero de 2001, sobre sustancias que pueden añadirse para fines de nutrición específicos en alimentos destinados a una alimentación especial.

El citado real decreto establece en su único anexo la lista de sustancias químicas que pueden añadirse a los alimentos destinados a una alimentación especial, especificando las categorías y condiciones de uso.

La disposición final segunda del Real Decreto 956/2002, de 13 de septiembre, habilita a los ministros proponentes, en el ámbito de sus competencias, a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo establecido en el real decreto citado, y en particular para actualizar su anexo.

Dicho anexo fue actualizado mediante la Orden PRE/3520/2004, de 29 de octubre de 2004, incorporando a nuestro ordenamiento jurídico interno la Directiva 2004/5/CE de la Comisión, de 20 de enero de 2004, por la que se modifica la Directiva 2001/15/CE a fin de incluir determinadas sustancias en el anexo.

En el momento de la adopción de la Directiva 2001/15/CE de la Comisión, de 15 de febrero de 2001, no pudieron incluirse en su anexo una serie de sustancias químicas añadidas para fines de nutrición específicos en alimentos destinados a una alimentación especial comercializados en algunos Estados miembros, porque no habían sido evaluadas por el Comité Científico de la Alimentación Humana (CCHA).

La Comisión Europea ha adoptado recientemente la Directiva 2006/34/CE de la...

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