ORDEN TAS/1200/2002, de 17 de mayo, por la que se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social.

MarginalBOE-A-2002-10265
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden
19128 Miércoles 29 mayo 2002 BOE núm. 128
10265 ORDEN TAS/1200/2002, de 17 de mayo, por la que
se convocan pruebas selectivas para el ingreso, por
promoción interna, en el Cuerpo de Gestión de la
Administración de la Seguridad Social.
En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 198/2002,
de 15 de febrero («Boletín Oficial del Estado» del 16), por el que
se aprueba la Oferta de Empleo Público para 2002, y en base
a lo establecido en el artículo 75 del Real Decreto 364/1995,
de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General
de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción
Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración Gene-
ral del Estado, este Ministerio, en uso de las competencias que
le están atribuidas en el artículo 13.7 de la Ley 6/1997 de 14
de abril de Organización y Funcionamiento de la Administración
General del Estado («Boletín Oficial del Estado» del 15), previo
informe favorable de la Dirección General de la Función Pública,
acuerda convocar pruebas selectivas para el ingreso, por promo-
ción interna, en el Cuerpo de Gestión de la Administración de
la Seguridad Social, con sujeción a las siguientes:
Bases de la convocatoria
1. Normas generales
1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir, por promo-
ción interna, 35 plazas del Cuerpo de Gestión de la Administración
de la Seguridad Social, desde Cuerpos o Escalas del Grupo C.
1.1.1 Del total de plazas se reservarán dos plazas para ser
cubiertas por quienes, reuniendo las restantes condiciones de par-
ticipación en las presentes pruebas selectivas, presenten minus-
valía con grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100,
de acuerdo con la disposición adicional decimonovena de la Ley
30/1984, de 2 de agosto, adicionada por la Ley 23/1988, de
28 de julio, que modifica a la anterior.
Las plazas sin cubrir del cupo de reserva de discapacitados
se incorporarán a las generales de promoción interna.
1.2 La adjudicación de las plazas, tras la superación del pro-
ceso selectivo, se efectuará de acuerdo con la puntuación total
obtenida por los aspirantes, según la petición de destino a la vista
de los puestos de trabajo que se ofrezcan y teniendo en cuenta
lo dispuesto en el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995, de
10 de marzo.
No se podrá declarar superado el proceso selectivo a un número
de aspirantes superior al de plazas convocadas.
1.3 El procedimiento de selección de los aspirantes constará
de las siguientes fases: Concurso y Oposición.
1.4 El proceso selectivo estará formado por las fases, ejer-
cicios y valoraciones que se especifican en el anexo I de esta
Orden, desarrollándose en su totalidad en lengua castellana, con
arreglo al siguiente calendario:
1.4.1 Fase de Oposición: En la Resolución mencionada en
la base 4.1. se indicará el lugar, fecha y hora de realización del
primer ejercicio.
En todo caso la fecha de realización del primer ejercicio estará
comprendida dentro de los cuatro meses siguientes a la publicación
de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
La duración máxima del proceso de celebración de los ejercicios
de la fase de Oposición no excederá de seis meses, contados desde
la fecha de realización del primer ejercicio.
1.4.2 Fase de Concurso: Los opositores que no desempeñen
un puesto de trabajo, con carácter definitivo, en la relación de
puestos de trabajo de la Administración de la Seguridad Social,
presentarán unida a su solicitud certificación de méritos (según
modelo que figura como anexo V) expedida por los servicios de
personal de los Ministerios u organismos donde presten o hayan
prestado sus servicios.
La certificación de méritos deberá ir referida a la fecha de publi-
cación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Para los opositores que desempeñen un puesto de trabajo con
carácter definitivo en la relación de puestos de trabajo en la Admi-
nistración de la Seguridad Social, la fase provisional de concurso
se valorará de oficio.
Las puntuaciones provisionales de esta fase, de acuerdo con
el baremo del anexo I, se harán públicas para aquellos aspirantes
que hayan superado el primer ejercicio.
Los aspirantes dispondrán de un plazo de diez días hábiles,
contados a partir del siguiente al de su publicación, para efectuar
sus alegaciones respecto a la valoración provisional de méritos
en la fase de Concurso.
La relación de las puntuaciones definitivas de la fase de Con-
curso se publicará mediante Resolución del Subsecretario del
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales simultáneamente a las
calificaciones del segundo ejercicio para aquellos aspirantes que
en el mismo hayan alcanzado el mínimo necesario según lo esta-
blecido en el anexo I de esta convocatoria.
Contra dicha Resolución podrá interponerse, con carácter
potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la
dictó, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al
de su publicación, o recurso contencioso-administrativo en el plazo
de dos meses, a contar igualmente desde el día siguiente a su
publicación, ante el órgano competente de la jurisdicción con-
tencioso-administrativa.
1.5 El temario que ha de regir las pruebas selectivas es el
que figura como anexo II.
1.6 En el desarrollo de las pruebas selectivas se establecerán
las adaptaciones posibles de tiempo y medios de realización, para
las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma esta-
blecida en la base 3.2.5.
1.7 A las presentes pruebas selectivas le serán aplicables la
543/2001, de 18 de mayo, el Real Decreto 198/2002, de 15
de febrero, y las bases de la convocatoria.
1.8 La presente convocatoria y los actos que se deriven de
ella podrán ser consultados en la siguiente página web:
www.seg-social.es.
2. Requisitos de los candidatos
2.1 Para ser admitidos a la realización de las pruebas selec-
tivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
2.1.1 Tener cumplidos los dieciocho años de edad y no haber
alcanzado la edad de jubilación.
2.1.2 Pertenecer como funcionario de carrera a alguno de
los Cuerpos o Escalas del Grupo C relacionados en el anexo VI
de estas bases.
También podrán participar los funcionarios de Cuerpos y Esca-
las Postales y de Telecomunicaciones adscritos al Grupo C que
estén destinados en la Administración General del Estado en pues-
tos de trabajo que no pertenezcan a la Entidad Pública Empresarial
Correos y Telégrafos.
2.1.3 Estar incluido a efectos de promoción profesional en
el ámbito de aplicación del Real Decreto 364/1995, de 10 de
marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso
del Personal al Servicio de la Administración General del Estado
y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional
de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Esta-
do.2.1.4 Estar en posesión de la titulación exigida, para el ingre-
so en Cuerpos o Escalas del Grupo B, en el artículo 25 de la
Ley 30/1984, de 2 de agosto, (título de Ingeniero Técnico, Diplo-
mado Universitario, Arquitecto Técnico, Formación Profesional
de Tercer Grado o equivalente), o en condiciones de obtenerlo
en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación,
o de la credencial de reconocimiento para el ejercicio de cualquiera
de las profesiones para cuyo ejercicio sea necesaria alguna de
las titulaciones citadas.
2.1.5 No padecer enfermedad ni estar afectado por limita-
ciones físicas o psíquicas que sean incompatibles con el desem-
peño de las correspondientes funciones.
2.1.6 No haber sido separado, mediante expediente discipli-
nario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas,
ni hallarse inhabilitado para el desempeño de las funciones públi-
cas.
Los aspirantes cuya nacionalidad no sea la española deberán
acreditar, igualmente, no estar sometidos a sanción disciplinaria

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR