Orden MAM/2576/2005, de 27 de julio, por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos de las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado.

MarginalBOE-A-2005-13570
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/2576/2005, de 27 de julio, por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos de las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado.

Finalizado el plazo de presentación de instancias para participar en las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado, convocadas por Orden MAM/1690/2005, de 26 de mayo, (B.O.E. de 8 de junio) y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (B.O.E. de 10 de abril) y en la disposición novena de la Orden APU/423/2005, de 22 de febrero (BOE del 25), por la que se establecen las bases comunes que seguirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos y escalas de la Administración General del Estado, este Ministerio ha dispuesto lo siguiente:

Primero.Declarar aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos de las citadas pruebas selectivas.

Segundo.Declarar que no ha sido excluido ningún opositor de dichas pruebas Tercero.La lista completa de admitidos provisionales se expondrá en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las Delegaciones del Gobierno en las comunidades autónomas y Subdelegaciones, en los tablones de anuncios de los servicios centrales del Departamento (Plaza de San Juan de la Cruz, s/n., 28071 Madrid), en los tablones de anuncios de la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología (Calle Leonardo Prieto Castro, 8, 28040 Madrid) y en la página web: www.mma.es/info_ciud/rrhh.

Cuarto.De conformidad con lo previsto en el artículo 71.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los aspirantes excluidos, o no incluidos disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de esta Orden en el BOE, para subsanar, cuando ello sea posible, los errores o defectos que hayan motivado su exclusión o no inclusión.

En todo caso, al objeto de evitar errores, y, en el supuesto de producirse, posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente no solo que no figuran recogidos en la relación de excluidos, sino que, además, sus nombres constan en la relación de admitidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo...

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