ORDEN MAM/2168/2003, de 16 de julio, por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos de las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado, convocadas por Orden MAM/1540/2003, de 27 de mayo.

MarginalBOE-A-2003-15284
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/2168/2003, de 16 de julio, por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos de las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado, convocadas por Orden MAM/1540/2003, de 27 de mayo.

Finalizado el plazo de presentación de instancias para participar en las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo de Observadores de Meteorología del Estado, convocadas por Orden de 27 de mayo de 2003 (B.O.E. de 11 de junio) y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (B.O.E. de 10 de abril) y en la base 4.1 de la Orden antes mencionada, este Ministerio ha dispuesto lo siguiente:

Primero.--Declarar aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos de las citadas pruebas selectivas.

Segundo.--Publicar la lista de excluidos provisionales de las pruebas selectivas de referencia, que figura como Anexo de esta orden, con expresión de las causas de exclusión.

Tercero.--La lista completa de admitidos y excluidos provisionales se expondrá en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las Delegaciones del Gobierno en las comunidades autónomas y Subdelegaciones y en los tablones de anuncios de los servicios centrales del Departamento (Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid).

Cuarto.--De conformidad con lo previsto en el artículo 71.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los aspirantes excluidos (o no incluidos) disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de esta orden en el BOE, para subsanar, cuando ello sea posible, los errores o defectos que hayan motivado su exclusión (o no inclusión).

Quinto.--Se convoca a todos los aspirantes para la...

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