ORDEN MAM/1568/2004, de 21 de mayo, por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos de las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado, convocadas por Orden MAM/944/2004, de 15 de marzo.

MarginalBOE-A-2004-10143
SecciónII - Autoridades y Personal
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/1568/2004, de 21 de mayo, por la que se aprueba la lista provisional de admitidos y excluidos de las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Meteoról o g o s d e l E s t a d o , c o n v o c a d a s p o r O r d e n MAM/944/2004, de 15 de marzo.

Finalizado el plazo de presentación de instancias para participar en las pruebas selectivas para ingreso, por promoción interna, en el Cuerpo Superior de Meteorólogos del Estado, convocadas por Orden MAM/944/2004, de 15 de marzo, (B.O.E. de 13 de abril) y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 20 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (B.O.E. de 10 de abril) y en la base 4.1 de la Orden antes mencionada,

Este Ministerio ha dispuestolo siguiente:

Primero.--Declarar aprobada la lista provisional de admitidos y excluidos de las citadas pruebas selectivas.

Segundo.--Declarar que no ha sido excluido ningún opositor de dichas pruebas.

Tercero.--La lista completa de admitidos y excluidos provisionales se expondrá en la Dirección General de la Función Pública, en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas, en las Delegaciones del Gobierno en las comunidades autónomas y Subdelegaciones, en los tablones de anuncios de los servicios centrales del Departamento (Plaza de San Juan de la Cruz, s/n, 28071 Madrid) y en los tablones de anuncios de la D.G. del Instituto Nacional de Meteorología (c/ Leonardo Prieto Castro, 8. 28071 Madrid).

Cuarto.--De conformidad con lo previsto en el artículo 71.1 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los aspirantes no incluidos disponen de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de publicación de esta Orden en el BOE, para subsanar, cuando ello sea posible, los errores o defectos que hayan motivado su no inclusión.

En todo caso, al objeto de evitar errores, y, en el supuesto de producirse, posibilitar susubsanación en tiempo y forma, los aspirantes comprobarán fehacientemente que sus nombres constan en la relación de admitidos.

Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanaran la omisión, serán definitivamente excluidos de la participación en las pruebas selectivas.

Quinto.--Convocar a todos los...

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