Orden TAS/2890/2005, de 24 de agosto, por la que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo convocado por Orden TAS/2029/2005, de 9 de junio, para proveer plazas de personal laboral fijo, categoría profesional de Titulado Medio Sanitario y Asistencial, en el marco del proceso de consolidación de...

SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Trabajo y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

ORDEN TAS/2890/2005, de 24 de agosto, por la que se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos al proceso selectivo convocado por Orden TAS/2029/2005, de 9 de junio, para proveer plazas de personal laboral fijo, categoría profesional de Titulado Medio Sanitario y Asistencial, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y se anuncia la fecha, hora y lugar de celebración del primer ejercicio.

Por Orden TAS/2029/2005 de 9 de junio de 2005 (BOE de 30 de junio), se convocaron pruebas selectivas para proveer plazas de personal laboral fijo, categoría profesional de Titulado Medio Sanitario y Asistencial, en el marco del proceso de consolidación de empleo temporal, en cumplimiento de lo establecido en la base 4.1 de la mencionada convocatoria, este Ministerio dispone:

Primero.Aprobar las listas provisionales de aspirantes admitidos y excluidos a las citadas pruebas. Las listas completas de aspirantes se encontrarán expuestas en las Delegaciones y Subdelegaciones de Gobierno, en la Dirección General de la Función Pública (calle María de Molina, 50, Madrid), en el Centro de Información Administrativa del Ministerio de Administraciones Públicas (calle María de Molina, 50, Madrid) y en el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (calle Agustín de Bethencourt, n.º 4, Madrid) y en la página web de este Departamento (www.mtas.es).

Segundo.Publicar como Anexo I a la presente Orden la lista provisional de aspirantes excluidos a que se refiere el apartado anterior, con expresión de las causas de exclusión.

Tercero.Los aspirantes excluidos u omitidos tendrán un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado de la presente Orden, para la subsanación de errores así como de aquellos defectos que hayan motivado la exclusión u omisión.

Los aspirantes que, dentro del plazo establecido, no subsanen la exclusión o no aleguen la omisión, serán definitivamente excluidos de su participación en las pruebas selectivas.

Cuarto.Finalizado el plazo de subsanación, se elevarán a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, exponiéndose, para su difusión, en los mismos lugares que las provisionales.

Quinto.Se convoca a todos los aspirantes admitidos, en llamamiento único, para la realización del primer ejercicio de la fase de oposición el día 5 de...

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