Orden ITC/993/2011, de 8 de abril, por la que se modifica la Orden ITC/2148/2010, de 30 de julio, por la que se aprueban las bases para la concesión de ayudas con cargo al programa Avanza Nuevas Infraestructuras de Telecomunicaciones, dentro de la acción estratégica de telecomunicaciones y sociedad de la información del Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, 2008-2011 y se efectúa la convocatoria correspondiente al ejercicio de 2010.

MarginalBOE-A-2011-7199
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

Los objetivos de la Agenda Digital Europea (ADE) en materia de banda ancha señalan hacia la creación de una Internet muy rápida para que la economía crezca y genere puestos de trabajo y prosperidad, así como para garantizar que los ciudadanos puedan acceder a los contenidos y servicios que desean. En la ADE se incluye, como medio para alcanzar dichos objetivos, la utilización de la financiación proveniente de los distintos fondos europeos, entre los que se encuentra el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER).

Entre las prioridades de la ADE, la banda ancha es la única en la que no existen en la actualidad actuaciones de la Administración General del Estado cofinanciadas por el FEDER. Por ello, la inclusión del programa Avanza Nuevas Infraestructuras de Telecomunicaciones en el FEDER puede reportar diversos beneficios como: aumentar la capacidad de absorción de ayuda, obtener unas mejores condiciones de financiación para los operadores beneficiarios y generar ingresos comunitarios al Tesoro.

Asimismo, de acuerdo con el artículo 58 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2011, es preceptivo y vinculante el informe del Ministerio de Economía y Hacienda para la concesión de préstamos y anticipos con cargo a los créditos del capítulo 8 de los Presupuestos Generales del Estado. Dicho informe tiene por objeto determinar el efecto que las condiciones de concesión de los préstamos y anticipos puedan tener sobre el cumplimiento del objetivo de estabilidad presupuestaria a que se refiere el artículo 7 del texto refundido de la Ley General de Estabilidad Presupuestaria, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2007, de 28 de diciembre.

Procede, por tanto, la adaptación de las bases reguladas en la Orden ITC/2148/2010, de 30 de julio, para que contemple, por un lado, que las ayudas objeto de esta Orden podrán estar cofinanciadas por el FEDER, aplicando los mecanismos de gestión y control incluidos en los programas operativos e instrumentos aplicables a dichos fondos y, por otro lado, las obligaciones derivadas del artículo 58 de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre.

Para ello, mediante esta orden se efectúa la modificación de la Orden ITC/2148/2010, de 30 de julio, en el apartado referido a las características de los préstamos, incluyendo una nueva disposición adicional y corrigiendo el anexo IV.

En su virtud, dispongo:

Único. Modificación de la Orden ITC/2148/2010, de 30 de julio.

L...

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