Orden de 28 de agosto de 1986 sobre financiación del programa de actividades del Centro de Estudios Históricos de Obras Públicas y Urbanismo (CEHOPU).

MarginalBOE-A-1986-23789
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Obras Publicas y Urbanismo
Rango de LeyOrden
1.
Disposiciones generales
Jueves
4
septiembre
1986
30854
23788
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BOE
núm.
212
ORDEN
de
28
de
agosto de 1986 sobre financiación
del programa
de
actividades del Centro
de
Estudios
Históricos
de
Obras
Públicas
y
Urbanismo
(CEHOPUj.
MINISTERIO
DE
OBRAS
PUBLICAS
Y
URBANISMO
19~6,
de la Dirección General del Tesoro yPolítica Fmanciera.,
por
la que
se
hacen públicas
las
características esenciales de la
Deuda
del Estado, interioryamortizable, formalizada
en
Deuda Desgrava-
ble del Estado al 10
por
100, de 2
de
julio
de
1986, aefectos de su
contratacIón
en
las Bolsas Oficiales de Comercio».
E~
el
primer
párrafo, línea sexta.
donde
dice: «... un valor
nom¡nal de 16.722.410.000 pesetas yfonna1izada
en>',
debe decir:
«...
un
valor nomIDa! de 16.772.410.000 pesetas yformaJjzada CD».
En el punto
1,
linea quinta,
donde
dioe:
••
Ial 1.677.241
por
un
valor nonuna! de 16.722.410.000 pesetas» debe decir: «.
'}
al
1.677.241,
por
un
valor nominal de 16.772.410.000
peseia";:
II~stJisimos
señores:
El artículo
4.·
del Real Decreto 121/1986, de 6de
junio,
por
el
que se constituye el Centro de Estudios Históricos de Obras
Públicas yUrbanismo (CEHOPU)
en
el
Centro
de
Estudios y
Experimentación de Obras Públicas
(CEDEX),
señala que
su
programa de actividades
se
financiará con los fondos procedentes
de Empresas públicas oprivadas y
con
cargo,
en
la cuantía que
anualmente se determine, al 1
por
100 de los presupuestos de
las
obras públicas del Ministerio de Obras Públicas yUrbanismo; de
acuerdo con la opción prevista del artículo 58.3 b) del Real Decreto
111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la
Ley
16/1985,
de 25 de junio, del Patrimonio Histórico
Español
En su virtud, de conformidad con
10
establecido
en
la disposi.
ción tercera del Real Decreto 1121/1986, de 6de junio, he tenido
abien disponer:
Primero.-Con
objeto de financiar el programa de actividades
del Centro de Estudios Históricos de Obras Públicas yUrbanismo
(CEHOPU) del Centro de Estudios yExperimentación de Obras
Públicas (CEDEX), las Direcciones Generales de Carreteras, Obras
Hidráulicas yPuertos yCostas, al
tramitar
losexpede
contratación de las obras públicas aque hace referencia el artículo
58 del citado Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, realizarán
para
cada
obra
afectada, una retención de crédito
por
un
valor
correspondiente
al
0,30
por
100 de su presupuesto.
Segundo.-Conjuntamente con la disposición de gasto que se
emita
correspondiente ala
obra
pública, formalizada
en
los
documentos
0.500,
oAD-430, según los casos, las Direcciones
Generales citadas expedirán ytramitarán ala Intervención Dele-
gada del Ministerio de Economía yHacienda el documento
ADOK-450 para el pago
a!
Centro de Estudios yExperimentación
de Obras Públicas (CEDEX) de la caotidad señalada en el apartado
anterior.
Lo que digo aVV.
11.
Madrid,
28
de
agosto de 1986.
llmos. Sres. Subsecretario yDirectorgeneral del Centro de Estudios
yExperimentación de Obras Pilblicas.
SAENZ COSCULLUELA
23789
CORRECCION
de
errores
de
la Resolución
de
13
de
agosto
de
1986, de la Dirección General del Tesoro y
Politica Financiera, por la que
se
hacen, públicas las
caractensticas esenciales
de
la Deuda del Estado,
interior yamortizable, formalizada
en
Deuda Desgra-
vable del Estado
al
10 por 100, de 2
de
julio
de
1986,
aefectos de
su
contratación en las Bolsas Oficiales de
Comercio.
Advertidos
eITOres
en
el
texto de la mecionada Resolución
inserta
en
el (
Ofi,cia1
del Estado»
número
201, de 22
d~
agosto de 1986, aconlmuación se transcriben
las
siguientes
rectificaciones:
El
tft~o
de la mencionada Resolución
en
lugar de decir.
«ResolUCIón de
13
de agosto de 1986,
de
la Dirección General del
Tesoro yPolítica Financiera.,
por
la
que se hacen públicas las
características esenciales de
la
Deuda
del Estado, interior y
amorti·
zable, fonnalizada
en
Deuda
Desgravable del Estado al 10
por
100
de 2de agosto de 1986, aefectos de su contratación
en
las BolsaS
Oficiales de Comercio», debe decir: «Resolución de
13
de agosto de
DISPONGO:
MINISTERIO
DE
ECONOMIA
y
HACIENDA
El
Presidente del Gobierno,
FEUPE GONZALEZ MARQUEZ
PRESIDENCIA
DEL
GOBIERNO
REAL
DECRETO
179411986.
de
29
de agosto. por el
que
se
reestructuran dezerminados órganos
de
la
Presidencia del Gobierno.
La experiencia adquirida desde la estructuración,
en
diciembre
de 1.982,.de los
órpnos
de
asi~te.ncia
politica ytécnica de la
PresIdencIa del GobIerno, aconseja Introducir determinadas modi-
ficaciones
en
los mismos.
En su virtud, apropuesta del Presidente del Gobierno yprevia
deliberación del Consejo
de
Ministros en su reunión del día 29 de
agosto de 1986,
D1SPOSICION
FINAL
El
presente Real
Decreto
entrará
en
vigor
el
mismo
dia de
su
publicación
en
el «Boletin Oficial del Estado».
Dado en Palma de Mallorca a29 de agosto de 1986.
JUAN
CARLOS R.
Artículo .único.-l. .Las unidades administrativas dependientes
del Secretano del PreSIdente quedan adscritas orgánicamente
en
los términos y
con
las funciones actuales. ala Secretaria Generai
de
la Presidencia.
2.
Los
órganos yEntidades actualmente integrados en la
Secretaría
de la Presidencia
quedan
adscritos orgánica-
mente
a!
MIIDsteno de Relaciones con las Cortes yde la Secretaría
del Gobierno.
3.
No obstante lo dispuesto en el apartado 2la Dirección
General de Medios
de
Comunicación Social actuará bajo la
dependencia funcional
del
Portavoz del Gobierno.
23787

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