Resolución de 10 de marzo de 1982, de la Dirección General de Ordenación Universitaria y Profesorado, por la que se establece el calendario de las pruebas de aptitud para acceso a la Universidad en la convocatoria de junio para el curso 1981-82.

MarginalBOE-A-1982-7441
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyResolución
RODf'rct:f:Z
rNCrARTE
29
marzo
1982
8051
Excmos.
Sres.
Ministros
de
Industria
y
Energla
y
de
Economía
y
Comercio.
Lo
que
comunico
a
VV.
EE.
para
su
conocjmiento
y
efectos.~
:Madrid,
10
de
marzo
de
1982.-El
Director
general,
José
1r1a-
nuel
Pérez·Prer~dés
y
Muñoz
de
Arracó.
Excmos.
Sres.
Rectores'de-las
Universidades.
lo
referente
a
la
realización
de
las
pruebas
de
aptitud
par~
acceso
a
la
Universidad,
c'Orrespondientes
a
la
convocatoria
da
junio
del
presente
curso
académico
1981-82,
Y.
a
su.
vez,
la
Dirección
General
de
Enseñanzas
Medias
programe
oportuna
..
mente
las
actl,yidades
de
fin
de
curso.
Esta
Direccion
General
ha
dispuesto:
Primero.
La
fecha
limite
para
la
recepción
por
las
corres~
pondientes
Universidades
de
las
actas
de
evaluación
de
los
alum
..
nos
del
Curso
de
Orientación
Universitaria
de
Centros
privados
seFA
el
2B
de
mayo
'l
l~
inscripción
de
los
mismos
en
las
pruebas
de
acceso
a
la
Universidad
tendrá
lugar
del
28
de
mayo
al
2
de
iu~io.
Segundo.
Por
lo
que
se-refiere
a
alumnos
de
Centros
públi
cas,
la
fecha
limite
para
la
recepción
de
las
actas
de
evaluación
del
Curso
de
Orientación
Universitaria
será
el
12
de
,junio,
'l
su
inscripción
en
las
pruebas
de
'acceso
a
la
Universidad
se
verificará
del
12
!il
25
de
junio.
'
Tercero.
Las
pruebas
de
aptitud
para
acceso
a
Facultades,
Escuelas
Técnicas
Superiores
y
Colegios
Universitarios
se
ini-
ciarán
en
las
fechas
que
acuerde
cada
Universidad,
que
en
ningun
caso
serán
posteriores
al
29
de
junio
y
debiendo
terminar
los
ejercicios
correspondientes
el
15
de
julio,
como
fecha
límite.
Cuarto.
En
lo
no
contemplado
por
esta
disposici6n
se
tendrá
en
cuenta
lo
establecido
en
las
Resol,ucioncs
de
29
de
abril
de
1975 (
..
Boletín
Oficial
del
Estado
...
de
8
de
mayo)
y5
de
mayo
de
1977 (o:Boletín
Oficial
del
Estado.
del
26).
'ORDEN
de
11
de
ma.rzo
de
1982
por
la.
que
se
esta-
blecen
normas
oara
protección
fitosanitaria
en
las
zonas
productoras
de
pata~a
de
siembra.
Ilustrísimo
señ';r:
MINISTERIO
DE
AGRICULTURA,
pESCA yALIMENTACION
Debido
al
interés
que
tiene
para
la
nac!CJn
el
mantenimiento
-
de
las
adecuadas
características
sanitarias
de
las
actuales
zonas
dedicadas
a
la
producciÓn
de
patata
de
siembra,.
las
cual~s
se
encuerJtran
delntuLadas
por
sus
requisit,os
¡especificQs
de
ttpo
agro-climático
a
unas
r~d"lcidas
reglones
de
nuestro
pUl:;·,
qLte
las
convierten
precisamente
por
su
escasez
en
un
bien
agrícola
de.
ámbito
nacional,
y
teniend3
en
cuenta
que.
dos
los
.pnn-
cipales
prob.i.omas
de
ord~n
fitosanltario
con
que
se
enfrenta
la
producción·
de
patata,
de
sierntra
son,
por
un
lado,
la
-eXIS-
tencia.
en
las
zonas
de
producc¡.'m
de
reducidDs
focos
ele!
nema-
todo
del
quiste
(Globodcra
rostochiensis
WoU
y-
Globodera
pallida
StoneJ,
que
pueden
actuar
como
difusores
de
esta
per-
rudicial
plaga
si
no
Se-
tomasen
tas
medidas
adecuad<:>
de
prevención
y
fucha,
y
por
otro
lado,
la
implantación,
tn
I
las
E'onas
dedicadas
a
producir
patata
de
siembra,
de
cultrvos
in~
.pQntrolados
de
patata
destinada
a~nsumo,
en
los.
qu~
norma.l~
mente
aparecen
numerosas
p)antas
infectadas
de
VlrOSlS
gravas,
las
cuales
por
medl0
de
los
illS'~::~tos
vectores
contamn-:a
n a los
cultivos
sanos
dedicados
a
prodllcir
$jmiente,
perjudicando
o
inhabilitando
los
mismos
para
tal
fin"
es
por
10
que
se
consi~
dera
conveniente
unificar
en
Lina
sola
nOImativa
todas
las
medidas
referentes
a
la
lucha
pr::even<:i>
eficaz
para
evitar
su
propagacjón
en
las
zonas
prOductoras
de.
patat~
de.
·siembra
tanto
del
nematodo
de
la
patata
comb
la
de
las
VIrOSlS
graves
transmitidas
a.
partir
de
cultivos
incontrolados
de
patata
es-
tablecidos
en
las
citadas
zona
Asitnísmo,
considerando
lb.
,directiva
del
año
1969
de
la
Co-
munidad
Económica
Europea
concerniente.
a
la
lucha
contra
el
nematodo·
dorado
de
la
patat~.
(nematodo
del
quiste).
es
necesario
adaptar
nuestra
normativa
a
esta
directivé.!'
con
ob-
jeto
da
que
nuestras
produ
rClQnes
de
p&.tata,
de
sl~mbra
s.e
efectúen
con
el
mismo
nivel
de
g"A.rantía
sanitaria
que
\a~
eXi-
gidas
en
los
países
e~ropeos
integrados
en
la
Coro.unidad.
GOBIERNO
.DIsposiciones
generales
1.
DEL
MINISTERIO
EDUCACION yCIENCIA
Dn
"
i
.....
PRESIDENCIA
ORDEN
de
22
de
marzo
de
1982
por
la
que
se
aclara
la
de
26 de
diciembre
de
1980,
por
la
que
se
establecen
normas
de
obligado
cumplimiento
para
los
líquidos
de
frenos
a
utilizar
en
vehiculos.
.
simas
seiiores:
A
fin
de
ord.enG.r'
adecuadarI\cnte
en
su
proyección
temporal,
las
actuacibnes
de
los
Centros'
de
Enseñanza
Universitaria
en
La
Or(¡;..:n
de
26
de
diciembre
de
1980,
que
establece
normas
de
obligado
cumplimiento
para
los
líquidos
de
frenos
a
utilizar
en
vehículos,
señala
'en
su
número
octavo
que
en
el
plazo
de
un
a.ño, a
partir
de
la
fecha
de
su
publicación
en
el
_Boletín
Oficial
del
Estndo>o,
quedara
prohibida
la
'comercialización
de
líquidos
de
fre110s y
de
sus
envases
que
no
cumplan
lo
señalado
en
la
misu'..a.
El
citado
número
octavo
se
refiere
a
la
prohibición
de
la
comercialización
de
aquellos
productos
que
incumplieron
con
la
referida
normatiVa
a
partir
de·1
de
en-ero
de
1982;
no
obs~
tanteo
de
su
redación
se
entiende
que'
fal
período
prohibitivo
comprenc:Ie
solamente
el
año
1981,
quedando.
por
tanto.
sin
efecto
para
años
sucesivos.
.
En
consecuencia;
es
aconsej
able
la
corrección
del
mencio-
nado
artículo,
que
pudIera
dar
lugar
a
la
invalidaci0n·
de
los
procedimientos
administrati.vos
sancionadores
de·
los
·expedien~
tes
relativos
a
las
infracciones
de
lo
dispuesto
en
la
citada
Orden.
-.
En
'Su
virtud.
a
propuesta
de
los
"Ministros
de
Bconomía
y
Comen;io
y
de
fndustria
.Y
Energia,
esta
Presidencia
del
Go·
bierno
dispone:
,,>
El
número
'octavo
di)
la
Orden
de
26
de
diciembrE".
1980,
por
la
que
se
establecen
normas
de
obligado
cumplimiento
para
los
líquidos
de"
frenos
a
utilizar
en
vehículos,
quedará
redactado
de
la
siguiente
forma:
'..
- -
..
A
"artir
de
1·de
enero
de
1982
queda
prohibida
la'
comer-
cializaCIón
de
líquidos
de
frenos
y
de
sus
envases
que
no
cum-
plan
lo
señalado
en
la
presente
Orden
.•
Lo
digo
a
VV,EE.
paI~a
su
conocimiento
y
efectos.
Dios
guarde
aVV. 'EE.
muchos
años.
-
Madrid,
22
de
marzo
de
1982.
RgSOLUCION
de
10
de
marzo
de
1982.
de
la
Direc·
ciÓn
Qeneral
de
Ordenación
Universitaria
y
Profe-
sorado,
por
la
q~te
se
establece.el
calendario,
de
las
pruebas
de
aptitud
para
acceso
ala
Universidad
en,
la
con.vocatoria
de
junio
para
e! ,cursG
1981-82.
Excelen
tisi
mos
5(yñores:
B.
O.
del
K-Núm.
75
7439
CORRECClON
de
errores
del
Real
Decreto
514/1982, .
de
5
de
marzo,
por
el
que
se
modifican
determina-
das
tarifas
p'ostales y
de
telecomunicación.
Advertidos
errores
en
el
texto
del
'citado
Real
Decreto.
in·
.
serto
en
el
.Boletín
Oficial
del
Estado»
número
62.
de
fecha
13'
de
marzo
de
1982.
se
transcriben
a
continuación
las
oportu-
nas
rectifi~acjon-cs:
En
la
pagina
6632,
artículo
vigésimo
(Canones).
punto
1.2.1..
línea
séptima,
donde
dice:
..c
=p
{P
+n.K.B,)""
debe
decir:
•C =p(P +
2:n.K.B.h.
En
la
página
6633,
artículo
vigésimo.-(Cánones).
punto
2.1.2.,
línea
octava,
donde
dice:
.Más
de
200
hasta
400
km
7
000..
debe
dcoir:
.Más
de
200
hasta
400
Km
.......
75.000
•.
En
(Ji
punto
2.2,
primera
línea,
donde
dice:
-Precio
a
la
p:l(·sta
.»,
debe
d~cir:
-Previo
a
la
puesta
...•.
~~~~~;'~~'
l"'~"':t.-··J
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~"'~'
..........
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