Orden ARM/2179/2008, de 16 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones de los fondos procedentes de la modulación destinados a actuaciones de apoyo a los seguros agrarios a realizar por las organizaciones profesionales agrarias y organizaciones de cooperativas.

Fecha de Entrada en Vigor25 de Julio de 2008
MarginalBOE-A-2008-12711
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino
Rango de LeyOrden

El apartado décimo del Plan de Seguros Agrarios 2008, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 7 de diciembre de 2007, prevé que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación regule mediante orden ministerial los criterios de asignación de los fondos procedentes de la modulación destinados a actuaciones de apoyo al seguro agrario, a través de acciones dirigidas directamente a los agricultores y ganaderos.

Por su parte, el artículo 5 de la Orden PRE/622/2008, de 3 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones de la Administración General del Estado a la suscripción de los seguros incluidos en el Plan de Seguros Agrarios Combinados para el ejercicio 2008, dispone la cuantía del crédito procedente de la modulación de la subvención a los seguros agrarios destinado a las actividades de apoyo a los seguros agrarios, así como que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, regule mediante una orden ministerial los criterios de asignación de los citados fondos a través de acciones dirigidas directamente a los agricultores y ganaderos, a realizar por las organizaciones profesionales agrarias y las organizaciones de cooperativas, miembros de la Comisión General de la Entidad Estatal de Seguros Agrarios (ENESA).

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto.

Mediante la presente orden se establecen las bases reguladoras, según lo acordado en el artículo 17.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para la concesión en régimen de concurrencia, de las subvenciones procedentes de la modulación de las subvenciones a los seguros agrarios y dirigidas a organizaciones profesionales agrarias y organizaciones de cooperativas de ámbito estatal, para el fomento de actividades relacionadas con los seguros agrarios.

Artículo 2 Beneficiarios.
  1. Podrán ser beneficiarios de las subvenciones que regula la presente orden, las organizaciones profesionales agrarias y organizaciones de cooperativas agrarias de ámbito estatal, representativas de los titulares de explotaciones agrarias y de cooperativas agrarias, que formen parte de la Comisión General de ENESA.

  2. Dichas entidades deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Que carezcan de fines...

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