Orden TIN/442/2009, de 24 de febrero, por la que se modifica la Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Marzo de 2009
MarginalBOE-A-2009-3425
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Trabajo e Inmigración
Rango de LeyOrden

En cumplimiento de la previsión sobre financiación de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, contenida en el apartado 2 de la disposición adicional quinta de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, el artículo 8 de la Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, por la que se regulan las actividades preventivas en el ámbito de la Seguridad Social y la financiación de la Fundación para la Prevención de Riegos Laborales, establece en su apartado 2 que la cuantía de las aportaciones a la mencionada fundación, con cargo al Fondo de Prevención y Rehabilitación, se fijará anualmente por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, sin que dicha aportación pueda rebasar el límite de veinticinco millones de euros.

Por otra parte, entre las acciones contempladas en el plan para la ejecución de la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2007-2012 figura el desarrollo de programas sectoriales y territoriales destinados a favorecer la promoción de la seguridad y salud en las empresas que en dicho plan se señalan, los cuales se enmarcan en el objetivo fijado en la mencionada Estrategia para fortalecer el papel de los interlocutores sociales y la implicación de los empresarios y de los trabajadores en la mejora de la seguridad y salud en el trabajo. En la misma Estrategia se prevé la financiación de esos programas a través de la Fundación para la Prevención de Riesgos Laborales, mediante una línea de financiación adicional, complementaria de la establecida para el cumplimiento de sus fines en el mencionado apartado 2 del artículo 8 de la Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre.

Teniendo en cuenta que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 8.1 de la mencionada Orden TAS/3623/2006, de 28 de noviembre, la citada fundación se financia con el 80 por ciento del exceso de excedentes de la gestión de las contingencias profesionales obtenido por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, cuyas existencia y cuantía en cada ejercicio son variables, así como la necesidad de adecuar las aportaciones que...

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