Resolución de 18 de octubre de 2011, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se convoca la provisión de puesto de trabajo por el sistema de libre designación.

MarginalBOE-A-2011-17203
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de la Presidencia
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo previsto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, modificado en su redacción por la Ley 23/1988, de 28 de julio, y en el Título III, Capítulo III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración general del Estado.

Esta Secretaría de Estado acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se detalla en el anexo I de esta Resolución, con arreglo a las siguientes bases:

Primera.

Los puestos de trabajo que se convocan podrán ser solicitados por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño de los mismos.

Segunda.

Los interesados dirigirán sus solicitudes, que deberán ajustarse al modelo que figura en el anexo II, al Sr. Secretario de Estado, Presidente del Consejo Superior de Deportes, (Dirección General de Infraestructuras Deportivas) calle de Martín Fierro, s/n, 28040 Madrid, dentro del plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».

Tercera.

Además de los datos personales, número de registro de personal y destino actual, los aspirantes deberán acompañar a su solicitud un currículum vítae, en el que se harán constar:

  1. Títulos académicos.

  2. Puestos de trabajo desempeñados.

  3. Estudios y cursos realizados y cuantos otros méritos estime el aspirante oportuno poner de manifiesto.

A la citada solicitud, los aspirantes podrán acompañar, en todo caso, informes o cualquier otra documentación que permita apreciar los requisitos exigidos.

Cuarta.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación, recurso contencioso-administrativo ante el correspondiente Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo, conforme a lo establecido en los artículos 9.a) y 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso de...

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