Orden APU/1521/2007, de 14 de mayo, por la que se convocan los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública correspondientes a 2007 (Excelencia, Gestión del Conocimiento y Tecnimap).

MarginalBOE-A-2007-10863
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Administraciones Publicas
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 951/2005, de 29 de julio (BOE de 3 septiembre), por el que se establece el marco general para la mejora de la calidad en la Administración General del Estado, crea en su artículo 22 los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, determinando en el artículo 24.1 que están destinados a reconocer y galardonar a las organizaciones públicas que se hayan distinguido en alguno de los siguientes ámbitos:

  1. La excelencia de su rendimiento global por comparación a modelos de referencia reconocidos.

  2. La innovación en la gestión de la información y del conocimiento, así como de las tecnologías.

  3. La calidad e impacto de las iniciativas singulares de mejora implantadas.

Por su parte, con los apartados 2 y 3 del mismo artículo, al disponer, respectivamente, que los premios estarán abiertos a todas las administraciones públicas y que los departamentos de la Administración General del Estado procurarán desarrollar en sus correspondientes ámbitos un primer nivel de premios alineados con los instituidos en el Real Decreto, se pretende configurar una suerte de sistema que permita vertebrar la diversidad de premios de esta naturaleza existentes en las distintas administraciones públicas españolas en beneficio mutuo de todas ellas, sobre la base de la participación voluntaria de los tres órdenes de administración pública y del aprovechamiento de las experiencias existentes.

Una vez determinadas las modalidades y definidas las categorías, características y los efectos de los premios por Orden APU/486/2006, de 14 de febrero, por la que se regularon los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública y se convocaron los correspondientes a 2006, procede convocar los correspondientes a 2007.

Puesto que el año 2006 la convocatoria incluyó el premio a la Excelencia en la Gestión Pública, que tiene carácter anual, así como los premios a las Buenas Prácticas en sus dos categorías, corresponde en el año 2007 convocar el Premio a la Excelencia en la Gestión Pública y los Premios a la Innovación en sus dos categorías: Gestión del Conocimiento y Tecnimap para Proyectos de Administración Electrónica.

La evolución de las administraciones públicas en los últimos años ha permitido que determinados conceptos de gestión ya se encuentren incorporados al acervo organizacional y así están recogidos en otras modalidades de estos premios, por lo que se hace preciso contemplar otros enfoques que añadan un valor diferencial. La innovación, entendida como generación y aprovechamiento de la creatividad y de nuevas ideas tendentes a incrementar el valor público, constituye un factor esencial para la mejora de la gestión pública. El Premio en su categoría a la Gestión del Conocimiento, que ahora se convoca por primera vez, pretende dar reconocimiento a aquellas organizaciones que se hayan distinguido en la implantación de iniciativas o medidas para asegurar la gestión de sus activos intangibles a través de procesos de captación, estructuración y transmisión del conocimiento dentro de un marco de aprendizaje e innovación organizacional.

Los Premios TECNIMAP para proyectos de administración electrónica, por su parte, fueron creados a comienzos de 2004 como un mecanismo más de incentivo al desarrollo de servicios innovadores, simplificadores y eficaces basados en las tecnologías de la información. La Orden de creación (APU/198/2004, de 28 de enero), los justifica como «respaldo oficial a las buenas prácticas en materia de administración electrónica» y las asocia a la celebración de TECNIMAP como un complemento a la acción divulgadora y de intercambio de ideas y referencias ya tradicional de las Jornadas, cuya X edición se celebrará en Gijón entre los días 27 y 30 de noviembre.

En cumplimiento de lo anterior y de conformidad con lo previsto en el artículo 25 del citado Real Decreto y en el apartado segundo de la Orden APU/486/2006, de 14 de febrero, por la que se regulan los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, dispongo:

Artículo único Convocatoria de los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública 2007.
  1. Se convoca el Premio a la Excelencia en la Gestión Pública 2007, con categoría única, conforme a las bases que figuran en el anexo 1 de esta Orden.

  2. Se convocan los Premios a la Innovación 2007 en sus dos categorías, Gestión del Conocimiento y Tecnimap para Proyectos de Administración Electrónica, conforme a las bases que figuran en los anexos 2 y 3, respectivamente, de esta Orden.

Disposición adicional Modificación del apartado cuarto de la Orden APU/486/2006, de 14 de febrero, por la que se regulan los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública.

El apartado cuarto de la Orden APU/486/2006, de 14 de febrero, queda redactado como sigue:

Cuarto. Ordenación de los procesos de los premios.

1. Las funciones de gestión del proceso de los premios que el artícu-lo 30.f).3.º del Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, asigna a la Secretaría General para la Administración Pública serán desarrolladas por la Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas y la Calidad de los Servicios, a excepción del Premio Tecnimap que será gestionado por la Dirección General de Modernización Administrativa.

Disposición final Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 14 de mayo de 2007.-El Ministro de Administraciones Públicas, Jordi Sevilla Segura.

ANEXO 1

Bases de la convocatoria del Premio a la Excelencia en la Gestión Pública 2007

Primera. Convocatoria del Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.-De acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, y en esta Orden, y con el fin de reconocer al órgano u organismo que se haya distinguido muy especialmente en la excelencia de su rendimiento global por comparación a modelos de referencia internacional, se convoca el Premio a la Excelencia en la Gestión Pública correspondiente a 2007.

Segunda. Ámbito de aplicación.

  1. El Premio a la Excelencia en la Gestión Pública está dirigido a todo tipo de organizaciones de las distintas administraciones públicas españolas. A estos efectos, se entenderá por organización los órganos, organismos y unidades administrativas de la Administración General del Estado, de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, de la Administración Local y de las Ciudades de Ceuta y Melilla, así como otros Entes de Derecho Público.

  2. Podrán presentarse al Premio todas las organizaciones mencionadas en el número anterior, siempre que, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, tengan publicada su respectiva carta de servicios. Además, deberán estar en posesión de alguna de las certificaciones siguientes: la certificación del nivel de excelencia emitida en 2006 por la suprimida Dirección General de Inspección, Evaluación y Calidad de los Servicios del Ministerio de Administraciones Públicas, o el «Sello de Excelencia» concedido por el Club Excelencia en Gestión vía Innovación o bien el reconocimiento del nivel europeo de los «Levels of Excellence» de la Fundación Europea para la Gestión de la Calidad (EFQM). En caso de no poseer ninguna de ellas, bastará con que acredite la realización de, al menos, una autoevaluación de la totalidad de la organización conforme al Modelo EFQM de Excelencia, en su adaptación a la Administración Pública, o al Marco Común de Evaluación (CAF).

    Tercera. Contenido del Premio.

  3. El Premio no tiene contenido económico. Se otorgará un único premio y consistirá en una placa y un diploma acreditativo.

  4. Asimismo, se podrá otorgar un Accésit, consistente también en una placa y un diploma acreditativo.

  5. El Premio podrá ser declarado desierto en caso de que ninguna de las candidaturas reúna los méritos suficientes para ser galardonada con el mismo.

    Cuarta. Solicitud para presentarse al Premio.

  6. Las solicitudes se ajustarán al modelo que figura como anexo 1.1 de estas bases, y deberán ir suscritas, en función del ámbito administrativo de la organización aspirante:

    1. En el caso de organizaciones de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, por el máximo responsable de la organización aspirante.

    2. En el caso de organizaciones de la Administración Local, por el máximo responsable de la corporación (Presidente de la Diputación, Alcalde, etc.), o por la persona en quien éste tenga delegadas las funciones en las materias relacionadas con este Premio.

    3. En el caso de otros Entes de Derecho Público, por el máximo directivo del ente o por la persona en quien éste tenga delegadas dichas funciones.

  7. Las solicitudes deberán formularse hasta el 25 de junio de 2007, por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en función del ámbito administrativo de la organización aspirante:

    1. En el caso de organizaciones de la Administración General del Estado, ante la Subsecretaría del Departamento del que dependa o esté adscrita la organización aspirante.

    2. En el caso de organizaciones de la Administración de las Comunidades Autónomas y de las ciudades de Ceuta y Melilla, ante el órgano competente en las materias relacionadas con esta convocatoria en el ámbito de la comunidad o ciudad autónoma.

    3. En el caso de organizaciones de la Administración Local y otros Entes de Derecho Público, ante la Agencia Estatal de Evaluación de las...

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