Resolución de 29 de junio de 2009, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se convocan becas para la realización de prácticas de formación para titulados superiores universitarios durante el periodo 2009-2011.

MarginalBOE-A-2009-12365
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion
Rango de LeyResolución

Por Orden AEC/1098/2005, de 11 de abril, se aprobaron las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, becas y ayudas de formación, investigación, intercambio, promoción y de viajes y estancia de la Agencia Española de Cooperación Internacional (AECID) («BOE» n.º 99, de 26 de abril de 2005).

De conformidad con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con las citadas bases reguladoras se convoca la adjudicación de 25 becas para la realización de prácticas de formación para titulados superiores universitarios españoles durante el periodo 2009-2011.

En su virtud, dispongo:

Primero.-Finalidad y objeto.

  1. La AECID convoca 25 becas, mediante concurrencia competitiva, para la realización de prácticas de formación de gestores y expertos en cooperación internacional para el desarrollo en las diferentes unidades de la sede de AECID y en sus Unidades de Cooperación en el Exterior. 2. El desarrollo de las prácticas de formación tiene la finalidad de contribuir a la preparación de titulados superiores universitarios españoles en materia de cooperación internacional para el desarrollo, que tal como se establece en el artículo 4 del Estatuto de la AECID encomienda a la Agencia el fomento, gestión y ejecución de las políticas públicas de cooperación para el desarrollo.

    Segundo.-Duración de la beca.

  2. Las becas tendrán una duración de veinticuatro meses, doce de los cuales se desarrollarán en Unidades de Cooperación en el Exterior de la AECID.

    Tercero.-Financiación, cuantía y pago.

  3. Para la financiación de estas becas se dispone, en el periodo 2009-2011, de crédito suficiente con cargo a la aplicación presupuestaria 12.401.143A.486.04. 2. El importe de las becas se distribuirá en los siguientes conceptos:

    Asignación mensual de 1.100 euros que se que se hará efectiva a principios de cada mes mediante transferencia bancaria en España a la cuenta indicada por el beneficiario. Sólo serán satisfechas las asignaciones correspondientes a los meses de prácticas efectivamente realizados.

    Durante los meses que los becarios permanezcan en las Unidades de Cooperación en el Exterior de la AECID percibirán, además de la asignación mensual, una cantidad adicional de 900 euros por mes.

    Igualmente, les será facilitado un pasaje aéreo de ida y vuelta en clase turista al país de destino.

    Los becarios también serán beneficiarios de un seguro de asistencia médica primaria no farmacéutica y de accidentes, en las condiciones que se recogen en la póliza suscrita por la AECID con la compañía aseguradora correspondiente, para enfermedades no contraídas con anterioridad al inicio de las prácticas de formación reguladas por esta convocatoria.

  4. A las dotaciones anteriores se les aplicarán las retenciones legalmente establecidas que procedan. 4. La devolución voluntaria de las cantidades entregadas se realizará mediante ingreso en la cuenta de titularidad de la AECID número 9000 0001 20 0200003247.

    Cuarto.-Requisitos de los beneficiarios.

    Para poder ser beneficiarios de estas becas, los solicitantes deberán cumplir los siguientes requisitos, el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

    Poseer la nacionalidad española.

    Tener titulación superior universitaria (licenciado, ingeniero o arquitecto).

    Tener conocimientos en instrumentos, procedimientos, organismos y/o proyectos de cooperación internacional para el desarrollo.

    Ser menor de treinta años de edad.

    Poseer dominio del inglés y conocimientos suficientes de una segunda lengua extranjera.

    No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desarrollo de las actividades. No haber sido beneficiario de esta misma beca en ediciones anteriores.

    Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, si las tuviere.

    Quinto.-Características de las becas e incompatibilidades.

  5. La concesión y disfrute de estas becas no implica relación laboral alguna con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo ni con el Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, ni supone ningún compromiso de incorporación posterior de los becarios a sus plantillas. 2. El disfrute de una beca al amparo de esta convocatoria es incompatible con cualquier otra beca o ayuda otorgada para la misma finalidad, financiada con fondos públicos o privados. 3. El becario podrá, durante la vigencia de la beca, realizar otros trabajos siempre que no interfieran con el cumplimiento de las obligaciones y horarios establecidos por la AECID, de conformidad con lo dispuesto en esta Resolución en materia de obligaciones de los beneficiarios. 4. Los estudios, informes y trabajos realizados por el becario durante el disfrute de su beca serán propiedad de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo que se reserva la posibilidad de publicarlos en sus publicaciones o colecciones editoriales.

    Sexto.-Presentación de solicitudes.

  6. ...

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