ORDEN APA/3071/2003, de 16 de octubre, por la que se adjudican 10 becas de formación práctica para Titulados Superiores, convocadas por la Orden APA/2009/2003, de 10 de julio, por la que se convocan 'Becas de formación práctica para Titulados Superiores en el área de Alimentación'.

MarginalBOE-A-2003-20400
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Agricultura, Pesca y Alimentacion
Rango de LeyOrden

ORDEN APA/3071/2003, de 16 de octubre, por la que se adjudican 10 becas de formación práctica para Titulados Superiores, convocadas por la Orden APA/2009/2003, de 10 de julio, por la que se convocan 'Becas de formación práctica para Titulados Superiores en el área de Alimentación'.

Se conceden 10 becas de formación práctica para Titulados Superiores en el área de alimentación, por un importe total de dieciocho mil veinte euros (18.020 A), para el ejercicio 2003, a los beneficiarios titulares, y en su caso, a los suplentes, que figuran en el Anexo I, a desarrollar en los centros que se especifican, en la forma y condiciones establecidas en la Orden APA/2009/2003, de 10 de julio (BoletÃn Oficial del Estado de 17 de julio de 2003), por la que se convocaron dichas becas.

Los becarios titulares consignados en los citados Anexos deberán presentar certificación que acredite que no padecen enfermedad contagiosa o defecto fÃsico que les impida la realización de los estudios y trabajos que implica la aceptación de la beca, incorporarse a las distintas Subdirecciones de la Dirección General de Alimentación, en el plazo máximo de quince dÃas naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Orden o al de la recepción de la notificación de adjudicación, y cumplir el resto de obligaciones establecidas en el artÃculo 12 de la mencionada Orden APA/2009/2003.

En caso de que el titular de una beca renuncie a la misma, por la Dirección General de Alimentación se comunicará al suplente que corresponda su nombramiento como becario, actuándose de igual modo al previsto en el párrafo anterior.

Contra esta Resolución, que pone fin a la vÃa administrativa, podrá recurrirse potestativamente en reposición ante el excelentÃsimo señor Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes, contado a partir del dÃa siguiente al de su notificación o publicación, o ser impugnada directamente ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses, conforme a lo previsto en los artÃculos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen JurÃdico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Madrid, 16 de octubre de 2003.--El Ministro, P.D. (Orden APA/749/2003, 31-03-03, B.O.E. 03/04/03), la Jefa del Gabinete Técnico de la SubsecretarÃa de Agricultura, Pesca y Alimentación, Juana M.a Romojaro Vázquez.

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