ORDEN MAM/783/2004, de 16 de marzo, por la que se regula la convocatoria de becas de formación de postgraduados relacionados con las actividades del Instituto Nacional de Meteorología, en el transcurso del ejercicio presupuestario de 2004-2005.

MarginalBOE-A-2004-5553
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

ORDEN MAM/783/2004, de 16 de marzo, por la que se regula la convocatoria de becas de formación de postgraduados relacionados con las actividades del Instituto Nacional de Meteorología, en el transcurso del ejercicio presupuestario de 2004-2005.

ElINM es una Dirección General del Ministerio de Medio Ambiente que tiene entre sus funciones planificar y coordinar en su ámbito la investigación de las ciencias atmosféricas y, en su caso, realizar los estudios climatológicos y el desarrollo de las técnicas necesarias que permitan al Instituto una adecuada adaptación al progreso científico-técnico en la medida necesaria para el ejercicio de sus funciones. Dentro de sus actividades considera conveniente convocar becas en determinadas áreas de especialización sobre materias relacionadas con las funciones que son competencia del organismo.

En consecuencia, a propuesta de la Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología, en virtud de sus competencias señaladas en el artículo único del Real Decreto 181/2004, de 30 de enero, y existiendo dotación presupuestaria para ello en la aplicación 23.03.551B.480, y de acuerdo con lo señalado en el artículo 81 del texto refundido de la Ley General Presupuestaria, aprobado por Real Decreto legislativo 1091/1988, de 23 de septiembre, y con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispongo:

Primero.--Convocar hasta un máximo de 11 becas para ayudas de formación en proyectos del INM relacionadas con las actividades del organismo, conforme a las condiciones que se recogen en los Anexos de la presente Orden.

Las becas objeto de esta convocatoria se otorgará en régimen de concurrencia competitiva.

Las becas tendrá una duración de doce meses a partir de su adjudicación.

Segundo.--La Dirección General del Instituto Nacional de Meteorología, concederá, en el ámbito de esta convocatoria, las becas solicitadas y dictará, en su caso, cuantas normas e instrucciones sean precisas para la interpretación, desarrollo yejecución de esta convocatoria.

Las Resoluciones de la Directora General del Instituto Nacional de Meteorología concediendo las becas ponen fin a la vía administrativa.

Madrid, 16 de marzo de 2004.

RODRÍGUEZ HERRER

Ilma. Sra. Directora General del Instituto Nacional de Meteorología.

ANEXO I

Bases

  1. Clases de becas

    I.1 Ayudas para la formación en proyectos.

    Pretenden que el becario se familiarice con los métodos de trabajo actuales en las siguientes especialidades:

    1. Modelización numérica.

    2. Predicción Inmediata.

    3. Teledetección.

    4. Predicción Estadística.

    5. Radiación solar y ozono.

    6. Climatología.

  2. Número y destinatarios de las becas

    Se convocan 11 becas. La formación en proyectos del INM está destinada a Licenciados e Ingenieros Superiores, cuyos estudios correspondientes a su titulación académica estén relacionados con los proyectos mencionados en la base I.1 de esta convocatoria. Asimismo, podrán presentarse quienes tengan aprobadas todas las asignaturas de los planes de estudio de las titulaciones citadas.

  3. Dotaciones

    Cada una de las becas estará dotada con 1.095, euros mensuales, de la que se deducirán las cargas fiscales correspondientes.

    El becario de investigación quedará incluido en el Régimen General de la Seguridad Social según establece el Real Decreto 1326/2003 de 24 de octubre (BOE 3 de noviembre de 2003) por el que se aprueba el Estatuto del becario de investigación.

    En el supuesto de que los becarios deban efectuar salidas al campo y otros desplazamientos convenientes para su formación, el INM podrá abonarles otras ayudas complementarias en la cuantía que, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, se determine previaresolución de la Directora general. Igualmente, los gastos de inscripción y asistencia a cursos, simposios, etc., que fueran de interés para la especialización de los becarios, de acuerdo con su plan de formación específico, podrán ser satisfechos por el INM en los casos que así se estime conveniente.

    Se excluyen los cursos de doctorado y gastos de matriculación en los mismos, así como las tasas académicas.

  4. Duración

    La duración de las becas será de 12 meses desde el comienzo de las tareas. Las ayudas concedidas para la formación en proyectos del INM, no podrán ser objeto de prórroga sin perjuicio de que los beneficiarios puedan concursar nuevamente por una sola vez, siendo en este caso necesario el informe favorable del tutor correspondiente.

    Las becas adjudicadas podrán ser revocadas por el Director General del INM en el supuesto de que la dedicación o el rendimiento del becario no alcancen un nivel satisfactorio a juicio del organismo, oídos el Tutor y el Comité de Selección.

  5. Características jurídico-administrativas

    Dado el carácter formativo de las becas, su concesión no implica relación laboral o administrativa entre el becario y el INM.

    La cantidad que se abone a los becarios en ningún caso tendrá carácter de salario o retribución, sino de ayuda económica.

  6. Requisitos

    Los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

    1. Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea residente en Españaen el momento de incorporarse al disfrute de la beca, con dominio del idioma español, poseyendo plena capacidad de obrar.

    2. Poseer las condiciones académicas indicadas en la base II, habiendo finalizado sus estudios en los últimos 9 años.

    3. No percibir ninguna otra compensación económica durante el tiempo de disfrute de la beca por el ejercicio de una actividad profesional por cuenta propia o ajena, por estar acogidos a las prestaciones por desempleo o por tener concedida otra beca.Los actuales becarios del INM que pudieran ser seleccionados en la presente convocatoria, tras su aceptación escrita, cesarán automáticamente en el disfrute de la beca que anteriormente tuvieran asignada. En el caso de que durante la vigencia de lasbecas concedidas sus titulares dejaran de cumplir la condición anterior, por pasar a percibir cualquier género de compensación económica, estarán obligados a ponerlo en conocimiento del INM en el plazo máximo de tres días hábiles, causando baja automáticamente en la percepción de la beca.

  7. Solicitudes y documentación

    Las solicitudes de beca se formularán en el modelo de instancia que se incluye como anexo II de esta convocatoria, directamente en el Registro Central del INM, calle Leonardo Prieto Castro, número 8, Ciudad Universitaria, 28040 Madrid, o en los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, enel plazo de quince días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el 'Boletín Oficial del Estado'.

    Los aspirantes indicarán en la instancia la especialidad en la que aspiran a formarse, pudiendo elegir al respecto dos como máximo, de las que figuran relacionadas en la base I.1 de esta convocatoria. Junto con la instancia se aportará:

    1. Currículum vitae, en duplicado ejemplar, conforme al modelo que figura como anexo III a esta convocatoria.

    2. Certificación en duplicado ejemplar del expediente académico en el que expresamente conste la fecha de iniciación y terminación de los estudios, las calificaciones obtenidas, la nota media alcanzada y el haber aprobado todas las asignaturas del respectivo plan de estudios.

    3. Declaración de cumplir los requisitos del apartado c) de la base VI o, en el supuesto de estar percibiendo algún tipo de remuneración o ayuda económica, el compromiso de renunciar a la misma en el caso de concesiónde la beca.

    4. Dos fotografías tamaño carnet, con el nombre y apellidos en el dorso.

    5. Fotocopia del documento nacional de identidad, pasaporte o documento similar.

    En el Anexo IV a esta convocatoria figura la relación de los proyecto a los que podrán optar los candidatos, con un máximo de dos, unidad en la que se llevarán a cabo, así como una breve descripción de los trabajos a desarrollar y la cualificación que se requiere de los candidatos.

    Si la solicitud o documentación aportada no reúne los requisitos que se señalan en esta base VII, se requerirá al interesado para que en un plazo de diez días subsane la falta o acompañe la documentación preceptiva Si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de su petición.

    La solicitud, debidamente firmada, servirá de certificación de la veracidad de los...

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