Real Decreto 1902/1984, de 1 de agosto, por el que se declara zona de reserva definitiva a favor del Estado para explotación de recursos minerales de plomo, cinc, fluorita, oro, plata, estaño, cobre y wolframio el área denominada «La Nava-El Paredón», comprendida dentro de la zona de reserva provisional a favor del Estado «Cerro Muriano», situada en la provincia de Córdoba.

MarginalBOE-A-1984-24177
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria y Energia
Rango de LeyReal Decreto
27
octu
bre
1984
3L~.v"
Cambíos
oficiales
del
día
26
de
octubre
de
19tH
.
BANCO
DE
ESPAÑA
Mercado
de
Divisas
e
...
mblos
orovincía
de
Córdoba.. y
declarada
por
Real
Decreto
2159/1983
de
15
de
1unio (
..
BoJetin
Qticial
del
Estado_
de
13
de
agosto>:
B
petición
del
Instituto
Gevlógico
y
Minero
de
Espada,
acon-
seja
el
establecimiento
de
una
nueva
zona,
comprendida
dentro
d~
la reservaprov1BiOl1al,
declarando
la
zona
de
reserva
defi·
nitiva
a
favor
del
Estado,
p:i.ra
explotación
de
recursos
minera~
ies
de
plomo.
robre.
cinc. estafio.
wolframio,
fluorita,
oro
y
plata.
A
tales
electos.
y
aiendo
de
aplicación
lo
establecido
en
el
artículoS.O
de
la
Ley
2211973.
de
21
de
Julio.
de
Minas
asi
c
.....
mo
lo
previsto
en
su
artkulo
82.
1.
eJ1
~lac1ón
con
el
s',o,
3,
de
la
citada
Ley.
uf
como
el
articulo
20
del
Rellamento
General
para
el
Régimen
de
la
Miner1a¡
cumplidos
los
trAmites
precep-
tivos
con
informesemitldos
por
los
diversas
Organismos
inte·
resadas.
se
hace
preclso
adoptar
'la
'd1sposic1ón
.pertinente,
En
sU
virtud,
propuesta
del
Ministro
de
Industria
y
Enér~
gía
y
previa
delíberación.
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
1
de
agosto
de
1984. .
DISPONGO,
Artículo
1,"
Se
declara
zona
de
reserva
definitiva
a
favor
del
Estado.
para
explotación
de
recursos
minerales
de
plomo,
cobre.
c:ine.estatio,
wolframio.
tluortta,
oro
r
plata.
el
área
denominada-La
Nava.,El Paredón_,
comprendida
en
la
provin·
Cia
de
Córdoba
yeuyo
per1metro
'definido
por
coordenadas
geo·
gráficas'·
se
dee1gDa
oontinuación:
Area
formada
por
arcos
de
meridiano
referidos
al
de
Green-
wich
y
de
paralelos
dmrminados
por
la
unión
de
los
siguientes
vértices.· expresadOl
en
grados
8exagesimalea:
170.379
129,488
18,318
208.220
173,701
68,455
278,306
56.226
9,048
49,838
19,145
15,559
19,381
26,960
799,151
104,913
69,485
Vendedor
170,019
129,044
18,268
207,100
172.654
68,173
277.265
56,015
9,024
49,660
19,680
15,511
19,318
26.001
795,224
104.562
69,197
Comprador
Divisas
convertibles
24175
1
dólar
USA
«
•••••••••••
«.«
•••••••
1
dólar
canadiense
..
1
franco
francés
.
1
libra
esterlina
.
1
libra
irlandesa'
:
1
franco
.
suizo
,
".
100
francos
belgas
.
1marco
alemán
.'
.
100
liras
italianas
.
1
florín
holandés
.
1
corona
sueca
, .
1
corona
danesa
.•.....o
•••••••••••
,
••••••
1
corona
noruega
.
1
marco
finlandés
o.,
.
100
chelines
austrjaros
»
••••••••
100
escudos
portugueses
__
100
yens
japoneses
..
Latttud
MINISTERIO
DE
INDUSTRIA YENERGIA
Vértice
1•••
~
••
,
•••••
Vértice
2.., .
Vértice
3
;.,
, .
Vértice
,.
SO
13'
2(1"
Oeste
..
lJ!'
00"
Oeste
..
12'
00"
Oeste
13'
2(1"
Oeste
~
11' 00"
Norte
::
:,::
:::
~~~:
38°
09'
20"
Norte
ArtfcuJ
t'mko.-5e
declara
a
la
Entidad
-Cerámica
GonzAlez
Car::-eño, S, L,,..
UtuJar
de
una
cantera
de
arcilla,
beneficiarla
de
~a
Ley
de
Expropiación
Forzosa,
al
propio
tiempo
qUe
1&
utihdad
públ1t'A
de
la
citada
explotación,
denominada
cantera
..
ymace_.
sita
en
el
ténnlno
municipal
de
Villace;
de
la
pro-
vIncia
de
León, a
efectoa
de
la
adqul~ición
de
loa
terrenos
necesarios
para
su
continuidad,
a
cuyo
fin
habrá:··de'
lnstruins8
el
oportuno
expediente
de
acuerdo
con
la
normativa
vigente.
Dado
en
Palma
de
Mallorca
a 1
de
agosto
de
1981.·
El
perímetro
&Si
definido
delimita
una
superficie
de
20
cua·
driculas
mineras.
Art,
2.·
El
plazo
de
duración
de
esta
reserva
se
establece.
en
virtud
de
lo
previsto
en
el
párrafo
1
delarUeulo
62
de
la
Ley
22/1973.
de
21
de
julio,
de
Minas,
en
relación
con
el
aparo
tado
3
del
articulo
8.·
de
la
proplaLey.
por
UD
periodo
de
treinta
ados,.
prorrogables
por
plazos
Iguales
hasta.
un
mAximo
de
noventa
dos.
.
Art.
3.°
Se concede
el
derecho
de
explotae1ón
de
esta
zona
al
Instituto
Geológico y
Minero
de
Espafta
sobre
los
recursos
mineralesespeclficados
en
el
artículo
1.0
de
este
Decreto.
La
explotación
de.
estos
yacimientos
.se rea.l1zará
conforme
establece
la
ley
22/1973,
de
21
de
julio,
de
Minas,
y
demás
disposiciones
complementarias
y
con
sujeción
a·las
siguientes
condiciones:
al
En
9'
plazo
de
un
a1\o.
contado
a
partir
de
la
publicación
de
este
Real
Decreto.
se
presentará
en
el
Ministerio
de
Industria
y
Energfa
yen
la
Comunidad
Autónoma
de
Andalucia
!Córdoba)
el
proyecto
completo
de
explotación
más
conveniente
de
la
zona
que
'Se
adjudí~a.
b)
La
cesión
de
esta
explotación
por
el
Estado
al
Instítuto
Geológico
y
Minero
de
Espa1'1a
se
establece
por
un
periodo
de
treinta
afios,
prorrogables
en
consonancia con
la
vigencia
de
la
reserva. .
.
e)
CualquIer
otro
mlnetaJ.
dIstinto
de
los
reservados.
que
aparezca
en
la
zona
de
reserva
deberá
comunicarse
al
MInis-
terio
industria
v
Energía
y a la
Comunidad
Autónoma
de
Andaluda
a.
fin
de
determinar
la
conveniencia
de
su
explota-
c1ón y
forma'
de'
realizarse.
d)
AÍlualmente
el
Instituto
Geológico y
Minero
de
Espal'la
presentará
una
Memoria
con
los
resultados
obtenidos
ymArcha
de
los
trabajos
ante
el
Ministerio
de
Industria
y
Energía
y
la
Comunidad
Autónoma
de
Andaluc1a.
Art.
4,° El
resto
del
área
de
la
reserva
provisional
..
Cerro
Muriano
1_
y
la
totalidad
de
.cerro
Muriano
Il-
Sigue vig¡:mte
como
reserva
provisional
a
todos
los'
efectos,
de
acuerdo
con el
Real
Decreto
2159/1983.
de
15
de
junio.
Dado
en
Palma
de
Maliorca
a 1
de
agosto
de
1934.
JUAN
CARLOS
R.
JUAN
CARLOS R.
24176
El
Mlnlsfro
de
Industria
y
Ener¡fa.
CARLOS
SOLCHAGA
CATALAN
REAL
DECRETO
1901/1984,
de 1de agosto.
por
el
que
Be
declara
ala En.tidad
.Cerámica
Gonzche.z:
Carreoo.
S,
L.a.
btmeficíaria
de la
Ley
ele
Expro-
piación
Forwsa,
al
propio
tiempo
que
la
utilidad
pública
de
la
cantera
de
arcilla
denomin4da.Vi-
llace_
••
ita
en
el
término
municipal
de
Vinace.
de
la
provincia ele _León, a
efecto.
de
adqutrir
los
terrenos
necewrio.
para
la
contínuidád
de
la
ex-
plotación..
Con
observancia
de
10 dispue¡,;to
por
el
artículo
128
del
Re-
glamento
General
para
el
Régirnt:n
de
la
Miner1a
de
25
de
agosto
de
1978,
..
Cerámlt;a,
González
Carroño,
S.
L....
ha
solici-
tado
accgerse
a
los
beneficios
de
la
Ley
de
ExpropiaCi6n
Forzosa
para
~a
adquisición
de
los
terrenos
necesarios
para
1&
oontt·
nuida-d
de
la
explotación
de
una
cantera
de
caliza
df"nomlnada
.Villace_.
de
la
que
es
titular,
sita
en
el
término
municipai-
de
Villace.
de
la
provincia
de
León.
Tramitada
la
petici6n
de
&cuerdo
con
10
prev~nldo
eJ1
el
mencionado
artículo
y
en
atención
a
reunir
la
explot&c16n
para
cuya
continuidad
solicita
el
referido
beneficioJ
.... cond:1ciones
señaladas
en
el
articulo
102
de
la
Ley
de
Minas
de
21
de
Junio
de
1:n3, a
propuesta
del
:M1nistro
de
Industria
y
Energfa
y
,rrevicl
deiiboración_del
Consejo
de
Ministros
en
SU
reunión
del
día
1
de
agosto
de
1984,
DISPONGO,
24178
24177
REAL
DECRETO
1902/1984,
de
1
de
agosta, por
el
qus
••
-declara
zona
de
reSl1rva
deftnitiva
a
favor
del
Estado
para
explotación
de
T8curs08
minerales
de
plomo.
oinc,
fluorita.
oro,
plata.
e,taño.·
cobre
y
wolframio
.,
4rea
denominada
.Le
Nava·El
Pa~
Tedón_.
comprsndkfa
dentro
de
lo
zona
de
1'$Serva
provt8t0nal
a
favor
del
Estado -Cerro
Muriano_,
Ituada
en
la
provineta
de
Córdoba,
El
suficiente
conocimiento
adquirido
durante
el
per1odo
de
Investigación
de
la
zona
de
reserva
provisional
a
favor
del
Estado
denominada
.cerro
Muriano.
área
l..
situada
en
1&
El
~,linistro
de
Industria
yEnerJ'la,
CARLOS
SOLCHAGA
CATALAN
REAL
DECRETO
lG0"3/1PB4,
de
1
de
agosto.
por
el
que
se
declara
zona
de
protección
artesana
a
la
pro:vincta de La
Coruña
.
El
Decreto
549/1976.
de
26
de
feb,ero.
regulador
del
Plan
de
Fomento
de
la
Artesanía.
tln
sU
artículo'
11
determina
que
el
Gobierno,
a
propuesta
del
Ministro
de
Industria
y
Energía,
po-
drá
declarar
una
o
varias'
zonas
geográficas
como
zonas
de

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