Resolución sobre nueva edición de los Modelos de Contrato de Venta a Plazos fijando su formato y el de sus hojas adicionales.

MarginalBOE-A-1972-712
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyResolución
B.
o.
del
E.-Núm.
114
12
mayo
1972 8371
RESOLUCION
de
la
Dir~cción
General
d"
los
Registros
y
del
Notoriado
sobre
lLueva
edición
de
lo.'!
Modelos
de
Contrato
de
Venta
aPlazos,
fijando
su
formato
y
el
de
sus
hojas
adiciona
les.
El
artículo
5.°
de
la
Ordenanza
para
el
Regi'3tro
de
Venta
a
Plazos
de
Bienes
Muebles,
de
8
de
julio
d~
1956.
determina
que
les
Modelos
oficiales
para
los
correspondientes
contrato'>
serán
aprobados
por
esta
Dirección
General
de
los
Regístros
y
del
Notariado.
La
Resolución
de
14
de
diciembre
de
1966
es-
tableció
tres
Modelos,
llamados
«Modelo A,
'para
Venia
a
Pla-
zos
de
Bienes
Muebles
..
,
"Modelo
B.
de
Financiación
a
Compra-
dor
de
Bienes
Muebles.
y
..
Modelo
e,
de
Venta
a
Plazos
de
Bienes
Muebles
con
financiación,..
También
para
algunas
Em~
presas
o
Agrupaciones
profesionales
se
han
aprobado
determi-
nados
Modelos
especiales,
que
son
los
designados
con
las
letras
..
P"
...
Q
..
y.R... I
La
experiencia
de
:más de
cinco
años
de
ordenación
de
los
contratos
cumplimentados
sobre
las.
Modelos
autorizados
per~
mite
comprobar
la
conveniencia
de
realizar
nuevas
adapta-
ciones
para
acomodarlos
tanto
a
las
funciones
q-.¡e
el·
Registro
de
Venta
a
Plazos
sirve
en
la
actualidad
como
a
los
proce-
dimientos
que
para
ello
se.
utilizan.
En
efecto,
autorizado
por
la
Circular
de
19
de
noviembre
de
1968.
nílmero
2,
la
uti1iza~
ción
de
un
solh
impreso
pára:
varios
bienes
de
equipo.
cuando
constituya
una
unidad
económica,
resulta
insuficiertte
el
es~
pacio
reservado
a
la
descripción
del
objeto.
por
Jo
que,
con
frecuencia,
se
utilizan
los
espacios
en
blanco
del
,Modelo
en
la
forma
más
dispar
y
arbitraria
e
incluso
ocupando
espacios
reservados
para
otros
fines,
lo
que
origj.na
posibles
errores
al
superponer
la
escritura
mecanográfica
a
la
impresa.
Otro
tanto
ocurre
cuando
son
varios
los
compradores.
Por
otra
parte,
la
introducción,
en
el
Registro
Central,
del
sistema
de
clasificación
de
objetos
vendidos
por
su
número
de
fabricación
o
ma'trfcula
exige
que
se
extremen
las
precaucio-
nes
para
eliminar
los
errores
que
pudiera
producir
al
proceso
de
ordenación
anual
de
cientos
de
mUes
de
contratos.
La
necesidad
de
una
más
adecuada
formaHzación
de
los
contratos
aconseja
modificar
los
Modelos
vigentes,
así
como
int.roducir
dos
tipos
de
hojas
complementarias.
Se
aprovecha
la
ocasión
para
aclarar
determinados
puntos
que
contribuirán
a
mejorar
el
funcionamiento
de
este
Re-
gistro.
Esta
Dirección
General.
en
uso
de
las
[",cu!
tades
que
tiene
conferidas,
ha
tenido-
a
bien
resolver:
L-
Modelo8 e
impresos.-Los
Modelos
oficiales
de
contratos
de
Venta
a
Plazos
de
Bienes
Muebles,
señalados
con
las
letras
.A~,
.B
..
Y
..
e
..
y
aprobados
por
'Resolución
de
14
de
diciem~
bre
de
1966.
quedan
modificados
en
la
forma
que
resulta
del
anexe
que
se
acompal1a.
Esta
mod.ft'icación
surtirá
efecto
para
las
nuevas
ediciones
que
se
efectúen
a
partir
de
la
fecha
de
esta.
disposición.
Las
expresadas
m~dificaciones
consisten:
En
cuanto
al
comprador:
ordenación
del
primero
y
segundo
apellidos,
seguidos
del
nombre
de
,pila,
evitándo
así
ambigüe-
dades
en
determinados
nombres
y
el
uso
.de
abreviaturas.
MINISTERIO DE JUSTICIA En
CflSO
de
varios
compradores,
se
resenarán
sus
datos
en
hoja
aparte
fir'mada,
cuyo
Modelo
impreso
figura
••
asimismo.
en
el
anexo.
En
el
cuerpo
del
contrat;o
y
lugar
correspondiente
se
pondní
la
oportuna
referencia.
Respecto
al
objeto,
se
destacan
los
espacios
reservados
a
marca,
modelo,
número_de
fabricación
o
chasis
y
matrícula.
En
el
supuesto
de
varios
objetos
en
un
mismo
contrato,
seran
reseñados
todas
ellos,
con
los
dat.os
expresados
y
con
el
valor
aL
contado
de
cada
uno
de
ellos,
también
en
hoja
aparte-
fir-
mada.
cuyo
Modelo
impreso
figura
en
el
propio
anexo.
En
el
Modelo
~A.
se
incorpora
al
anverso
el
pacto
de
Re·
serva
de
Dominio
y
se
inserta
en
el
reverso
el
pacto
de
Mora
én
el
Pago
para
facilitar
la
codificación
de
los
contratos.
En
cuanto
alos
resta'htes
datos,
se
mantiene
el
mismo
for~
mato,
debtacando
los
de
valor
al
contado,
cantidad
aplazada
o
importe
nominal
del
préstamo,
numero
de
meses
del
apla~
zamiento,
tanto
por
ciento
de
interés
mensual
y
fecha
del
til-
timo
vencimiento,
facilitando
así
el
proceso
de
dMos
en
el
Registro
Central.
2.- Los
Modelos
especiales
autorizados,
o
sea,
el
Modelo
..
P
..
,
destinado
para
uso
exclusivo
de
la
..
Agrupación
Sindical
Nacicnal
de
Empresas
de
Financiación
de
Venta
aPlazos'*'
-ASNEF-;
el
Modelo
..
Q>t.
p.ara
la
Compañía
Mercantil
.John
Oeere.
S. A
.•
,y
el
),{odelo
..
R
..
,
asimismo
para
ASNEF,
con
destino
a
las
financiaciones
,especializadas
en
el
sector
del
automóvil
y
adaptado
al
Modelo
ofichd
..
B.
de
Financiación
a
Comprador,
sufrirán
correlativas
modificaciones
en
análogo
sentido
que
los
oficiales.
acuyo
efecto
la
Administración
cur~
sará
las·
oportunas
comunicaciones.
3,°
Registro Provincial
de
procedencia.~El
articulo
9."
de
la
Ordenanza
dispone
que,
al
recibir
un
contrato
registrable,
el
Registro
Provincial
reflejará
el
acto
mediante
un
..
Cajetín
..
que
contendrá
número
y
fecha.
Al
objeto
de
que
en
el
Re-
gistro
Central
no
se
produzcan
dudas,
se
cuidará
que
dicho
.Cajetín
..
deje
una
impresiÓll
chITa
en
la
que
se
'lea
la
pro-
vincia
de
origen,
especialmente
sobre
el
ejemplar
4.
4.°
Operaciones sobre
Bienes
de
Equipo.~En
las
operacio-
nes
de
Venta
a
Plazos
de
Bienes
de
Equipo
efectuadas
por
En·
tidades
Especiales
de
Financiación,
conforme
a
la
Orden
del
Ministerio
de
Hacienda
de
25
de
enero
de
1964,
en
las
que
el
comprador
debe
satisfacer
al
contado
los
rescargos
e
intereses
por
aplazamiento,
junto
con
el
desembolso
inicial;
al
rellenar
el
impreso
correspondiente
puede
consignarse
bajo
el
epígrafe
.Recargos,*,
las
palabras
"Pago
al
Contado
..
o
..
Al
contado
..
_
5.
Lo:
Modelos
oficíales
.A
..
,
.B~
y.e-,
hasta
ahora
vi-
gentes,
serán
admitidos
en
los
Registros
de
Venta
a
Plazos
durante
seis
meses
a
partir
de
la·
fecha
de
publicación
de
esta
Resolución
en
el
..
Boletin
Oficial
del
Estado...
Los
actuales
ModellJS
especiales
autorizados
"p",
..
Q
..
y
.R
..
lo
serán
du-
ranteur..
año
a
partir
de
dicha
fecha.
Lo
que
digo
aV.
S.
para
su
conocimiento
y
efectos.
Dios
guarde
a
V.
S.
muchos
años.
M-9drid, 21
de
abril
de
1972.-t!1
Director
general,
Francisco
Escriva
de
Romani.
Sr.
Jde
del
Servicio
Registra!
Inmobiliario
y
Mercantil.
IEll
tli
,
8372
~.fS%
MINISTERIO DE
Jl'STICIA
I
~~.'f'
Dirección
Gi:n~ral
'1;'
.)~
R,gisl'OS~c
Noladudo
;W,)!
~$'
.~.
~~~'f>
.
12
mayo
1972
B.
o.
del
E.-,Núm.
114
N9
000000
~'9istro
d.
Reserval
d.
dominio y
Prohibiciones
d.
disponer
Ejemplar 4(Registro
Central)
¡¡"I!ld
'!IAA'¡fI
B.
O.
del
K-Núm.
114
J2
mayo
1972
8373
".he·
d
JIIi~'IIl',
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I'
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._.
_
ANTICIPO
DE
PAGO: U
rnnlprador
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sa!¡~l"ln,
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\~n(¡mknlo
de
cualqukra
tk
lus
pl;vo~,
d
impur-k
de
b
pi"te
de
dl,."Uda
1'-,,,-!;,oIH"
d",
P"¡!".
,i;)
"
..
al!
dt'k~
los
rc~'arg
J.n'
halita di..:ho
mom,~nlo
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prorcdcnt
....
s.
)'HOHIBIt"ION.
DE
J::NAJENAR; El
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nO
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objdo
<.:>
hasta
d
("ompldo
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~,'"
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CL-\tISlIlAS;
de
En
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P;¡r!c'$
~('
oblir:ltl al leal
cllmpFmkntQ
[Tc
Clianto
ant-ect'de
y
lo
firman,
EL·
COMPRADOR,
-
fl
_,_
---"--
d.19_
EL
VENDEDOR,
En
_,
__
~.-
110"_
,
A
TERCERO:
Por habe-r rcil).tciudo de la parte
;-plazada
del
precio al aCl'eedor,
Queda
subtogauo
en
el
credilo
yd'erechos accesorios
dimanantes
de este contrato,
----_-----~-
con domicilio- en
__
~_.
...
_~
DI
L 1 eE N e1
.\,-CESION
Ptas. '
__
'
',
D.,
"-
--
-- de
19_
EL
CESlO~.'\RIQ
(Financlóldor),
del cr¿dito; l).fjanza sQ¡idariam.:rnc el cumplimícnto
a
fJ\l¡~ll
::oc
¡;édcl1 las
letras
emitidas.
Et
Vi:·nr.lcdor
cCtlclltc
n:spondú
al
fin3Jx:iJdor
de
la
cxisknda
ykgitlmídaJ
d;;
Lb obliga\:Íllnl.'s de 1'3go a;>wníd3s
por
d
comprador.
En
--
a _
de'
_
LL
(LUISTE
(\\'HekJvr),
Ei
:Uf
_._-
,
8374
12
mayo
1972
B.
O.
del
K-Núm.
114
I
MINISTERIO
DE
JUSTICIA.
Direc,;ión
General
de
Registros yNotariado
ANEXO
AL
CONTRATO
DE
VENTA
A
.PLAZOS
MODELO
A
NUMEl'lO
---"-----
DATOS
PERSONAlES
DE
OTRO
C:OM"'ADOR
(Si
l.
hubho
..
)
'A~'::EL~L",IDO~~l.:::'·
·
..,!lA~'~EL~t~lD~O!..!t.:·..,...
~N",O~M:!.JB:::RE:::..:D:::E:..':.:I.::.LA~
_
11.-."·
__
----..-1
........·rJ
D.
N.I.
_
cene
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n.-
'--
__
'--'--
_Provincia
'--
_
DATOS
PER50Ht
DE
OTRO
C:OMP~Atll)1
(511.
hu"'.,.)
~A~'=EL~L~IDO~.!:I
.:.·
......
-rR:;;EL~L'eDO~:..t.::·;._..
fN"'O"M~B:::I"'F-'D"E:..P:.:'.::.LA~-
__
--'
__
1'-
----..-1
...-..-1
l
»:N.I.
_
c.u.oplaza y
1\.-
-'-
......
-'-
__
hovincña
------~---
DATOS
PERSONALES
DE
OtIlO
C:OMPlA1!91
(Sn
..........
)
D. N.
l.
.\yu
...........
-'-
_
CaUao
plnayn.-
_ _
DATOS
PEISONALES
DE
OTtlO
C:OMl'tIAI!9I
(SIl."""'
...
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froviacia
~.~---_-
Il.A_'_EL_L_lD_O_I
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EL
COMPRADOI,
EL
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La
-~-~._---~-
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B.
O.
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K-NIÍIr..
114 12
may()
1972
8375
I
MINISTERIO
DE
JUSTICIA
Dirección General
de
Registros
yNotariado
ANEXO
AL
CONTRATO
CE
Vi:NTA
A
PLAZOS
MOCELO
A
NUMERO
OBJETO;
Marca
~_.___
.
Modelo
Motor
N.-
_
N.O
FABRICACION
O
CHASJS
MA.TRICULA
.
VALOR.
AL
CONTADO
1t
11...--
__
1
II...--
p
,,,,
__
1
OBJETO,
~
1
Marc.·
~
Mod.lo
_.
.
__
Molor
N,"
--------_
IN
••
FABRICACION
O
CHASIS
I
(A
TRlCULA
II
:~~R
AL
CON;rADO
OBJUO, .
Marc8. _
IN
••
FABRICACION
O
CHASIS
IModelo . .
__
!.
Motor
N.·
_
MATRICULA VALOR
AL
CONTADO
'1
I
II...--
p
..
••
__
1
OBJETO,
Molor N.-
VALOR. AL
CONTADO
I
Ip
..
•·
I
-
Motor
N."
VALOR AL
CONTADO
J
Iplat.
]
1
OBJETO,,
- _
MarcB
Model-o
_._.
__
._.
-'-
_
(ATRICULA
MllfGll
Modelo
~
_
..
(_'_'_FA_B_R_IC_A_C1_0_N_O_C_H_A_S_IS
__
,.
(ATRlCULA
.(
••
F
ABRICACION
O
CHASIS
-_._----
--------._--------------'-----
Marca
-----
Modolo
_.'_'.
(
••
FABlllCAClON O
CHASIS
1
(ATRlCULA
IMotor
N."
_
VALOR. AL CONTAD,.)
EirAliZMri -,Iij, ,i
8376
MarC3
__
~
·
---<
N." FAIHUCAClON OCHASIS
1'---_---'1
OBJETO,
__
~~
12
mayo
1972
Modelo
IIoM~A~T~.~IC_U~LA
....
1Molor N,"_
VALOR AL
CONTADQ
----
"-~--------------~"
Marca_
_~
Mod.lo
"
e-
IN
..
FABRICACION OCHASIS I
(ATIlCULA
1
1.,.ñaD'.
en
..
t.
apt.1Ie¡Jo
10'
objetoa
no
prinoipal
••
y
101
.C~'Oriol-
-
EL
COMPRADOR..
Motor
No-
---_-----
VALOR AL
CONTAOO
I
p,,,,
1
EL
VBNDEDOlt,
E.
a
__
do
do"_
En
a
__
do
.o¡._
Pi
••
Mil---
B.
O.
del
E.-Núm.
114
12
mayo 1972
8377
CONTRATO
DE
FINANCIACION
A
COMPRADOR
DE
BIENES
MUEBLES
¡Ley
de
17
de
julio
de
1965)
DATOSPERSONALU
OElCO~PRA..DOR
'{Sin
abreviaturas)
Regiut'O
de
Reserva'"
4o*Inio
T
Prohibieiotles.
d.
dispone!
Eíemplar
4,
Jiegillro
Centt
...
l)
B
Dirección
General
de
Registros yNotariado
MINISTERIO
DE
JUSTICIA
Provincia
~._-
Ayuntemienlo
_
D_
N.
I.
Calle
o
ptua
y
n."
I_
A
_._
E
_
LL
_1l>_O_I_,·
..;.- i
A_.EL
__
L...
l00
..
__
'_,·
I_N_O_M_B_R_E_D
__
E_._IL_A
1
FINANCIADOR: "
__
.~
con
domicilio
8n_~
,_~
__
Provincia
_'--
~
Calle o
plua
yn," y
en
BU
nombre
y
repre.
sentación
D. .........:-------
._
...
__
..
__
_ _ O.
N.
l.
con
poder
olorgado
ant.
el
Notario
de
._
....
._
D.
."
__
..
__
~.___
_ ,
el
día
__
1
__
119
__
VENDEDORr
.,.
,,
_
OBJETO,'
MATRICULA len
su
e
••
ol
PRECIO
DE
LA
COMPR·4VENfA:
(VALOR
AL
CONTADO)
•• : .
Moto'
N,o
~I
_
Marca Modelo
,_.
__
~_.
N.~
f'ABRICACION O
CHASIS
~l
===:==::::I
I,--p,
..
·
--:--'
-:-::--1
El
compudor
se obliga 8
uli~h,~.rlll
contado
el
precio de
le.
compra
con
al imporle
del
presenle
pra"llmo
de·
financie..
ció)'!, completlldo con
recuuo.
pi"opio'S
en
el .../
..
'sUeNe-. yajustificar doc:umen:almente
1.
consumaci6n
d.
1. misma
d..
t':::~:~MO
DE
FIN::;:::I::.,·:~:~:::::~:::O;;:;::;:~:~.~.
:~:~:~~:.
di
:.:~o
d.,echo
on
cO.o
en."onl
RECARGOS: Por
aplazllmienlo....
meses Ial
lo,
-r_1
fR'ntllQI
~P~l~.~
••
'-
_
Po,
Po,
IM·PORTE
TOTAL
DEL
PRES'fAMO
.
Pral., _
P'Il.I.
RECONOCu,uENTO
OE
OEUDA:
Por tu.lO. el comprador reconoce
deb~
al financiador
l.
cantid.d
Llquid.
d.
de-
P'aI. Cl'da uno,
coa
PI&s'
que",
pagarlÍn
en
-pIasos _
v.n~:ni.nlo
en
__
.....
~¡..--------_-_----
__
-----_--_--
__
Provincia;
número
y
'-echo
del
asiento
de
recepción
lmpottc>r>'.,
R~.hv~
...
l~
m«ano¡¡r;atia odgll\ál p..nr.l
~plu
mltlleto
4,
¡
Il
en
~l
ea.
de
\I&IiI¡o "OlJIl'l"lldo"",'dck
~llli~r-,:11I)ía
lll'
no
Hfmad
••
1)
EA
ti
ClIfO
de
~lGa
objetos.
rU
19dof
elWil.
flIllci
ellelt
Jlflllo1.:!1.
y
Jep~¡¡enlados,
relpec;iVamaftÚli
por
1fm
..
con
101
mismos
impones
yvencimienlo,.
libradas
por
el
financiador
y
.oepta~r
el
comprador, domiciliadal
en
-:::-:-_
DI
A
rt.4ES=_.,:A"ll::;O,-_
Porconsiluiente,(otl
fecha 1
....
'tI
deberá
quadCltterminodoetpolo.
····································I~I
¡.iD
i
li
-
~--~-~------
...
,,~~~
8378
..
"'-
12
m'lVO
HIn
;,.1,
..•
_'--
MORA
EN
EL
PAGO: A
partir
de
cada
vencimiento
no
lIatisfeeho,
el
financiac!or
podrá
cll:igil. al
comprador
el
recargo
de!
__
".
pO!
ciento
del
mismo,
sin
perjuicio.!:
que
la
falta
de
pago
de
dos
de
108-
plazos l"t-,pr<.>
por
las
letras
antedichas
facultará
al
finandador
para
exigir
el abOno
inmediato
de
la
t{)tajidad
de
Jos p.lazos ¡x-ndicntcs,
conforme
al
artículo
II
de
la
Ley.
ANTICIPO
DE
PAGO: El
comprador
podrá
satísfacer
al
vencimiento
de
cualquiera
de
li)!;
plazos el
import~'
de
la
parte
de
d",uda pen-
diente
de
pago, sin
que
sean
deducibles los
recargos
dcvengado.s
hasta
dlcho
momento
ylos
demás
gastos
legalmente proccdel1k's.
PROHIBICION
DE
ENAJENAR:
1:,1
comprador
no
podrá
disponer
dd
objl'to
comprado
hasta
el
completo
pago del
prestan"',
bajU
las
sanciones
que
establet;:c
la
Ley,
salvo
autorl1.adón
esctita
del fin&llcíador.
SEGUROS: _se obliga el
comprador
a
asegurar
la cosa. Si la p01;I.a
no
esw·
..
icIT
suscrita
con alltl"rioridad,
deberá
~cr!O
c\lla
compra
sea
consumada;
5frá
adecuado
ala
naturalez;.
yriesgos
dd
bku
objeto
dI;!
la
compra
financiadn )
con
dur;lt'iún
Jlasla
el
vencimiento
final
de
lo
adeudado,
"ivlldo &llCficiario el
f¡llanc;aJ~,r.
JlIANlA.:
afianzan
solidariamente
enfrC' si, ycon
igual
,ará,ter
s(¡¡¡dario reS!'.;Cl\)
il!
deudor
pri¡¡
el ';'Impl¡miento
[.h;
(Qd~:i
l;¡s
oJ;¡Ji¡PciOll<:s>
asumidas
por
el lOísmo
<:n>
este
conlral'Q.
Lall parte!!
se
obUgan
al
leal cumplimlenlu de cuanto
antecede
ylo
fltman.
EL
COMPRADO',
~
._"-~-------~--
..
---~
..
_--~
0.-
4.19_
EL
rIN
ANCIADOI,
E.
d.~
_.
-_.-
d.l'_
J)tUGltNtlAl
Con
.fecha
de
_
de
de
l'
---se
ha consumado
la
compnt
de
-''-_
ln"",
humero ....:
~
tuya financiación se efettúa por el anterior contra.to. quedando
di~
~pra
'¡!stificadi a
ia1Wac~iÓQ.
dt\.
t~wior.
JlL
FINANClADQll,
a:,
t,
•••
m

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