Orden FOM/1904/2008, de 16 de junio, por la que se modifica la Orden FOM/2107/2007, de 3 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a programas piloto que promuevan la movilidad sostenible en ámbitos urbanos y metropolitanos.

Fecha de Entrada en Vigor 2 de Julio de 2008
MarginalBOE-A-2008-11158
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

El Plan Estratégico de Infraestructuras y Transportes (PEIT), aprobado por el Consejo de Ministros el 15 de julio de 2005, incluye entre sus directrices y líneas básicas de actuación un conjunto de medidas destinadas a promover una movilidad urbana sostenible.

El PEIT propone definir las actuaciones del Ministerio de Fomento en las áreas urbanas de manera integrada y coordinada con las demás Administraciones y, siguiendo la recomendación de la Unión Europea dentro del desarrollo de su Programa de Acción en Medio Ambiente, promover la figura de los Planes de Movilidad Sostenible como marco para la actuación de las diferentes Administraciones.

Con la Orden FOM/2107/2007, de 3 de julio, se afectan, por una parte, aspectos que condicionan la planificación, el diseño y la ejecución de infraestructuras de interés general, que en las áreas urbanas y metropolitanas y de acuerdo con las directrices del PEIT, deben definirse de manera coordinada con las Administraciones autonómica y local y, por otra parte, se ponen en marcha programas previstos en el PEIT, que han sido aprobados por el Gobierno en el ejercicio de sus competencias de planificación y coordinación.

Una vez realizada la primera convocatoria se han detectado insuficiencias en las Bases reguladoras de la Orden FOM/2107/2007, de 3 de julio, que resulta necesario resolver introduciendo algunas modificaciones que clarifican los objetivos, el contenido y el procedimiento de otorgamiento y justificación de dichas ayudas.

Por todo ello, este Ministerio, previo informe de la Secretaría General Técnica, de la Abogacía del Estado del Departamento y de la Intervención Delegada, ha acordado aprobar la modificación de las bases reguladoras de las ayudas a programas piloto que promuevan la movilidad sostenible en ámbitos urbanos y metropolitanos.

En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispongo:

Artículo único Modificación de la Orden FOM/2107/2007, de 3 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a programas piloto que promuevan la movilidad sostenible en ámbitos urbanos y metropolitanos.

La Orden FOM/2107/2007, de 3 de julio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas a programas piloto que promuevan la movilidad sostenible en ámbitos urbanos y metropolitanos, queda modificada en los siguientes términos:

Uno. Se suprime el apartado 3 de la Base segunda. Beneficiarios.

Dos. El apartado 1 de la Base cuarta. Financiación, queda redactado de la siguiente manera:

1. Los proyectos se financiarán con cargo a los Presupuestos Generales del Estado y se abonarán en un máximo de cuatro anualidades. El período de subvención concedida al proyecto no excederá de 36 meses contados a partir de la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Boletín Oficial del Estado.

Tres. En la Base quinta. Solicitudes y requisitos de los solicitantes, se añade un nuevo apartado:

4. La presentación de la solicitud para la obtención de ayuda conllevará la autorización del solicitante para que el órgano concedente obtenga de forma directa la acreditación del cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, a través de certificados electrónicos. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento, debiendo aportar entonces dicha certificación cuando le sea requerida por dicho órgano.

Cuatro. El apartado 2 de la Base sexta. Órganos competentes para la convocatoria, instrucción y resolución del procedimiento, queda redactado de la siguiente manera:

2. El órgano competente para la instrucción del procedimiento será la Comisión de Selección, que estará...

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