Resolución de la Dirección General de Aduanas e Impuestos Especiales sobre desgravación fiscal a la exportación de los pertrechos y provisiones suministrados a buques destinados al extranjero.

MarginalBOE-A-1980-8055
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Hacienda
Rango de LeyResolución
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Otros
anuncios
LAMO
DE
ESPINOSA
Ilmo.
Sr.
Director
general
de
Industrias
Agrarias-Presidente
del
Instih.lto
Nacional
de
Denominaciones
de
Origen.
¡
1
j
1
I
i
20.000
10
20.000
20.000
20.000
10
12.000
Pesetas
Tm. neta'
Ex. 03.01 B·a
Ex. 03.01 D-1
03.01
C-3-a
03.01
B-3-a
03.01 B-3-b
03.01 B-4
Ex.
03.01
B·a
Partida.
ani.ncelaria
generales
ORDEN
de
17"
de
abril
de
1980
sobre
fijación
del
derecho
compensatorio
variabLe
para
la
importa.
ción
de
produ.ctos
sometidos
a
este
régimen.
Ilustrísimo
senor:
Ayuntamiento
de
Santafiy
(Baleares).
'concur~q
para
(,-ontratar
recogida
de
basuras.
Ayuntamiento
de
Tajueco.{Soris).
Subasta
de
m~aeras.
Ayuntamiento
de
Viladecáns
(Barcelona).
Exposición
de
pliegos
y
concursos-subastas
de
obras.
I
Ayuntamiento
de.
Zaragoza.
Concurso
para
instalar
se·
ñales
para
regularización
de
tráfico.
Ayuntamiento
de
Zarzalejo
(MadriJil.
Subasta
de
pastos.
8057
Producta
De
conformidad
con
el
artículo
octavo
del
Decreto
3221/1972,
de
23
de
noviembre,
y
-las
Ordenes
ministeriales
de
Hacienda
de
24
de
mayo
de
1973
y
de
Comercio
de
13
de
febrero
de
1975,
Este
Ministerio-
ha
tenido
a
bien
disponer:
PrimerO.-La.
cuantía
del
derecho
compensatorio
variable
para
las
importaciones
en
la
Península
e
islas
Baleares
de
los
pro·
duetos
que
se
indictlu
_es
la
que
a
continuación
se
detalla
para
los
mismos:
talidad
de
los
actuales
Vocal-es
de
los
Consejos
Reguladores
con-
tinuarán
desempoñando
sus
cargps
hasta
la
toma
de
posesión
de
los
nuevos
miembros
elegidos
en
aplicación
del
Rúal
Decre·
to
2004/1979 y
normas
complementarias.
Por
todo
ello
y
en
uso
d-e
las
facultades
que
otorga
a
este
Departamento
la.
Ley 25/1970 y
el
Real
Decreto
2004/1979,
tengo
a
bien
disponer:
Artículo
1.0
Queda
ampliado
el
periodo
de
vigencia
de
todos
los
cargos
de
Vocales
de
los
Consejos
Reguladores,
ya
sean
representantes
de
los
sectores
vitícola
o
vinícola,
hasta
el
mo-
mento-de
la
toma
de
posesión
de
los
Vocales
elegidos
de
acuer·
do
con
el
Real
Decreto
2004/197g
y
sus
normas
complementarias.
Artículo
2.°
Asimismo
se
amplía
el
mandato
de
los
Presi·
dentes
de
los
Consejos
Reguladores;
con
las
responsabilidades
inherentes
a
este
cargo,
hasta
el
momento
de
la
toma
de
po·
sesión
de
los
Presidentes
designados
con
posterioridad
a
la
elec-
ción
de
Vocales
aqu'e
hace
referencia
el
artículo
1.:1
Lo
que
comunico
aV.
1.
para
su
conocimiento
y
efectos.
Dios
guarde
aV.
I.
Maarid.
28
de
marzo
de
1980.
DE
-COMERCIO YTURISMO
Atunes
frescos
d-
refrigera-
dos
(atún
blanco)
.
Atunes
frescos
o
refrigera·
dos
nos
demás)
.
Boni
tos
y
afines
frescos
O
refrigerados
.
Sardinas
frescas
..
Boquerón,
anchoa.
y
demás
engráulidos
frescos
íinclu·
{
so
en
filetes)
.
A~~~~O)
c~~~~.l.~.~.;~
~~.~.~.~·l
18
abril
1980
,
Disposiciones
..
(Páginas
8467
a.
8478)
HACIENDA
I.
MINISTERIO
DE
B.
O. (lel
E.-Núm.
94
Ayuntamiento
de
León.
Concurso
para
adquirir
láro·
raras
y
equipos
auxiliares.
8463
Ayuntamien~o
de
Madrid.
Concurso·su.basta
de
Qbras.
8463
.
Ayuntamiento
de
Másteles
(Madrid).
Concurso-subasta
para
contratar
continuación
de
obras.
8463
Ayuntamiento
de
Pioz
(Guadalajara).
Subasta
de
finca
rústica.
8464
Ayuntamiento
de
San
Pedro
del
Pinatar
(Murcia)"
Su~
basta
de'
obras.
8464
PAGINA
8055
1.0
Cuando
el
destino
de
un
buque
que
solicite
provisiones
o
pertrecho's
no
sea
inmediatament~-
el
extranjero,
sino
que
deba
efectuar
escala
previa
en
algún
puerto
del
territorioadua-
nero.
los
suministradores
podrán
acogerse
al
beneficio
de'
la
desgravación
fiscal
a
la
exportación
en
los
ténnirios
recogidos
en
las
Ordenes
ministeriales
de
15
de
julio
de
1975
y
de
9
de
febrero
de
1976.
2."
Con
objeto
de
garantizar
en
todo
caso·
los
intereses
del
Tesoro,
estos
suministros"quedarán
sujet.-.s a
las
medidas
cau·
telares
dispuestas
por
las
correspondientes
Inspecciones
y
Ad-
ministracicnes
de
Aduanas,
así
como
muy
especialmente
alo
establecido
en
los
artículos
octavo
y
noveno
de
la
Orden
minis-
terial
de
9
de
febrero
de
-1976.
Madrid.
1
de
abril
de
19aO.-EI
Dí'rector
~eneral,
Antonio
Rúa
Benito,
RESOLUCION
de
la
Dirección
General
de
Aduanas
e
Impuestos
Especiales
sobre
desgravación
fiscal a
la
exportación
de
los
pertrechos
y
provisiones·
su-
ministrados
a
bu.ques
destinados
al
extranjero.
Las
Ordenes
ministeriales
de
15
de
julio
de
1975
y9-
d-e
fe·
"brero
de'1976
reconocieron
el
derecho
a.
la
desgravación
'fiscal
a
la
exportación
de
los
pertrechos
y
¡1tovisiones
suministrados
alos
buques
destinados
al
extranjero.
Sin
embargo,
en
numerosas
ocasiones
los
buques
que
reciben
dichas
mercancias
están
obligados
por
razones
de
carga
o
pa-
saj-e a
tocar
previamente
algún
puerto
situado
dentro
del
terri-
torio
aduanero
antes
de
dirigirstC
efectivamente
al
extranjero.
Este
Centro
directivo
considera
necesario
solventar
las
du+
das
que
en
estos
casos
pudieran
surgir
respecto
de
la
aplicación
do
las
citadas
Ordenes
miÍlisteriales,
por
lo
que
-ha
acordado
10
siguiente:
8056 DRDE!)!
de
28
de
marzo
de
1980
por
la
que
se
am·
fpUa
eL
período
de
vigencia
de
los
cargos
de
Vaca·
,
les
de
_los
Conse¡os-
Reguladores
de
las
Denomína·
ciones
de
Origen.
"
Ilustrisimo
señor:
El
Real
Decreto
2{l04!1919
estableCió
una
nueva
ilormativa
sobre
la
composición
de
los
Consejos
Reguladores
y
elección
de
los
Vocales
representantes
del
sector
producción
y
de
los
sec·
tares
elabprador
y
exportaJ.or,
tendente
a
democratizar
este
proceso
de
elección'
ya
dar.
la
mayor
representatividad
y
efi·
cacia
posible
a
estos
Organismos.
La
formulación
de
propuestas
de
composición
de
Consejos
Reguladores
ha
exigido
la
actualización
de
los
Registros
de
Viñas
y
de
Bodegas,
tarea,
por
otra
parte,
indispensable
para.
la
elaboración
de
los
correspondientes
censos.
10
que
ha
impli.
cado
un
retraso
en
el
deseado
comienzo
del
proceso
electoraL
Con
el
fin
de
que
no
se
produzca
vacío
ni
discontinuidad
en
el
funcionamiento
de
las.
denominaciones
de
origen
por
el~
hecho
de
que
se
considere
vencido
el
periodo
de
vigencia
del
nombramiento
de
Vocale.'? o
de
Presidentes
de
los
Consejos
Re·
guiadores
debe
arbitrarse
una
norma
aclaratoria.
de
que
la
to-
MINISTERIO
DE
AGRICULTURA

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