Orden INT/2896/2006, de 11 de septiembre, por la que se resuelve concurso convocado en los servicios periféricos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, correspondiente al sector de sanidad penitenciaria.
Marginal | BOE-A-2006-16587 |
Sección | II - Autoridades y Personal |
Emisor | Ministerio del Interior |
Rango de Ley | Orden |
Por Orden INT/2030/2006, de 9 de junio («Boletín Oficial del Estado» del 27), se convocó concurso para la provisión de puestos de trabajo vacantes en los Servicios Periféricos de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, correspondientes al Sector de Sanidad Penitenciaria.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, valorados los méritos alegados por los concursantes y previa actuación de la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base sexta de la citada Orden, este Ministerio acuerda la adjudicación de los puestos de trabajo contenidos en la misma.
En la tramitación del presente concurso se ha procedido a la valoración de los méritos de los participantes, tal y como prevé el capítulo II, artículo 39 y siguientes, del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, y lo dispuesto en las bases de la convocatoria.
La relación completa de adjudicatarios, con el destino asignado, se encuentra publicada en los Tablones de Anuncios de los Establecimientos Penitenciarios, así como en el Registro Central de la Dirección General de Instituciones Penitenciarias, sito en la calle Alcalá, número 38, de Madrid.
El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia, extremo éste que deberá ser documentalmente acreditado, o reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Si la Orden comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.
La...
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