Orden EHA/1525/2006, de 12 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas Economía y Hacienda para perfeccionamiento de inglés, francés y alemán y se convocan becas para el año 2006.

MarginalBOE-A-2006-8833
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Economia y Hacienda
Rango de LeyOrden

Orden EHA/1525/2006, de 12 de mayo, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas Economía y Hacienda para perfeccionamiento de inglés, francés y alemán y se convocan becas para el año 2006.

Los cambios que se han venido produciendo en los últimos años, tanto en la sociedad española como en la posición de España dentro de la Comunidad Internacional, llevan a la necesidad de ampliar y perfeccionar los conocimientos de los principales idiomas comunitarios del personal al servicio del Ministerio de Economía y Hacienda.

Con este propósito, al mismo tiempo que se persigue la formación de especialistas dentro del sector público en el área de competencias del Ministerio de Economía y Hacienda, se ha elaborado un programa de becas para la realización de estudios especializados de inglés, francés y alemán en países miembros de la Unión Europea.

La experiencia de 2005 -primer año en que se convocaron las becas- ha aconsejado la introducción de algunas modificaciones y precisiones de carácter procedimental que faciliten y simplifiquen su gestión. Dado que las citadas modificaciones afectan a las bases reguladoras, se hace necesaria la publicación de las mismas junto con la convocatoria correspondiente a 2006.

Por todo ello, de acuerdo con la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispongo:

Primero. Aprobación de las bases reguladoras.-Se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las Becas Economía y Hacienda-Perfeccionamiento de idiomas que figuran en el Anexo de la presente Orden.

Segundo. Convocatoria.-Se convocan un máximo de trescientas becas dentro del programa de Becas Ministerio de Economía y Hacienda -Perfeccionamiento de idiomas para la realización de estudios en los países comunitarios siempre que el curso se desarrolle en los idiomas inglés, francés o alemán, en las áreas y con arreglo a las bases que se especifican en el Anexo de la presente Orden. Podrán participar en la convocatoria quienes presten servicio, dentro del territorio nacional español, como funcionario o personal laboral fijo en el Ministerio de Economía y Hacienda o en sus Organismos Autónomos y cumplan los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

Las Becas que se convocan se financiarán con cargo a la Aplicación Presupuestaria número 15.01.923M.480 de los Presupuestos Generales del Estado para este ejercicio, siendo el importe máximo del coste que se asume de 1.350.000 euros.

La distribución de las becas será la siguiente: doscientas para inglés, cincuenta para francés y cincuenta para alemán. No obstante, de conformidad con el procedimiento que se establece en el Anexo de esta Orden, se podrá incrementar alguno de los grupos en caso de insuficiencia de solicitudes en alguno de los restantes, respetando en todo caso el límite global de trescientas becas.

Tercero. Competencia.-El Órgano competente para la concesión de las becas es el Ministro de Economía y Hacienda, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. En aplicación de lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se delega en el titular de la Subsecretaría de Economía y Hacienda la competencia para la concesión de las mismas, así como todas aquellas competencias susceptibles de delegación que la Ley General de Subvenciones atribuya al Ministro de Economía y Hacienda en relación con esta convocatoria.

Disposición final única

Entrada en vigor.-La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 12 de mayo de 2006.

SOLBES MIRA

Sra. Subsecretaria de Economía y Hacienda.

ANEXO

Bases reguladoras de la concesión de Becas Economía y Hacienda-Perfeccionamiento de idiomas, curso 2006

La concesión de las Becas Economía y Hacienda -Perfeccionamiento de idiomas se efectuará mediante un régimen de concurrencia competitiva, en los términos del artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y de conformidad con lo previsto en las presentes Bases.

  1. Objetivo de las becas

    La finalidad de las Becas Economía y Hacienda -Perfeccionamiento de idiomas es contribuir a la formación y perfeccionamiento técnico-profesional de los empleados públicos que prestan servicios en el Ministerio de Economía y Hacienda o en sus Organismos Autónomos, mediante la realización de estudios en...

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