Resolución de 20 de diciembre de 2004, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2005, ayudas para la distribución de películas cinematográficas comunitarias.

MarginalBOE-A-2005-369
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 20 de diciembre de 2004, del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales, por la que se convocan para el año 2005, ayudas para la distribución de películas cinematográficas comunitarias.

El artículo 6 de la Ley 15/2001, de 9 de julio, señala que dentro de los límites presupuestarios de cada ejercicio podrán establecerse medidas de apoyo a la distribución y difusión del cine europeo en territorio español.

Con el fin de fomentar la difusión de películas comunitarias en salas de exhibición cinematográfica, el artículo 14 del Real Decreto 526/2002, de 14 de junio, prevé la concesión de ayudas para su distribución, que tendrán como objeto subvencionar hasta el 50 por 100 del tiraje de copias, subtitulado y gastos de publicidad necesarios para la realización de planes de distribución en España, de las películas beneficiarias. La Orden ECD/2240/2003, de 22 de julio, (Boletín Oficial del Estado n.º 188, de 7 de agosto de 2003), establece las normas requisitos y procedimientos para solicitar estas ayudas.

En su virtud, previo informe del Servicio Jurídico del Departamento, este Instituto ha resuelto:

Primero. Objeto y condiciones.Se convocan para el año 2005, ayudas para la distribución en salas de exhibición cinematográficas de películas comunitarias de largo metraje y conjuntos de corto metrajes.

Dichas ayudas se concederán, mediante régimen de concurrencia competitiva, para la distribución de películas comunitarias que hubieran sido calificadas por edades para su exhibición en salas cinematográficas por primera vez desde el 19 de abril de 2004, hasta el 17 de abril de 2005, ambos inclusive. Podrán concurrir también películas que, estando calificadas con anterioridad a la entrada en vigor de la Orden de 7 de julio de 1997, vuelvan a ser distribuidas en España y la solicitud de distribución se haya presentado entre el 19 de abril de 2004, y el 17 de abril de 2005, ambos inclusive.

Segundo. Dotación e imputación presupuestaria.Paralas mismas se reserva la cantidad de 950.000,00 euros que se imputarán al crédito disponible en la aplicación presupuestaria 24.101. 470 'Fondo de protección a la cinematografía', del programa 335C, 'Cinematografía', del presupuesto de gastos del organismo para el año 2005. De dicha cantidad podrá concederse hasta un 25 por 100 en concepto de ayudas a la distribución de cortometrajes. La efectiva concesión de las ayudas quedará condicionada a la aprobación del citado crédito en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2005.

Tercero. Beneficiarios.Podrán solicitar estas ayudas las personas físicas o jurídicas inscritas previamente como distribuidoras en...

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