Decreto 45/1995, de 3 de Febrero, por el Que Se Declara Bien de Interes Cultural, Con Categoria de Monumento Historico-Artistico, a Favor del Pazo de Rial, En Vilaxoan, Municipio de Villagarcia de Arosa (Pontevedra).

MarginalBOE-A-1995-6353
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorComunidad Autónoma de Galicia
Rango de LeyDecreto

Por Resolución de 8 de enero de 1980 («Boletín Oficial del Estado» de 9 de febrero), del Ministerio de Cultura, se incoó expediente para la

declaración de bien de interés cultural, con categoría de monumento histórico-artístico, a favor del Pazo de Rial, sito en Vilaxoan, municipio de Villagarcía de Arosa (Pontevedra) .

La Consejería de Cultura, por Resolución de 27 de abril de 1994 («Diario Oficial de Galicia» de 14 de junio), incoó expediente para la delimitación de su entorno, dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico, y artículo 5 del Decreto 430/1991, de 30 de diciembre, de la Consejería de Cultura.

La tramitación del mencionado expediente se llevó a cabo de acuerdo con lo establecido en la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico, y con el artículo 2.º, punto 1.º, párrafo 2, del Real Decreto 64/1994, de 21 de enero, que modifica el Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desenvolvimiento de la Ley de Patrimonio Histórico.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 8 del Decreto 430/1991, de 30 de diciembre, y por propuesta del Consejero de Cultura, y después de la deliberación del Consejo de la Junta de Galicia, dispongo:

Artículo primero

Declarar bien de interés cultural, con categoría de monumento histórico-artístico, el Pazo de Rial, sito en Vilaxoan, municipio de Villagarcía de Arosa (Pontevedra), con la delimitación que figura en el anexo I.

Artículo segundo

La zona afectada por la declaración es la comprendida en la delimitación que consta en el anexo I y en el plano del anexo II.

Artículo tercero

El presente Decreto será notificado al Registro de Bienes de Interés Cultural de Galicia y al Registro General del Ministerio de Cultura.

Disposición última.

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».

Santiago de Compostela, 3 de febrero de 1995.-El Presidente, Manuel Fraga Iribarne.-El Consejero de Cultura, Víctor Manuel Vázquez Portomeñe.

ANEXO I

Comienza en la Punta de Rial (punto 1), se dirige por la línea costera hasta la carretera general N-550, de Villagarcía de Arosa a Cambados, en el encuentro con el camino de O Rial, que va al lugar A de A Lagoa (punto 2); sigue por dicho camino hasta la encrucijada del camino de A Lagoa-bajada al puente (punto 3)...

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