ACUERDO entre la Organización Europea de Patentes, la Oficina Española de Patentes y Marcas y la Oficina Sueca de Patentes y Registros sobre el establecimiento de una cooperación en materia de búsquedas internacionales, hecho en Madrid el 10 de febrero de 1999. Aplicación provisional de los títulos I al III.

Fecha de Entrada en Vigor 9 de Marzo de 2000
MarginalBOE-A-1999-9409
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Asuntos Exteriores
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO entre la Organización Europea de Patentes, la Oficina Española de Patentes y Marcas y la Oficina Sueca de Patentes y Registros sobre el establecimiento de una cooperación en materia de búsquedas internacionales, hecho en Madrid el 10 de febrero de 1999. Aplicación provisional de los títulos I al III.

PREÁMBULO

La Organización Europea de Patentes, denominada en lo sucesivo la Organización, el Gobierno del Reino de Suecia y el Gobierno del Reino de España,

Visto el Tratado de Cooperación en Materia de Patentes de 19 de junio de 1970, denominado en lo sucesivo el Tratado,

Visto el Convenio sobre Concesión de Patentes Europeas de 5 de octubre de 1973, denominado en lo sucesivo el Convenio,

Visto el Protocolo sobre la Centralización e Introducción del Sistema Europeo de Patentes, denominado en lo sucesivo el Protocolo,

Considerando que de acuerdo con el apartado 1 de la Sección III del Protocolo la Oficina Española de Patentes y Marcas, denominada en lo sucesivo la OEPM, y la Oficina Sueca de Patentes y Registros, denominada en lo sucesivo la PRV, están autorizadas, con las restricciones a que se refiere dicho apartado, a ejercer su actividad en calidad de Administración encargada de la Búsqueda Internacional en virtud del Tratado, denominada en lo sucesivo ISA,

Considerando que la Oficina Europea de Patentes, denominada en lo sucesivo la OEP, así como la OEPM y la PRV, denominadas en lo sucesivo conjuntamente las Tres Oficinas, han sido designadas ISA de conformidad con el apartado 3)a) del Artículo 16 del Tratado,

Considerando que en virtud de una decisión de 21 de septiembre de 1993, conforme al apartado 1 de la Sección III del Protocolo, el Consejo de Administración de la Organización autorizó a la OEPM a extender su actividad en calidad de ISA a las solicitudes internacionales presentadas en español por nacionales o personas que tengan su domicilio en un Estado que no sea parte en el Convenio y tenga la misma lengua oficial que España, Considerando que de acuerdo con el apartado 2 de la Sección III del Protocolo se ha establecido una cooperación entre la OEP por un lado y la OEPM y la PRV por otro con el objetivo de armonizar las actividades de búsqueda con arreglo al Tratado en el marco del sistema europeo de concesión de patentes,

Considerando que con respecto a dicha cooperación el Consejo de Administración de la Organización decidió el 1 de julio de 1979 y el 9 de junio de 1995, de acuerdo con el apartado 3 del artículo 157 del Convenio, dispensar del informe complementario de búsqueda europea y no cobrar ninguna tasa de búsqueda por parte de la OEP en relación con las solicitudes internacionales para las que la OEPM o la PRV haya establecido el informe de búsqueda internacional,

Teniendo en cuenta que la OEP actúa en calidad de Oficina designada o elegida conforme al Tratado para la gran mayoría de solicitudes internacionales sobre las que la OEPM o la PRV ha establecido un informe de búsqueda internacional, y por tanto se beneficia de su actividad como Administraciones encargadas de la búsqueda,

Deseando incrementar las sinergias entre las tres ISA europeas mediante el refuerzo de la cooperación prevista en el apartado 2 de la Sección III del Protocolo con el establecimiento de una cooperación estable,

Han acordado cuanto sigue:

TÍTULO I Artículos 1 y 2

Establecimiento de una cooperación para la búsqueda internacional

Artículo 1 Objeto de la cooperación.

(1) La OEP, la OEPM y la PRV establecen por el presente una...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR