Orden FOM/2575/2010, de 1 de octubre, por la que se determina el personal al servicio del Ministerio de Fomento que pasa a prestar servicios en la Comisión Nacional del Sector Postal y la fecha de inicio del ejercicio efectivo de las funciones de la misma.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Octubre de 2010
MarginalBOE-A-2010-15241
SecciónI - Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

La Ley 23/2007, de 8 de octubre, de creación de la Comisión Nacional del Sector Postal creó este nuevo organismo con el objeto de velar por la transparencia y buen funcionamiento del mercado postal y por el cumplimiento de las exigencias de la libre competencia.

La Comisión Nacional del Sector Postal se configura como un organismo público, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar, independiente funcionalmente de la Administración General del Estado.

El Real Decreto 1920/2009, de 11 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo general de la Ley 23/2007 establece en su disposición adicional primera el proceso de constitución de la Comisión Nacional del Sector Postal y el comienzo del ejercicio efectivo de sus funciones.

Dicha disposición indica que, en el plazo de veinte días desde la publicación del real decreto de nombramiento del Presidente y de los demás miembros del Consejo Rector, se procederá a la constitución y entrada en funcionamiento de la Comisión Nacional del Sector Postal, lo que ha tenido lugar el 27 de julio de 2010, y al nombramiento del Secretario del Consejo Rector.

Asimismo, establece que el ejercicio efectivo de las funciones atribuidas a la Comisión Nacional del Sector Postal se iniciará en la fecha que al efecto se determine por orden del Ministro de Fomento, momento a partir del cual la Comisión asumirá todas las competencias que, habiendo sido desempeñados por el Ministerio de Fomento, en virtud de la Ley 23/2007, de 8 de octubre, pasan a ser asumidas por la Comisión, en las condiciones establecidas en la mencionada ley y en la presente disposición, y, en concreto, en los contratos, convenios y otros acuerdos perfeccionados en el ámbito de las competencias asignadas a la misma.

Por otro lado, para el cumplimiento de las funciones que la Comisión tiene encomendadas, el artículo 8 de la Ley 23/2007, determina que el personal al servicio de dicho organismo estará constituido por los funcionarios y el personal laboral destinados en el Ministerio de Fomento que estuvieran desempeñando servicios relacionados con la regulación e inspección de los servicios postales, salvo...

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