Resolución de 22 de noviembre de 2004, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se modifica la constitución de la Mesa de Contratación Permanente del citado organismo y se establece su composición.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Enero de 2005
MarginalBOE-A-2005-381
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Medio Ambiente
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 22 de noviembre de 2004, del Organismo Autónomo Parques Nacionales, por la que se modifica la constitución de la Mesa de Contratación Permanente del citado organismo y se establece su composición.

De conformidad con lo dispuesto enel artículo 81 del texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, así como en el artículo 79 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y con la finalidad de constituir una Mesa de Contratación Permanente que asista al órgano de contratación del Organismo Autónomo Parques Nacionales, dispongo:

Primero.1. Se constituye con carácter permanente la Mesa de Contratación del Organismo Autónomo Parques Nacionales, con las funciones que se le asignan en el texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobada por Real Decreto legislativo de 16 de junio de 2000, en el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de Contratos de las Administraciones Públicas, así como en las demás normas complementarias, concordantes y específicas sobre la materia.

  1. En el procedimiento negociado de adjudicación de contratos la intervención de la Mesa será potestativa para el órgano de contratación.

    Segundo.1. La Mesa de Contratación Permanente del Organismo Autónomo Parques Nacionales tendrá la siguiente composición:

    Presidente: El Director del Organismo Autónomo.

    Suplente: El Jefe de Área de Gestión Económica y Administrativa y Régimen Interior.

    Vocales:

    1. De designación legal:

      Un Abogado del Estado del Servicio Jurídico del Estado en el Ministerio de Medio Ambiente, designado por el Abogado del Estado Jefe.

      El Interventor Delegado de la Intervención General de la Administración del Estado en el Organismo Autónomo o, en su defecto, el Interventor Delegado que designe el Interventor Delegado Jefe.

    2. De libre designación:

      El Jefe del Área de Planificación y Proyectos Técnicos de la Red.

      Suplente: Un funcionario adscrito al Área.

      El Jefe del Área de Seguimiento de Recursos y Programas Centralizados.

      Suplente: Un funcionario adscrito al Área.

      El Jefe del Área de Proyección y Desarrollo de la Red.

      Suplente: Un funcionario adscrito al Área.

      El Jefe del Área Jurídica y de Personal.

      Suplente: Un funcionario adscrito al Área.

      El Jefe de Servicio de Contratación y Régimen...

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