Real Decreto 1495/1983, de 2 de marzo, por el que se indulta parcialmente a Pablo Martínez Serrano.

MarginalBOE-A-1983-16046
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Justicia
Rango de LeyReal Decreto
15758
7
Junio
1983
flOE.-Núm.
135
16042
16046
16043
16044 16048
16049
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscr..l y
del
Organo
sentenciador,
8
propuesta
del
Ministerio
de
Justicia
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
2
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Domingo
Martinez
Rodríguez,
de
las
penas
pendiente"
de
cumplimiento
impuestas
en
la
referida
sentencia.
Dado
en
Madrid
a 2
de
marzo
de
1983.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Justicia,
FERNANDO
LEDE5MA
BAR1RET
REAL
DECRETO
1491/1983,
de
2
de
marzo.
por
el
que
le
indulta
parcialmente
a
Antonio
Martinez
Goru:dlez.
Visto el
expediente
de
indulto
de
Antonio
Martfnez
GonzA-
laz,
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Sevilla,
en
sen-
tencia
de
2
de
octubre
de
1980,
como
autor
de
un
delito
de
vio-
ladón
en
~ad.o
de
tentativa
y
otro
de
lesiones
menos
graves,
alas penas de tres años yseis
meses
de
prisión
menor
por
el
primero
y
tres
meses
tie
arresto
mayor
por
el
9E'gundo y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
Que
concurren
en
los
hechos.
Vistos
la
Ley
de
lB
de
junio
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
lie
22
de
abril
de
1938.
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribunal
sentenciador,
a.
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deli-
beraC"i6n
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
2
de
marzo
de
1983,
VenIa
en
indultar
a
Antonio
Martínez
González
de
un
año
de
las
penas
privativas
de
libertad
impuestas
pendientEs
d,:,
cumplimiento.
Dado
en
Madrid
a2
de
marzo
de
1983.
JUAN
CARLOS
R
El
Ministro
de
Justicia,
FERNANDO
LEDE5MA
BAfiTRET
REAL
DECRETO
14f,2119fJa,
de
2
de
marzo,
onr
el
que
,e
indulta
parcialmente
.Q
Serafín
Martínez
González.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Serafin
Martinez
Gonzá-
lez,
condenado
por
la
A
udiencia
Provincial
de
Jaén,
en
sent.en-
cia
de
6
de
marzo
de
1[182,
como
autor
de
un
delito
de
fatsedad
en
documento
oficial,
a
la
pena
de
un
mes
y
un
día
de
arresto
mayor
y20,000
pesetas
de
multa,
y
teniendo
en
cuenta
las
cir-
cunstancias
que
.concurren
en
los
hecho!!.
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de
1870,
reguladqra
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938.
De
acu~rdo
con
el
parecer
del
Minist.erio
Fiscal
y
del
Tribunal
sentenciador,
,a
propuesta
del
Ministro
de
Justicia
y
pre
....
ia
deli-
beración
del
Consejo
de
Ministros
eD
su
reunión
del
día
2
de
marzo
de
19H3,
Vengo
en
indultar
a
Serafín
Martinez
González,
conmutando
la
pena
privativa
de
lib€rtad
impuesta
por
la
de
20.000
'pesetas
de
multa.
Dado
en
Madrid
a2
de
marzo
de
1983.
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Justicia,
FERNANDO
LEDE~MA
BARTRET
REAL
DECRETO
1493/198a,
de
2
de
marzo,
por
el
que
,e
indulta
parcialmente
a
Pedro
Marttnez.
Mo-
rale,.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Pedro
MarUnez
Morales.
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Córdoba,
en
sentencia
de
23
de
abril
de
1981,
como
autor
de
un
delito
de
hurto
de
cosas
destinadas
al
culto,
a
la
pena
de
diez
años
y
un
día
de
presidio
mayor
y
teniendo
en
cuenta
las
circuI1stancias
que
concurren
en
los
hechos.
Vistos
la
Ley
de
18
de
junIo
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938.
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribunal
sentenciador,
a
propuest.a
del
Ministro
de
Justicia
y
previa
deli-
beración
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reuniÓn
del
dia
2
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Pedro
Martínez
M
de
la
cuart.a
parte
de
la
refe:-ida
pena
privativa
de
;iocrtad.
Dado
en
Madrid
a 2
de
marzú
de
1983,
JUAN
CARLOS
R.
El
Ministro
de
Justicia,
FER~ASDO
LEDESMA
BAf\TRET
16045
REAL
DECRETO
1494/1983,
de
2
de
marzo, por
el
que
Be
indulta
o
Agustín
Martinez
S6rroTlf.
Visto
el
exp€diente
de
indulto
de
Agustín
Martinez
Serrano,
condenado
por
la·
Audiencia
Provincial
de
Sevilla,
en
sentencia
d., 9
de
julio
de
1981,
como
autor
de
un
delito
de
robo,
a
la
pt'na
de
cinco
anos,
cuatro
meses
y
21
dlas
de
presidio
menor,
yte-
nit.ndo
en
cuenta
las
circunstancias
que
concurren
en
los
h~chos.
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de
]870,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1938.
De
acuer~o
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal
y
del
Tribunal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
Justkia
y
previa
deli-
beración
del
Conseio
de
Ministros
en
su
reunión
del
día
2
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Agustín
Martinez
S\~rrano
del
resto
de
la
pena
privativa
de
li~rtad
que
le
Queda
por
cumplir
y
que
le
tue
impuesta
en
la
expre!;ada
sentencia.
Dado
en
Madrid
a2
de
marzo
de
1983.
JUA:--J
CARLOS
R.
El
Ministro
dE'
JustiCl&.
FER!\
AI',DO
LEVE5'\.1A
BARTRET
REAL
DECRETO
1495/1983,
de
2
de
marzo.
Dar
el
(iue
se
indulta
parcialmente
a
Pablo
Martínez
Se-
rrano,
Visto
el
expediente
de
indulto
de
Pablo
Martín~z
Serrano,
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Burgos,
en
sentencia
de
12
de
julio
de
1980,
como
autor
de
un
deBto
de
aU!Dtado a
agentes
de
la
autoridad.
a
la
pena
de
cinco
meses
de
arresto
mayor
y
como
autor
de
un
delito
de
homicidio
en
grado
de
frustración,
a
la
de
cinco
años
de
prisión
menor,
teniendo
en
cu~nt.
las
circunstancias
que
concurren
en
los
hechos,
Vistos
la
Ley
de
18
de
iunio
de
1870,
reguladora
de
la
gracia
de
indulto.
yel
Derreto
d~
22
de
abril
de
1938,
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
Fiscal,3
del
Tribu-
nal
sentenciador.
a
propursta
del
Ministro
de
!uoticia
y
previa
deliberaciÓn
del
Consejo
de
Minist.ros
en
su
reunión
del
dta
2
de
rne.r7.o
de
1983,
VenA'o
en
indultar
a
Pablo
MRrtínf'Z
Serrano,
de
dos
años
de-
lA's
penas
privativas
de
lib8rtad
pendientes
de
cumplimiento
Dado
en
Madrid
a
4:
de
marzo
de
1983.
JUAN
CARLOS R
El
Ministro
de
Justicia.
FERNA"DO
LEDESMA
BARlRET
16047 RF:AL
DrCRETo
14.S'611983
,dE' 2dE'
m,~~zo,
J'or
el
Que
se
indulta
a
Salvador
MesE'(;uer
Sc¡nmartin.
Vist.o
el
expediente
de
indulto
de
Salvador-
M¡>s(>g:~:er.
Stln-
martín,
condenado
por
la
Audiencia
Provmcial
d._,
Vatencia,
en
sentencia
de
lO
de
febrero
de
1977, como
autor
de
un
delito
de
robo,
a
la
pena
de
seis
años
y
un
día
de
prr:sirlio
mayor.
y
teniendo
en
cuenta
las
circunstancias
que
cor¡curn?n
en
los
hechos
..
Vistos
la
Ley
de
18
de
junio
de 1870,
reguio.dud
::e
la
gracia
de
indulto.
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
193B,
De
acuerdo
con
el
parecer
del
:MiniRterio FI'ical y
d,
..
l
Tribu-
nal
sentenciador.
a
propuesta
del
Minist.ro
de
Juq¡Cid
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
2
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
Salvador
Meseguer
S8n111artlrt.
d~l
resto
de
la
pena
de
mil
seiscientos
cuarenta
y
tres
dj¡r;,
que
de la
expresada
pena
le
reste
por
cumplir.
Dado
en
Madrid
a2
de
marzo
de
1983
JUAN
CARLOS
R
El
MInistro
de
Ju
FERNANDO
LEDE5MA
BARTRET
REAL
DECRETO
1497/1983
de 2d,: rncllzo,
'lor
el
que
se
indulta
parcialmente
aJase
Pascual
Marti-
nez
Rubio.
Visto
el
expediente
de
indulto
de
José
Pascual
}'fal'tín"z
Ru-
bio,
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
Murcia,
en
sen-
tencia
de
20
de
mayo
de
1981,
como
autor
de
un
delito
contra
la
salud
pública,
a
la
pena
de
cuatro
años,
dos
nH'~2s
y
un
día
de
prisión
menor
y
multa
conjunta
de
20,000
pesetas,
yter.:f'ndo
en
cuenta
las
circunst9.ncias
que
conCUIT€n
en
l~~
hr·dI2s.
Vistos
la
Ley
da
18
de
junio
de
1870,
regulad;Jra
de
la
grac
i
:1
de
indulto,
y
el
Decreto
de
22
de
abril
de
1D3.
De
acuerdo
con
el
parecer
del
Ministerio
F1SC8.:
::
del
Tribtmal
sentenciador,
a
propuesta
del
Ministro
de
J'..bti:ia y
pn'v:8
.,h'il_
be:-ación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
r",unillll
de']
dja
2
de
marzo
de
1983,
Vengo
en
indultar
a
José
Pascual
Martinez
hl¡~';~
de ;a (e,--
cera.
parte
de
la.
pena
impuesta.
Dado
en
Madrid
a 2
de
marzo
de
1983.
Jl,lA"!\i
CA
RLU3
R
El
Mlnlstro
de
JusticIa,
FERl'.A."l"DO
LEDESMA
bARTRET
REAL
DECRETO
]_![(ll;r,i::';,
de 2á:' .'7.{u·::o ,
r'~','
('1
Que
se
indulta
parcialmente
a.\1oi-'.,".",d
.·l,,',,}:,h,r¡
Mohamed.
Visto
el
f'xpediente
de
in·iuHo
de
Mohamed
Ahd,~'[~m
~,~c¡·;:"",
med,
condenado
por
la
Audiencia
Provincial
de
B_.rc,,:c:u,
,,:1

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