Real Decreto 921/1979, de 27 de abril, sobre suspensión parcial por tres meses de la aplicación de los derechos arancelarios de normal aplicación.

MarginalBOE-A-1979-11161
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Comercio y Turismo
Rango de LeyReal Decreto
9724
2.8
alirU
1979 102
1.
'-
Disposiciones generales
..
10
20
30
4D
Porcentaje
de
feducci6n
JUAN
CARLOS'
.
ORDEN
de
28
de
marzO
de 1979 pOr
la
que
se
regula
la
concesión
del
titulo
honorifico
de
.Llbro
de-
In-
terés Turistico...
,,
El
Ministro de Comercio yTurfsmo,
JUAN
ANTONIO
GARerA
DIEZ
Tipos de normal aplicaeiÓJl
vicenle.
De Oa
ID.
inclusive'
: ;
De
más
de
ID
a20. inclusive
~
.
De
más
de
20 a
3D,
inclusive " _
~
.
Pe
más
de
3D
: .
Dos
•.
La
escala
anterior
tiene
carácter
acumulativo.
de
tal
manera
que,
.:uando
los.
tipos
de
normal
aplicación
supereu
los limites
de
cada
fracción
de
la
escala. los
resultados
de
las
reducciones correspondientes alos intervalos anterio:cea-
se
irán
adicionando sucesivamente.
PIS
PON
GO_:
Articulo primero.":"A
partir
de
la
fecha
de
publicación
del
presente
Real Decreto
en
'el
.Boletin
Oficial
del
Estado-. se suS'
pende
parcialmente,
1'or
tres
meses,
la
aplicación
de
los dere-
chos del
Arancel
de
Aduanas.
en
11/0
forma
que
se
indica
en
los
articulas siguientes.
Artículo
segundo.-Uno.
Con
respecto a
las
mercancias
gra',
vadas
CDD.
derechos-ad
valórem.
la
suspensión
parcial
se
apli-
cará
sobre
loS'
tipos vigentes.
de
acuerdo
con
la
slguümte
escala:
"
larios,
haciendo
uso. a
tal
efecto,
de
la
eacuitad
otorgada
al
Gobierno
en
el
articulo
sexto.
apartado
dos.
de
.Ia
vigente
Ley
Arancelaria. _
En
su
virtud,'
a
propuesta
del Ministro
de
Comercio y
Tu,
rtsmo
y
previa
deliberación
del
Consejo
de
Ministros
en
su
reunión
del
dia
veintisiete
de
abril
de
mil novecientos
setenta
ynueve.
Articulo
tercéro.":"La
'cuantla
de
la
suspensión
parcial
aplica-
ble
a
mercancias
gravadJIs' con derechos especificas
será
la
ca''
.
rrespondientea
la
reducción
en
el
quince
por
ciento
del
tipo
Impositivol
normal
aplicación., , ,
Articulo
cuarto.-En
el
casa-
de
derecht>s mIxtos,
la
suspen·
sión
narcial
se
aplicará
sobo'e
el
derecho
ad
valórem
y
sobre
el especlflco·
en
la
forma,
dispuesta
para·
cada
uno
de
los
ar-
ticulas
anteriores.
Cuando_se
trate
de
derechos compuestos.
se
,
aplicará
la
suspensión
parcial
sobre
el
derecho
ad
valórem
o
,el
especifico
que
deba
ser
liquidado.
Articulo
qUtnto.-Los
porcentajes
de
'suspensión
parcial
se
aplicarán
sobre
el tipo impositivo
de
nefmal
aplicación"
redon-
deando
la
primera
cifra
decimal
por
exceso o
por
defecto.
se¡iún
que
la
segunda
sea
o
no
superior
acinco.
."
.,-o • .
~.
Articulo,
sexto.-Queda
derogado
el Real Decreto
ciento
vein-
ticinco/mIl
novecientos
seténta
ynueve.
de
once
de
eneto,
por'
,el
que
se
dispuso
la
prórroga
de
las
reducciones
previstas
en
el
Real Decreto mIl setecientos
ochenta/mil
novecientos
setenta
yocho. ' .
Dado
en
Madrid
avein'tisiete
de
abril
de
mil
novecientos se-
tenta
y
nueve.
DEL
GOBIERNO
PRESIDENCIA
PEREZ-LLOllCA RODRIGO
Excmos, Sres. Ministros
del
Interior
y
de
Adminlstracl6n
Terri-
torial.
MINISTERIO
DE
TRABAJO'
111'60
,CORRECCION
de
errores
del
Real
Decreto'
43911979,
de4iO
de
febrero.
for
el
que
se
determina
la
estruc-
tura-
orgánica
de
Instituto
Nacional
de
-Empleo.
,Advertido
error
en
el
texto
remitido
para
su
publlcación
del
citado
Real Decreto.
inserto
en
el -Boletin Oficial del Es-
~do_
número
82,
de
13
de
marzo
de
1979.
~e
transcribe
acon-
tinuación
la
oportuna
rectificación: '
En
la
página
6276;
segunda
columna,
articulo. 10,
número
dos.
linea
tres.
donde
dice:
.de
los
acuerdos
del Consejo Ejecutivo_.
debe
decir:
.de
loe'
acuerdos
de
la
ComIsión
Ejecutiva-,
11159
'ORDEN
de 28
de
abril
de
1979
por
la
que
ss dis-
.
pone
la
publicación
de
relaciones
de
las
Entidades
Locales
Mel'lOres
incluidas
en'
el
apartado
cl
del
articulo
1,·
del
Real
Decreto
814/1979,
de
20
de
abril,
por
el
que
se
convocan
Elecciones
Municipales
par-
ciales.
EXcelentísimos' señores:
En
el
artículo
l.
•• ap'¡"tado eJ. del Real Decreto 814/1979.
de
20'
de
abril.
se
cQJlvocan Elecciones
parciales
par",
cubrir
los
cargos
de
Alcaldes Pedáneos
de
las
Entidades
Locales Menores
que,
por
falta
de
presentación
de
candidaturas,
no
hayan
po-
dido
ser
atribuidas
en
11\
anterior
convocatoria.
En
consecuencia.
se
hace
pJ;eCiso
relacionar
todas
las,
Enti·
dades que,
en
cada
provincia.
se
enC\.l.entren
en
tales
CirCW1s-
tanclas.
al
objeto
de
'tue
las
formacionea politicas
concurrentes
al
nuevo
proceso
electoral
dispongan
de
la
información
suficien-
te
para
presentar
las
candidaturas
que
estimen
más
oportunas,
publicándose
tales
relaciones'"
los
.Boletines
Oficiales-
de
,la
provincia.
teniendo
en
cuenta
que
las
correspondientes
alos
Municipios
figuran
ya
en
el
anexo
del Real Decreto
por
el
que
se
convocan Elecciones Municipales parciales. .
En.
virtud
de
todo ello.
esta
Presidencia
del Gobierno,
ha
tenido
a
bien
disponer:
1.·
Los Gobiernos Civiles.
a'
propuesta
de
las
Delegaciones
Provinciales
del
Instituto
Nacional
de
Estadistica,
publicarán
en
el·
.Boletln
Oficial-
de
cada
provincia.
antes
del
dla
1
de
mayo.
relación
de
las
Entidades
Locales Menores
en
las
que
proceda
la
aplicación
del
articulo
1.0.
apartado
cJ.
'del
Real De-
creto
814/1979.
de
20
de
abrlp,
por
el
'lúe
se coqvocan
Elecciones
MunicipaleS parciales. .
-.
' .
2:°
Publicadª"
las
anteriores
relaciones
en los
.Boletines
Ofi-
ciales-
de
cada
provincia.
los
partidos
politicOs. coaliciones.
federaciones o
agrupaciones
de.
electores
y
particulares
dis-
.
pondrán
de
un
plazo
de
dos'
dias
naturales
para
presentar
re·
clamacionescontra
las
mismas
ante
la
Junta
Electoral Provin-
cial.
que,
en
el
plazo
de
otros
do.s
dias,
resolverá
de
plano.
ordenando
la
publicación
de
las
llstas
definItivas
en
el'
_Boletín
Oficial_
de
18
provincia
y
en
los diarios
de
maym: circuJación.
3.·
~
presente
Orden
entrará
en
vigor
eCmlslllo
dla
de
su
publiCacIón
en
el
.Boletin
Oficial del Estado-.
Lo
que
éomunico
aVV. EE.'
Dios
guarde
aVV. EE. muchos años.
Madrid,
26
de
abril
de
1979.
MINISTERIO
DE
COMERCIO
Y
TURISMO
11161
REAL
Dli:CRE'J'O 921/1979.
de
23
de
abril.
.obre
Suspensión
parcial.
por
tres
meses,
de
la
'aplicación
de
las
derechos
arancelarios
de
"ormal
aplic~ión.
h
La
actual
coyuntura
económica
presenta
daracterísticas
que
acen
aconsejable
suspender
parcialmente
los
derechos
_arance-
Excelentislmo e
ilustrlsimo
señores:
El
extingludo
MInisterio'
de
Información
yTurIsmo.
por
Oró '
den
de
13
de
agosto
de
19M,
mOdificada
por
la
de
ID
de
.Julio
de.
1965,
creó
la
denominación
honorlfica
de
.Ubro
de
interés
Turlstlco-.
al
objeto'
de
estimular
la
valiosa
contribución.
que
para
el
fomento
del
turlsDlp
prestan
acjuellos llbros
que
se
refieren
avalores
turísticos
de
un.
determinado
lugar
del pals.
a
cualquiera
de
sUs
zonas
e
incluso
á
su
totalidad.
.
El Real Decreto 1558/1977.
de
4
de
luna.
de
reorganIzación
de
la
Administración
Civil
del
Estado.
trasladó
las, competencias ;

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