Orden INT/2269/2012, de 23 de octubre, por la que se determinan los municipios a los que son de aplicación las medidas previstas en el Real Decreto-ley 25/2012, de 7 de septiembre, de medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias comunidades autónomas.
Fecha de Entrada en Vigor | 25 de Octubre de 2012 |
Marginal | BOE-A-2012-13222 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio del Interior |
Rango de Ley | Orden |
El Real Decreto-ley 25/2012, de 7 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas, establece, en su artículo 1.2, que la determinación de los términos municipales y núcleos de población afectados a los que serán aplicables las medidas de la citada norma legal se determinarán por orden del Ministro del Interior.
La gran cantidad y diversidad de Comunidades Autónomas (12) y provincias afectadas (29) a las que serán de aplicación las medidas contenidas en el citado Real Decreto-ley 25/2012, de 7 de septiembre, ha implicado un esfuerzo de depuración para determinar, con el nivel de concreción necesario, cuales son los municipios siniestrados. Este esfuerzo, en el que han colaborado, en el ámbito de sus competencias, todas las Administraciones Públicas, ha supuesto una ingente tarea para garantizar que las ayudas lleguen a todas las localidades donde se han producido catástrofes.
Evidentemente, un empeño tan ambicioso, a pesar de todos los recursos dedicados al mismo, tiene como consecuencia un retraso en la inmediatez de la aprobación de esta norma, pero que ve justificado y compensado por la obligación de los poderes públicos de no olvidar a los ciudadanos de aquellos municipios que más necesitan su ayuda, desde la obligación que les impone el principio constitucional de solidaridad.
En virtud de lo expuesto, dispongo:
Las medidas establecidas por el Real Decreto-ley 25/2012, de 7 de septiembre, por el que se aprueban medidas urgentes para paliar los daños producidos por los incendios forestales y otras catástrofes naturales ocurridos en varias Comunidades Autónomas, serán de aplicación a los términos municipales y núcleos de población a los que se refiere el anexo de esta orden.
Esta orden surtirá efectos desde el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 23 de octubre de 2012.–El Ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz.
ANEXO
Comunidad Autónoma de Andalucía
Almería: Bédar.
Cádiz: San Roque.
Huelva: Alosno y Beas.
Málaga: Alhaurín el Grande, Coín, Marbella, Mijas, Monda y Ojén.
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