Enmiendas al Código Técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diesel marinos (Código Técnico sobre los NOx 2008), (publicado en el 'Boletín Oficial del Estado' núm.131 de 10 de octubre de 2008), adoptadas el 10 de octubre de 2008 mediante Resolución MEPC 177(58).
Marginal | BOE-A-2011-6228 |
Sección | I - Disposiciones Generales |
Emisor | Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperacion |
RESOLUCIÓN MEPC.177(58)
Adoptada el 10 de octubre de 2008
ENMIENDAS AL CÓDIGO TÉCNICO RELATIVO AL CONTROL
DE LAS EMISIONES DE ÓXIDOS DE NITRÓGENO
DE LOS MOTORES DIÉSEL MARINOS
(Código Técnico sobre los NOx 2008)
El Comité de Protección del Medio Marino,
Recordando el artículo 38 a) del Convenio constitutivo de la Organización Marítima Internacional, artículo que trata de las funciones del Comité de Protección del Medio Marino (el Comité) conferidas por los convenios internacionales relativos a la prevención y contención de la contaminación del mar,
Tomando nota del artículo 16 del Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (en adelante denominado «Convenio de 1973»), el artículo VI del Protocolo de 1978 relativo al Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973 (en adelante denominado «Protocolo de 1978»), y el artículo 4 del Protocolo de 1997 que enmienda el Convenio internacional para prevenir la contaminación por los buques, 1973, modificado por el Protocolo de 1978 (en adelante denominado «Protocolo de 1997»), en los que conjuntamente se especifica el procedimiento para enmendar el Protocolo de 1997 y se confiere al órgano pertinente de la Organización la función de examinar y adoptar enmiendas al Convenio de 1973, modificado por los Protocolos de 1978 y de 1997,
Tomando nota también de que, en virtud del Protocolo de 1997, el Anexo VI, titulado «Reglas para prevenir la contaminación atmosférica ocasionada por los buques», (en adelante denominado «Anexo VI») se agrega al Convenio de 1973,
Tomando nota además de la regla 13 del Anexo VI del Convenio MARPOL, que confiere carácter obligatorio al Código técnico relativo al control de las emisiones de óxidos de nitrógeno de los motores diésel marinos (Código Técnico sobre los NOx) en virtud de dicho anexo,
Habiendo examinado el proyecto de enmiendas al Código Técnico sobre los NOx
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Adopta, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) d) del Convenio de 1973, las enmiendas a] Código Técnico sobre los NOx, cuyo texto figura en el anexo de la presente resolución;
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Decide, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 2) f) iii) del Convenio de...
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