RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se convoca concurso público para otorgar becas de formación en evaluación educativa en el Instituto Nacional de Calidad y Evaluación.

MarginalBOE-A-2002-21027
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2002, de la Secretaría de Estado de Educación y Universidades, por la que se convoca concurso público para otorgar becas de formación en evaluación educativa en el Instituto Nacional de Calidad y Evaluación.

La evaluación permanente del sistema educativo constituye un factor fundamental para la mejora de la calidad de la educación. La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del sistema Educativo creó el Instituto Nacional de Calidad y Evaluación como instrumento para el ejercicio de esa función. El Instituto tiene atribuidas, entre otras tareas, la colaboración en la formación de especialistas en evaluación. A tal efecto, se han venido convocando en los últimos años becas para titulados universitarios que deseen acceder a dicha formación. La experiencia positiva de tales convocatorias y los resultados obtenidos aconsejan la continuidad de esta línea de actuación.

En consecuencia, esta Secretaría de Estado ha resuelto convocar concurso público en régimen de concurrencia competitiva, para la adjudicación de siete becas para la formación de evaluadores en educación en el Instituto Nacional de Calidad y Evaluación (INCE), durante el año 2003, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera.--El objeto específico de las becas es la formación de especialistas en evaluación educativa. Los becarios realizarán su proceso de formación en el Instituto Nacional de Calidad y Evaluación, de acuerdo con la siguiente distribución de las becas:

Cuatro en el área de Evaluación Permanente del Sistema Educativo.

Una en el área de Apoyo Informático.

Dos en el área de Difusión y Documentación, una de las cuales será de nueva incorporación.

Segunda.--El período de disfrute de las becas será de doce meses, iniciándose el 1 de enero de 2003 y finalizando el 31 de diciembre del mismo año.

Tercera.--Podrán concursar aquellas personas de nacionalidad española, ciudadanos de algún Estado miembro de la Unión Europea o signatario del Acuerdo sobre el Estado Económico Europeo, con titulación universitaria superior, que hayan terminado sus estudios de licenciatura en 1998 ó con posterioridad.

Los actuales becarios podrán presentarse a esta convocatoria y obtener la renovación de la beca, teniendo en cuenta que el período máximo de disfrute de la misma es de cuarenta y ocho meses, a partir de la fecha en que se concedió la primera.

Cuarta.--En la instancia de solicitud, cuyo modelo figura en el anexo I, el aspirante hará constar los siguientes datos:

  1. El área a la que desea adscribirse.

  2. La nota media global del expediente académico. En los casos en que no figure la expresión numérica completa, el candidato aplicará la siguiente equivalencia: aprobado, cinco puntos; notable, siete; sobresaliente, nueve; matrícula de honor, diez. Aquellas...

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