Orden FOM/2397/2007, de 11 de julio, por la que se otorgan ayudas para la formación en relación con el transporte por carretera reguladas por la Orden FOM/3574/2004, de 20 de octubre.

MarginalBOE-A-2007-14983
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

Con fecha 4 de noviembre de 2004, el Boletín Oficial del Estado publicó la Orden FOM/3574/2004 de 20 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas a la formación en relación con el transporte por carretera. Posteriormente, el 9 de enero de 2007 se publicó en el «BOE» la Orden FOM/4128/2006, de 15 de diciembre, por la que se convoca para el año 2007 las citadas ayudas.

Las mencionadas Órdenes establecen en su articulado los requisitos que deben cumplir los solicitantes para ser beneficiarios de la subvención, y los criterios de valoración que deben presidir su aplicación, que son, la adecuación de los temas objeto de estudio al interés público del transporte por carretera y las necesidades de formación del sector, hasta 10 puntos; se considerará que son adecuados a estos efectos los cursos que se determinan en la relación del anexo II de la Orden FOM/4128/2006 de 15 de diciembre. El grado de representatividad o implantación de la entidad organizadora, hasta 5 puntos, la vinculación de la entidad al sector del transporte por carretera, hasta 5 puntos, el contenido del curso, hasta 5 puntos, la correcta ejecución de las actividades que hubieran sido objeto de estas ayudas en ejercicios anteriores, así como el cumplimiento de las condiciones de otorgamiento, hasta 5 puntos, y el coste del curso en relación con su duración y contenido, hasta 3 puntos.

La cuantía a otorgar a cada curso o seminario seleccionado, se efectúa teniendo en cuenta lo establecido en el anexo II de la Orden FOM/4128/2006, de 15 de diciembre, y con los costes medios correspondientes apreciados al otorgarse las ayudas en ejercicios anteriores.

Posteriormente se elabora una relación de posibles beneficiarios en función de su pertenencia o no al Comité Nacional del Transporte por Carretera, dado que a los no pertenecientes al citado Comité se les otorgará el 10 por 100 como mínimo de las cantidades disponibles. Para este ejercicio 2007 la cuantía estimada es de 5.010.000 €, con cargo a la aplicación presupuestaria 17.39.453M.781 «Programa de apoyo a instituciones y entidades sin fines de lucro relacionadas con el sector del transporte por carretera», de acuerdo con lo dispuesto en la Orden FOM/4128/2006 de 15 de diciembre.

Por ello, una vez efectuada la instrucción del procedimiento conforme a lo previsto en el artículo 6 de la Orden FOM/3574/2004, de 20 de octubre de 2004, y teniendo en cuenta las previsiones de la Ley General...

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