ORDEN INT/3243/2007, de 22 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las organizaciones sindicales del Cuerpo Nacional de Policía con representación en el Consejo de Policía.

Fecha de Entrada en Vigor 8 de Noviembre de 2007
MarginalBOE-A-2007-19366
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, regula, en su artículo 18 y siguientes, los derechos de representación colectiva de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, reconociendo de manera expresa tanto el derecho a constituir organizaciones sindicales de ámbito nacional para la defensa de sus intereses profesionales como el de participar activamente en ellas, en los términos que la propia Ley señala.

La libertad sindical es un derecho fundamental, reconocido como tal en el artículo 28 de la Constitución, del que son plenamente titulares los funcionarios policiales con las especificidades reguladas por la propia Constitución y desarrolladas por la Ley Orgánica 2/1986, de 13 de marzo. Conforme al artículo 25 de la misma, el Consejo de Policía es el órgano con representación paritaria de la Administración y de los miembros del Cuerpo Nacional de Policía, cuyos representantes en el Consejo son elegidos a través de los correspondientes procesos electorales regulados por el Real Decreto 315/1987, de 27 de febrero, por el que se establecen las normas para la celebración de elecciones de representantes del Cuerpo Nacional de Policía en el Consejo de Policía y la determinación de las Organizaciones Sindicales con el carácter de representativas en dicho Consejo, modificado por el Real Decreto 327/1999, de 26 de febrero.

En razón de lo expuesto, los poderes públicos deben no solo proteger el derecho, sino crear el marco y las condiciones adecuadas para que su ejercicio sea plenamente efectivo. A tal efecto, en los Presupuestos del Departamento, cada año se consigna, dentro de los correspondientes a la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, ámbito del Cuerpo Nacional de Policía, el oportuno crédito para subvencionar a las Organizaciones Sindicales del Cuerpo Nacional de Policía con representación en el Consejo de Policía, con objeto de facilitar el cumplimiento de sus objetivos.

La asignación de recursos públicos a actividades como la descrita debe adaptarse a las disposiciones de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, cuyo artículo 17.1 preceptúa que las bases reguladoras para la concesión de subvenciones se aprueben por Orden Ministerial, acomodando las mismas, en este caso, al procedimiento previsto en el Capítulo II del Título I de la misma, referido a la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

La presente Orden se dicta, en consecuencia, de acuerdo con lo establecido en el repetido artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, previo informe de la Abogacía del Estado y de la Intervención Delegada del Departamento y con la aprobación previa de la Ministra de Administraciones Públicas.

En su virtud, dispongo:

Primero. Objeto y finalidad.-Esta Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de las subvenciones que las Leyes de Presupuestos Generales del Estado de cada ejercicio asignen a las Organizaciones Sindicales del Cuerpo Nacional de Policía, con representación en el Consejo de Policía, las cuales tendrán como finalidad la concesión de ayudas económicas y compensaciones...

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