Real Decreto 1378/1982, de 27 de Marzo, sobre Organizacion y Funcionamiento del Patronato del Museo arqueologico nacional.

MarginalBOE-A-1982-16025
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion, Cultura y Deporte
Rango de LeyReal Decreto

Por Decreto de diez de julio de mil novecientos treinta y uno fue creado y constituido el Patronato del museo arqueológico nacional y restablecido posteriormente por orden de treinta de junio de mil novecientos treinta y nueve. El Decreto quinientos veintidós/mil novecientos sesenta y ocho, de cuatro de marzo, dispuso la integración en el Patronato nacional de museos de los museos que, por Decreto mil seiscientos cuarenta/mil novecientos sesenta y dos, de catorce de junio, habían funcionado en régimen de administración autónoma, y por orden de treinta y uno de agosto de mil novecientos sesenta y ocho, se consideró al museo arqueológico nacional integrado en aquel organismo.

Posteriormente, por Real Decreto dos mil ciento veintitrés/mil novecientos ochenta y uno, de trece de julio, fue modificada la composición del Patronato del museo arqueológico nacional, declarando vigente, en lo que no se opusiera a lo establecido en dicha disposición, el Decreto de diez de julio de mil novecientos treinta y uno.

La asunción por el Patronato nacional de museos de buena parte de las competencias atribuidas en el Decreto de diez de julio de mil novecientos treinta y uno al Patronato del museo arqueológico nacional, exige clarificar y reordenar las funciones y organización de este Patronato a fin de lograr el mejor cumplimiento de sus fines, de acuerdo con la actual política museistica, con la evolución que en sus aspectos funcional y orgánico ha experimentado el museo y con el acrecentamiento y enriquecimiento de sus colecciones.

En su virtud, con la aprobación de la Presidencia del Gobierno, a propuesta de la Ministra de Cultura y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día veintiséis de marzo de mil novecientos ochenta y dos, dispongo:

Artículo primero El Patronato del museo arqueológico nacional estará constituido de la siguiente forma:

Presidente y Vicepresidente, que serán nombrados por el Ministro de Cultura, a propuesta del Director General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, entre personas de reconocido prestigio en materias arqueológicas.

Vocales natos:

- el Subdirector General de museos.

- el Subdirector General de arqueología y etnología.

- El Director del Museo arqueológico nacional.

- El Presidente del Consejo Superior de Investigaciones científicas, o persona en quien delegue.

Vocales de libre designación por El Ministerio de Cultura a propuesta de la dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas:

- un académico numerario de la Real Academia de la historia y otro de la Real Academia de Bellas Artes de San Fernando.

- cuatro catedráticos numerarios de Universidad nombrados entre especialista de prehistoria, arqueologia, Historia del Arte medieval y numismática.

- cuatro Directores de museos nacionales, uno de los cuales será el del museo naval.

- un número máximo de seis personas que se hayan distinguido por su competencia e interés por el patrimonio histórico arqueológico español, o por sus servicios al museo, que serán renovados cada cinco años, pudiendo ser designados nuevamente.

Secretario: El Subdirector del museo arqueológico nacional, con voz y voto.

Artículo segundo Todos los miembros del Patronato lo serán a título honorífico y gratuito.
Artículo tercero Presidirán las reuniones del Patronato el Ministro de Cultura o El Director General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas, cuando asistan a las mismas.
Artículo cuarto El Patronato se reunirá por lo menos una vez al trimestre y siempre que lo convoque El Presidente por propia iniciativa, o a petición del Director del Museo o de cuatro vocales ajustando su funcionamiento a lo establecido en el capítulo II del título I de la Ley de Procedimiento Administrativo.
Artículo quinto El Patronato del museo arqueológico nacional tendrá las siguientes funciones:
  1. proponer la adquisición de objetos destinados a formar parte de las colecciones del museo y promover cuantas gestiones sean precisas a tal fin.

  2. dictar las medidas necesarias para la custodia, la conservación y adecuada exposición de las colecciones.

  3. estimular donaciones, herencias y legados de los particulares y de las Corporaciones de toda clase, previa la autorización de la dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas.

  4. promover actividades culturales y planes de investigación a realizar en el museo.

  5. elevar propuestas sobre el importe de las entradas al museo.

  6. mantener al día la catalogación le los objetos del museo y promover la edición de guías, catálogos y demás publicaciones para su venta.

  7. dictar o, en su caso, proponer las normas de funcionamiento y régimen interior del museo, de acuerdo con su Director, y velar por el cumplimiento de las disposiciones legales pertinentes.

  8. emitir los informes que, sobre cualquier cuestión del museo, le sean solicitados por El Director General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas y, en general, realizar las actividades necesarias para el eficaz desarrollo de la función que le compete.

Disposiciones finales

Primera.- Por el Ministro de Cultura se dictaran las disposiciones necesarias para el desarrollo de lo dispuesto en este Real Decreto.

Segunda.- El presente Real Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el .

Disposicion derogatoria

Quedan derogados el Decreto de diez de julio de mil novecientos treinta y uno, el Real Decreto dos mil ciento veintitrés/mil novecientos ochenta y uno, de trece de julio, y cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo establecido en el presente Real Decreto.

Dado en Madrid a veintisiete de marzo de mil novecientos ochenta y dos.- Juan Carlos R.- La Ministra de Cultura, soledad becerril bustamante.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR