Resolución de 23 de febrero de 2005, de la Dirección General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la que se convocan subvenciones a fundaciones y asociaciones con dependencia orgánica de partidos políticos con representación en las Cortes Generales, para funcio- namiento y actividades de estudio y desarrollo del pensamiento político, social y cultural, correspondientes a 2005.

MarginalBOE-A-2005-4808
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Cultura
Rango de LeyResolución
10302 Miércoles 23 marzo 2005 BOE núm. 70
En la escritura de constitución, consta la aceptación de los cargos
indicados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos jurídicos
Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a
fundar para fines de interés general.
El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por
El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal,
aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (BOE de 29 de
marzo).
La Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio (BOE del 31), en virtud de la
cual se delegan en el titular de la Secretaría General Técnica del Departa-
mento las competencias relativas al Protectorado y Registro de Fundacio-
nes atribuidas al Ministro.
Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 3.1 del Regla-
mento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las
Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a
la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacio-
nal, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al respecto.
Tercero.–Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fun-
daciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de compe-
tencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro,
subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción
de la Fundación Ciencias de la Documentación en el Registro de Funda-
ciones del Ministerio de Cultura.
Por todo lo cual, este Ministerio ha dispuesto:
Primero.–Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del
Departamento de la denominada Fundación Ciencias de la Documenta-
ción, de ámbito estatal, con domicilio en la calle Luis Salvador Carmona,
número 3, distrito postal 10600 del municipio de Plasencia (Cáceres), así
como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antece-
dentes de hecho.
Segundo.–Inscribir los poderes conferidos al Presidente, don José
Raúl Vaquero Pulido, según consta en la escritura otorgada el 10 de
febrero de 2005 ante el notario de Madrid, don Marcos Pérez-Sauqui-
llo y Pérez, número quinientos cincuenta y seis.
Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-
nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modifi-
Madrid, 24 de febrero de 2005.–P. D. (Orden CUL/2591/2004, de 22 de
julio, BOE del 31 de julio), la Secretaria General Técnica, María Concep-
ción Becerra Bermejo.
4807 ORDEN CUL/719/2005, de 24 de febrero, por la que se ins-
cribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Sierra
Calderona.
Examinado el expediente incoado a instancia de Don Ricardo Arnal
Pavía, solicitando la inscripción de la Fundación Sierra Calderona, en el
Registro de Fundaciones del Ministerio de Cultura, según lo dispuesto en
la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, en el Reglamento de
Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto 316/
1996, de 23 de febrero (BOE de 6 de marzo) y en el Reglamento del Regis-
tro de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por Real Decreto
384/1996, de 1 de marzo (BOE del 29).
Antecedentes de hecho
Primero. Constitución de la Fundación.–La Fundación anterior-
mente citada fue constituida por el Ayuntamiento de Náquera (Valencia),
Don Ricardo Arnal Pavía, Doña Magdalena Pomes Fons y Don José
Eduardo Fayos Sola, en Madrid, el 15 de noviembre de 2004, según consta
en la escritura pública número cuatro mil ciento sesenta y siete, otorgada
ante la notario del Ilustre Colegio de Madrid, Doña Maria Jesús Guardo
Santamaría, que fue subsanada y rectificada por la escritura número sete-
cientos noventa, autorizada el 16 de febrero de 2005, ante la misma notaria.
Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.–El domicilio de la
Fundación quedó establecido en Náquera (Valencia), Plaza del Ayunta-
miento, s/n y, su ámbito es estatal.
Tercero. Dotación.–Se estableció como dotación de la Fundación la
cantidad de sesenta mil euros (60.000 euros). La dotación, consistente en
dinero, ha sido íntegramente desembolsada e ingresada en entidad bancaria.
Cuarto. Fines de la Fundación.–En los Estatutos que han de regir la
Fundación, incorporados a la escritura de constitución a que se refiere el
antecedente de hecho primero, figuran como fines de la Fundación los
siguientes: «El desarrollo sostenible de los municipios pertenecientes al
Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de la Sierra Calde-
rona y aquellos otros que por su proximidad geográfica o desarrollo de
actividades ejerzan efectos directos sobre el desarrollo sostenible de Sie-
rra Calderona, en los ámbitos económico, social y cultural y medioambien-
tal, mediante la actividad turística orientada o certificada por la organiza-
ción Mundial de Turismo/World Tourism Organization (OMT/WTO)».
Quinto. Patronato.–El gobierno, representación y administración de
la Fundación se encomienda a un Patronato, cuyos miembros ejercerán
sus cargos de Patrono gratuitamente y que se obliga a la rendición de
cuentas al Protectorado.
Inicialmente, el Patronato queda constituido por: el Ayuntamiento de
Náquera (Valencia), representado por Don Ricardo Arnal Pavía, en su
condición de Alcalde del Ayuntamiento, Doña Magdalena Pomes Fons,
Don José Eduardo Fayos Sola y Don Ricardo Arnal Pavía.
En la escritura de constitución consta la aceptación de los cargos indi-
cados por parte de las personas anteriormente citadas.
Fundamentos jurídicos
Primero.–Resultan de aplicación para la resolución del expediente:
El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho a
fundar para fines de interés general.
El Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal, aprobado por
El Reglamento del Registro de Fundaciones de Competencia Estatal,
aprobado por Real Decreto 384/1996, de 1 de marzo (B.O.E. de 29 de
marzo).
La Orden CUL/2591/2004, de 22 de julio (B.O.E. del 31), en virtud de la
cual se delegan en la Secretaria General Técnica del Departamento las
competencias relativas al Protectorado de Fundaciones que correspon-
den al mismo.
Segundo.–Según los artículos 35.1 de la Ley 50/2002 y 3.1 del Regla-
mento de Fundaciones de Competencia Estatal, la inscripción de las
Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a
la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia dotacio-
nal, procediendo, en este caso, un pronunciamiento favorable al res-
pecto.
Tercero.–Según las Disposiciones Transitorias cuarta de la Ley de Fun-
daciones y única del Reglamento del Registro de Fundaciones de compe-
tencia estatal, hasta tanto no entre en funcionamiento dicho Registro,
subsistirán los actualmente existentes, por lo que procede la inscripción
de la Fundación Sierra Calderona en el Registro de Fundaciones del
Ministerio de Cultura.
Por todo lo cual, este Ministerio ha dispuesto:
Acordar la inscripción en el Registro de Fundaciones del Departa-
mento de la denominada Fundación Sierra Calderona, de ámbito estatal,
con domicilio en Náquera (Valencia), Plaza del Ayuntamiento, s/n, así
como del Patronato cuya composición figura en el quinto de los antece-
dentes de hecho.
Notifíquese a los interesados a los efectos previstos en el artículo 58.2
de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Admi-
nistraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modifi-
Madrid, 24 de febrero de 2005.–P. D. Orden CUL/2591/2004, de 22 de
julio (BOE del 31 de julio), la Secretaria General Técnica, María Concep-
ción Becerra Bermejo.
4808 RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2005, de la Dirección
General de Cooperación y Comunicación Cultural, por la
que se convocan subvenciones a fundaciones y asociacio-
nes con dependencia orgánica de partidos políticos con
representación en las Cortes Generales, para funcio-
namiento y actividades de estudio y desarrollo del pensa-
miento político, social y cultural, correspondientes a 2005.
La Orden CUL/4411/2004, de 29 de diciembre («Boletín Oficial del
Estado» número 7, de 8 de enero de 2005), ha establecido las bases regu-

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