Orden TMS/955/2018, de 17 de septiembre, por la que se designan miembros del Consejo Rector del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

MarginalBOE-A-2018-12659
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

La Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, creó el Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, y, en lo relativo a su estructura, estableció un Consejo Rector de composición paritaria, formado por igual número de miembros en representación de cada una de las Comunidades Autónomas y de la Administración General del Estado, remitiendo en cuanto a la forma de designación de los vocales a lo establecido en los Estatutos del Organismo.

El Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, por el que se aprueban los estatutos del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, en su artículo 5, determina la composición del Consejo Rector, cuya Presidencia corresponde al titular del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, y cuya Vicepresidencia al titular de la Subsecretaría del Departamento, el cual actuará como Presidente cuando este no acuda a las sesiones. Se prevé también que el titular de la Dirección del Organismo formará parte del Consejo y asumirá su Secretaría.

Según el mismo artículo, el Consejo Rector está formado, además de por el Presidente, por otros dieciséis representantes de la Administración General del Estado y por diecisiete vocales en representación de cada una de las Comunidades Autónomas, y sus miembros, titulares y suplentes, serán designados por el titular del Ministerio a propuesta de las Comunidades Autónomas o de los órganos correspondientes de la Administración General del Estado, en su caso.

La disposición final primera del Real Decreto 903/2018, de 20 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, modifica el artículo 5.1.c) de los Estatutos del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobados por el Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, para adaptar la representación de la Administración General del Estado en el Consejo Rector a la vigente estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales.

En su virtud, teniendo en cuenta las disposiciones anteriormente citadas, en vista de las propuestas formuladas por las Comunidades Autónomas y por los órganos correspondientes de la Administración General del Estado, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 5 de los Estatutos del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, aprobados por el Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, dispongo:

Primero. Nombramiento de miembros del Pleno del Consejo Rector:

  1. Se designa como vocales titulares del Consejo Rector del Organismo Autónomo Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social a los siguientes:

    En representación de las Comunidades Autónomas:

    Consejero de...

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