Orden TMS/722/2018, de 5 de julio, por la que se delegan y se aprueban delegaciones del ejercicio de competencias en determinados órganos administrativos del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y sus organismos públicos.

Fecha de Entrada en Vigor 6 de Julio de 2018
MarginalBOE-A-2018-9449
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

La Orden ESS/923/2017, de 14 de septiembre, estableció delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y sus organismos públicos. Con carácter general, las delegaciones otorgadas en dicha orden siguen siendo válidas.

No obstante, el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los Departamentos ministeriales, ha reformado la estructura ministerial vigente hasta entonces. Este real decreto crea el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, al que le corresponde la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de empleo, Seguridad Social, extranjería, inmigración y emigración; simultáneamente, crea una Secretaría de Estado de Migraciones y suprime el Ministerio de Empleo y Seguridad Social.

Posteriormente el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, ha venido a establecer la estructura orgánica básica de los Departamentos ministeriales. El artículo 8 de este real decreto configura la estructura básica de los órganos superiores y directivos del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, encuadrando dentro de la Secretaría de Estado de Migraciones la Secretaría General de Inmigración y Emigración, de la que dependen dos Direcciones Generales: La de Migraciones y la de Integración y Atención Humanitaria.

Por este motivo, sin perjuicio del establecimiento futuro de un sistema de delegación de competencias adecuado a la nueva estructura departamental, procede dictar una orden por la que se rehabiliten, mediante su mantenimiento en vigor, delegaciones existentes y se aprueben las estrictamente imprescindibles para dar seguridad jurídica al funcionamiento de los servicios, a la tramitación de expedientes de gasto y transferencias habituales y al ejercicio de determinadas competencias en el ámbito de la Secretaria de Estado de Migraciones.

Debe señalarse, finalmente, que el género empleado al designar el titular del órgano respectivo es el que se corresponde en el momento de la adopción de esta orden, ello sin perjuicio de entender que dichas referencias se entenderán ajustadas para mantener la correspondencia con la realidad en caso de que existieren modificaciones durante la vigencia de la presente orden, sin por ello afectar a su validez y eficacia.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el texto de esta orden ha sido sometido a la aprobación de los órganos, superiores y directivos, de los que dependen los delegantes. Asimismo, ha sido informado por la Intervención Delegada de la Intervención General de la Administración del Estado y la Abogacía del Estado en el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

En virtud de lo anterior, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, y en el artículo 20 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, dispongo:

CAPÍTULO I Disposiciones generales Artículos 1 y 2
Artículo 1 Fijación de límites para la administración de créditos para gastos.

La Secretaria de Estado de Migraciones ejercerá la competencia para aprobar y comprometer los gastos y reconocer las obligaciones económicas y proponer su pago respecto de los créditos que tenga consignados en su servicio presupuestario hasta la cuantía del importe de dichos créditos. Asimismo, ejercerá la competencia para conceder subvenciones y ayudas hasta el límite de los créditos que tengan consignados en su servicio presupuestario.

Artículo 2 Ratificación de delegaciones de competencias.
  1.  Las delegaciones de competencias establecidas en la Orden ESS/923/2017, de 14 de septiembre, por la que se delegan y se aprueban las delegaciones del ejercicio de competencias en los órganos administrativos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y sus organismos...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR