Orden TMS/1041/2018, de 4 de octubre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para la preparación de las pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a los Cuerpos y Escalas adscritos al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

MarginalBOE-A-2018-13759
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Rango de LeyOrden

El artículo 35 de la Constitución Española prevé el derecho de todos los españoles a la promoción a través del trabajo. En este sentido, el artículo 18 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que las Administraciones Públicas adoptarán medidas que incentiven la participación de su personal en los procesos selectivos de promoción interna y para la progresión en la carrera profesional.

En la misma línea, las sucesivas Ofertas de Empleo Público han previsto la posibilidad de implantar, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, medidas de carácter económico, tales como ayudas o becas, que pudieran facilitar la realización del período preparatorio de los procesos selectivos, de conformidad con los principios de mérito y capacidad, así como el fomento de la promoción a través del trabajo.

De acuerdo con esta previsión, y siendo este Departamento consciente de la conveniencia de implantar medidas para facilitar la realización del periodo preparatorio de los procesos selectivos, se ha acordado la elaboración de unas bases reguladoras que regulen las condiciones para la obtención de las ayudas que se pretende otorgar.

Por todo ello, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 17 y 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de dicha Ley, así como de acuerdo con los principios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se procede a dictar la presente orden.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, han sido recabados los informes preceptivos de la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada del Departamento.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1.  Objeto. La presente orden tiene como objeto aprobar las bases reguladoras de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social para la preparación de las pruebas selectivas de acceso, por el sistema de promoción interna, a los Cuerpos y Escalas adscritos al Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, al objeto de fomentar la participación en las mismas y facilitar su preparación.

Artículo 2.  Requisitos de los solicitantes. 1. Los solicitantes deberán reunir los siguientes requisitos:

a) Hallarse en situación de servicio activo, en el momento de presentar la solicitud de la beca, en el Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social o en alguno de sus organismos públicos dependientes.

b) Haber superado el primer ejercicio de carácter eliminatorio que estén obligados a realizar.

c) Haber disfrutado de una o varias licencias por asuntos propios conforme a lo previsto en el artículo 73 del texto articulado de la Ley de Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Decreto 315/1964, de 7 de febrero, o licencia equivalente prevista en el convenio colectivo de aplicación, que sumen un periodo de, al menos, diez días.

La licencia se podrá disfrutar para la preparación de cualquiera de los ejercicios del proceso selectivo que haya de realizar el solicitante, por lo que podrá referirse a períodos comprendidos entre la publicación de la oferta de empleo público para cada año y la realización del último ejercicio o de aquél que hubiera supuesto la eliminación del solicitante en dicho proceso.

  1.  En la solicitud de beca, los aspirantes realizarán una declaración responsable en la que manifiesten que cumplen con los requisitos que, para obtener la condición de beneficiario, se establecen en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en esta orden, indicando expresamente que están al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

  2.  En aquellos casos en los que el importe de la beca solicitada sea superior a 3.000 euros, y al amparo de lo previsto en los artículos 22 y 24 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, el solicitante optará, bien por otorgar al órgano instructor, en la solicitud, su consentimiento expreso para que este obtenga de forma directa las certificaciones acreditativas de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, o aportar junto a dicha solicitud los certificados oportunos que acrediten tales circunstancias.

    Artículo 3.  Condiciones e incompatibilidades. 1. La concesión de las becas reguladas en la presente orden será incompatible con cualquier otra ayuda concedida por cualesquiera Administraciones Públicas o entes públicos o privados...

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