Orden TFP/1356/2018, de 19 de diciembre, por la que se convocan pruebas selectivas para el acceso a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional.

MarginalBOE-A-2018-17538
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Política Territorial y Función Pública
Rango de LeyOrden

La Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración local, que modifica la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, introduce un nuevo artículo, el 92 bis, que en su apartado 5 establece que corresponde al Estado, a través del Ministerio de Hacienda y Función Pública (hoy, Ministerio de Política territorial y Función Pública), la selección de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, conforme a las bases y programas aprobados reglamentariamente.

El Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016, el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017, y el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018, autorizan la convocatoria de 30 plazas, 30 plazas y 60 plazas, respectivamente, de acceso por promoción interna para la subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior (código 3013), de la Escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Las pruebas de esta convocatoria se regirán por el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional.

Así, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, en el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, y en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Local, previo informe de la Dirección General de la Función Pública, se acuerda convocar por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública las pruebas selectivas para el acceso por promoción interna a la subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, de la Escala de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional y publicar esta Orden de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», así como en los lugares a los que se refiere su base 10.

La presente convocatoria se desarrollará de acuerdo con las siguientes

Bases

  1.  Normativa aplicable

    A las pruebas que se establecen en esta convocatoria les serán también aplicables el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local; el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional; el Real Decreto 105/2016, de 18 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2016; el Real Decreto 702/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2017 y el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018, y, supletoriamente, el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

  2.  Principio de igualdad de trato

    La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española; el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015,de 30 de octubre; la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus organismos públicos.

  3.  Descripción de las plazas

    Se convocan pruebas selectivas para cubrir 120 plazas por el sistema de promoción interna de funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, correspondientes a:

    Treinta plazas correspondientes a la oferta de empleo público para el año 2016.

    Treinta plazas correspondientes a la oferta de empleo público para el año 2017.

    Sesenta plazas correspondientes a la oferta de empleo público para el año 2018.

    Sesenta plazas para proveer por prueba de aptitud y 60 plazas para proveer por concurso de méritos.

    Los aspirantes podrán participar en uno de los dos sistemas de acceso o en ambos a la vez, debiendo especificar en su solicitud de participación si optan por la prueba de aptitud o por concurso de méritos o por ambos. Esta opción vincula al aspirante, no pudiendo modificarla una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

    Del total de plazas convocadas, 7 quedan reservadas para quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad general con un grado de discapacidad igual o superior al 33%. De este cupo de reserva, se aplicaran 4 al sistema de prueba de aptitud y 3 al sistema de concurso de méritos. La opción a estas plazas reservadas habrá de formularse en la solicitud de participación en la convocatoria. Quienes soliciten participar por el cupo de reserva de personas con discapacidad, únicamente podrán presentarse por este cupo. La contravención de esta norma determinará la exclusión del aspirante que no la hubiese observado.

    En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se haya presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios correspondientes, pero no obtuviera plaza por dicho cupo de reserva, y su puntuación fuera superior a la obtenida por los aspirantes del sistema de acceso general que pudieran obtener plaza, será incluido por su orden de puntación en el sistema de acceso general.

    De acuerdo con lo previsto en el Real Decreto 2271/2004, de 3 de diciembre, por el que se regula el acceso al empleo público y la provisión de puestos de trabajo de las personas con discapacidad, las plazas reservadas para personas con discapacidad en el sistema de promoción interna que queden desiertas se acumularán al turno general de promoción interna.

  4.  Proceso selectivo

    El proceso selectivo se realizará mediante prueba de aptitud o concurso de méritos, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.

  5.  Desarrollo del proceso selectivo

    5.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ», de conformidad con lo previsto en la Resolución de 11 de abril de 2018, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el resultado del sorteo a que se refiere el Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración del Estado («Boletín Oficial del Estado» de 14 de abril).

    5.2 Los aspirantes serán convocados a la prueba de aptitud en llamamiento único, y serán excluidos del proceso selectivo quienes no comparezcan.

    5.3 Según lo establecido por la oferta de empleo público para el año 2016, 2017 y 2018, la prueba de aptitud tendrá que celebrarse en el plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», sin perjuicio de que pueda acordarse su ampliación.

    Se hace la advertencia de que la fecha de celebración de la prueba de aptitud puede coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.

    5.4 En cualquier momento del proceso selectivo el tribunal calificador podrá requerir a los opositores para que acrediten su identidad.

    5.5 Si en cualquier momento del proceso selectivo llegara a conocimiento del tribunal calificador que alguno de los aspirantes no cumple todos los requisitos exigidos por la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, deberá proponer su exclusión a la persona titular de la Dirección del Instituto Nacional de Administración Pública, indicando las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a estas pruebas selectivas, a los efectos procedentes.

    5.6 El tribunal calificador adoptará las medidas necesarias para garantizar que la prueba de aptitud sea corregida sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello modelos impresos para examen en los que no podrá constar ningún dato de identificación del aspirante en la hoja normalizada de examen que haya de ser corregida por el tribunal. El tribunal excluirá a aquellos candidatos en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan conocer la identidad del opositor.

    A tal efecto, una vez efectuada la corrección de los ejercicios indicados, se procederá por parte del tribunal calificador a la apertura, en acto público, de los sobres cerrados que contienen las solapas que permiten asociar a cada aspirante con su código identificativo. La fecha y hora de celebración de este acto público de apertura se publicará en la sede electrónica del Instituto...

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