Orden TFP/1046/2019, de 15 de octubre, por la que se convoca el proceso de Reconocimiento del nivel de excelencia y la XIII edición de los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública.

MarginalBOE-A-2019-15157
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Política Territorial y Función Pública
Rango de LeyOrden

La Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Reconocimiento del Marco General para la Mejora de la Calidad en la Administración General del Estado establecido por Real Decreto 951/2005, de 29 de julio, persigue dotar de coherencia interna y mejorar la capacidad de gestión de dicho programa, previendo en una norma conjunta las bases reguladoras para participar en sus dos subprogramas:

1) Subprograma Reconocimiento a la Excelencia.

2) Subprograma Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública.

a) El Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.

b) El Premio a la Innovación en la Gestión Pública.

c) El Premio Ciudadanía.

La Orden citada, dispone que las solicitudes de participación en los subprogramas de Reconocimiento a la Excelencia y de los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública se convocarán anualmente por orden de la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1  Objeto

Convocatoria del Reconocimiento a la Excelencia y de los Premios a la Calidad e Innovación en la Gestión Pública, XIII edición.

  1.  Se convoca el Reconocimiento a la Excelencia en la Gestión Pública y el Premio a la Excelencia en la Gestión Pública, conforme a las bases que figuran en la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre.

  2.  Se convoca el Premio a la Innovación en la Gestión Pública, conforme a las bases que figuran en la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre.

  3.  Se convoca el Premio Ciudadanía, conforme a las bases que figuran en la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre.

Artículo 2  Ámbito subjetivo de aplicación.

De conformidad con lo previsto en el artículo 2 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre, lo establecido en la presente Orden será aplicable a los órganos y unidades administrativas de la Administración General del Estado, de las administraciones de las Comunidades Autónomas, y de las entidades que integran la Administración Local y de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Asimismo, será de aplicación a los organismos públicos y entidades de derecho público dependientes y vinculados a todas ellas, y a las Universidades públicas.

Artículo 3  Tramitación electrónica.
  1.  Las solicitudes de participación se realizarán en la sede electrónica de la Secretaría de Estado de Función Pública.

  2.  Para todos los procedimientos, la solicitud deberá iniciarse con el certificado electrónico de la persona de contacto designada al efecto para este proceso por el máximo responsable de la organización, y debe ir acompañada por un documento declarativo de dicha designación, firmado por el máximo responsable de la organización, que se anexará en la sede electrónica, en formato pdf, según el modelo disponible en la «Guía del Programa de Reconocimiento»: https://www.mptfp.gob.es/portal/funcionpublica/gobernanza-publica/calidad/reconocimiento.html.

  3.  Las solicitudes podrán presentarse en la sede electrónica hasta el 10 de febrero de 2020.

Artículo 4  Subprograma de Reconocimiento a la Excelencia y Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.
  1.  El proceso de tramitación del Subprograma de Reconocimiento a la Excelencia y Premio a la Excelencia en la Gestión Pública se articulará en dos fases:

    1.  La Certificación del nivel de Excelencia.

    2.  El Premio a la Excelencia en la Gestión Pública.

  2.  La solicitud de participación en el proceso se realizará en la sede electrónica, en el procedimiento «Reconocimiento del Nivel de Excelencia y Premio a la Excelencia en la Gestión Pública»: https://sede.administracionespublicas.gob.es/procedimientos/index/categoria/50.

Artículo 5  Certificación del nivel de excelencia.
  1.  Podrán solicitar certificación del nivel de excelencia aquellas organizaciones públicas que se hayan autoevaluado en 2019 o, como máximo, en 2018 conforme a los modelos de referencia que se señalan en el artículo 3.2 de la Orden TFP/967/2019, de 18 de septiembre.

    Estos modelos se encuentran disponibles en la siguiente dirección de Internet: http://www.mptfp.gob.es/portal/funcionpublica/gobernanza-publica/calidad/Metodolog-as-y-Guias.html.

    En la solicitud, presentada, se indicará claramente el modelo y nivel de excelencia, de entre los modelos aludidos, en el que la organización solicitante aspira a ser reconocida, así como si desea ser candidata al Premio a la Excelencia en la Gestión Pública, en caso de ser certificada con 400 o más puntos.

  2.  En la solicitud se anexarán, en formato pdf, los siguientes documentos, que deberán contener la información acreditativa que se explicita a continuación:

    a) Informe de la autoevaluación, incluyendo:

    i) Modelo de excelencia utilizado.

    ii) Personal implicado: composición del equipo o equipos de autoevaluación (nombres y puestos), así como de otras personas de la organización que hayan intervenido en el proceso de autoevaluación.

    iii) Calendario: especificar las fechas de comienzo y finalización de la autoevaluación.

    iv) Puntuaciones obtenidas en las autoevaluaciones, tanto globales como desglosadas por criterios y sub-criterios, para los Modelos EFQM y CAF y por ejes en el Modelo EVAM.

    v) Cualquier otra información de interés relacionada con la autoevaluación, como consultorías, asistencias técnicas u otros reconocimientos obtenidos.

    vi) Formulario EFQM /CAF o cuestionario EVAM cumplimentado.

    En cualquier caso, la organización deberá guardar otros registros detallados de la evaluación: por ejemplo, actas de reuniones celebradas durante la autoevaluación (incluyendo fecha de celebración, participantes y asuntos tratados), que deberán estar a disposición de la Dirección General de Gobernanza Pública.

    b) Informe de validación de los registros de la autoevaluación emitido por:

    i) En el caso de autoevaluaciones realizadas conforme al Modelo EFQM, un licenciatario autorizado de dicho modelo, indicando su número de licencia. Si se trata de organizaciones de la Administración General del Estado, el licenciatario deberá estar adscrito a la Inspección General de Servicios o unidad análoga del Departamento correspondiente.

    ii) En el caso de autoevaluaciones realizadas con arreglo al Modelo CAF o al EVAM la validación será realizada, para las organizaciones de la Administración General del Estado, por la Inspección General de Servicios o unidad análoga y para las organizaciones de otras Administraciones por la unidad análoga que consideren adecuada.

    c) Memoria EFQM/CAF o Plan de Mejora EVAM:

    i) Para la certificación según el Modelo EFQM, o Modelo CAF, una Memoria descriptiva de la gestión y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR