Orden TFP/1039/2019, de 14 de octubre, por la que se nombran funcionarios de carrera, por el sistema de promoción interna, de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, categoría de entrada.

MarginalBOE-A-2019-15017
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Política Territorial y Función Pública
Rango de LeyOrden

Por Orden TFP/1110/2018, de 18 de octubre (BOE del 22), se convocó proceso selectivo para ingreso por el sistema de promoción interna, en la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, categoría de entrada, correspondiente a las Ofertas de Empleo Público de los años 2017 y 2018.

Una vez concluidas las pruebas selectivas, y efectuada por el Instituto Nacional de Administración Pública propuesta de nombramiento de los aspirantes que han superado las mismas, procede su nombramiento como funcionarios de carrera de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, categoría de entrada.

Este Ministerio de Política Territorial y Función Pública, de conformidad con el artículo 19.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo (BOE del 17), por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional y en concordancia con el artículo 92 bis.5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, resuelve:

Primero.

Nombrar funcionarios de carrera de la Escala de funcionarios de administración local con habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaría, categoría de entrada, a los aspirantes que se relacionan en los anexos I y II de esta Orden.

Los funcionarios incluidos en el Anexo I han optado por seguir en el destino actual, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 21.3 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y en consecuencia, los efectos correspondientes a su ingreso en la Subescala de Secretaría, categoría de entrada se producirán tras la toma de posesión en un puesto de la misma.

A los funcionarios incluidos en el anexo II, se les asigna un puesto como primer destino, de acuerdo con lo establecido en el artículo 22 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo. Este destino tiene carácter definitivo y en él se deberá permanecer un mínimo de dos años para volver a concursar u obtener un nombramiento provisional.

Segundo.

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