Orden TEC/1231/2019, de 2 de diciembre, por la que se extingue el permiso de investigación de hidrocarburos "Fulmar", otorgado por el Real Decreto 2120/2008, de 19 de diciembre.

MarginalBOE-A-2019-18345
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio para la Transición Ecológica
Rango de LeyOrden

I

El permiso de investigación de hidrocarburos denominado «Fulmar», situado frente a las costas de Vizcaya, fue otorgado por Real Decreto 2120/2008, de 19 de diciembre, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» núm. 25, de 29 de enero de 2009, a las sociedades «Repsol Investigaciones Petrolíferas, S.A.», y «Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A.», con un porcentaje de participación de un 69,23 % y un 30,77 %, respectivamente, actuando la primera como operador del permiso.

Mediante Orden IET/2171/2012, de 19 de septiembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 247, de 13 de octubre), se modificó el programa de investigación del permiso, trasladando los compromisos y el programa de investigación correspondientes a los años segundo y tercero de vigencia del permiso de investigación «Fulmar», al periodo que corresponde del cuarto al sexto año de vigencia.

Actualmente, en virtud de la Orden IET/2557/2012, de 19 de noviembre («Boletín Oficial del Estado» núm. 288 del 30), por la que se autorizó el acuerdo de cesión de la titularidad por el que «Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A.», cede a «Repsol Investigaciones Petrolíferas, S.A.», una participación indivisa del quince por ciento de la titularidad del permiso «Fulmar», la titularidad del permiso corresponde en un 84,23 % a «Repsol Investigaciones Petrolíferas, S.A.», y en un 15,77 % a «Sociedad de Hidrocarburos de Euskadi, S.A.», manteniendo la primera su condición de operadora.

II

Con fecha 13 de noviembre de 2007, el operador solicitó autorización administrativa para la ejecución de los sondeos exploratorios «Fulmar-1» y «Pelícano-1», en el marco del permiso de investigación «Fulmar», como parte de los trabajos mínimos establecidos en el período comprendido entre los años segundo y el tercero.

Encontrándose en curso el trámite de evaluación ambiental de los sondeos exploratorios «Fulmar-1» y «Pelícano-1», con fecha 20 de febrero de 2014, «Repsol Investigaciones Petrolíferas, S.A.», solicitó la ampliación del plazo de vigencia del permiso por un periodo adicional de treinta y dos meses, esto es, hasta el 29 de septiembre de 2017. Señalaba en dicho escrito que los trabajos de ejecución del sondeo continuaban paralizados debido a la suspensión de los plazos de la tramitación ambiental del proyecto.

Mediante la Resolución de 14 de octubre de 2014, la Secretaría de Estado de Medio Ambiente, formuló declaración de impacto ambiental de los proyectos sondeo exploratorio «Fulmar-1» y sondeo...

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