Orden SSI/2395/2014, de 16 de diciembre, por la que se modifica la Orden SSI/242/2014, de 20 de febrero, por la que se establecen las bases reguladoras para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el marco del Programa de acción comunitario 'Erasmus+', capítulo de Juventud.

Fecha de Entrada en Vigor17 de Diciembre de 2014
MarginalBOE-A-2014-13300
SecciónIII - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

El capítulo de Juventud del Programa Erasmus+ tiene por objeto desarrollar la cooperación en el ámbito de la juventud en la Unión Europea y ha quedado establecido mediante el Reglamento (UE) n.º 1288/2013/CE del Parlamento Europeo y Consejo, de 11 de diciembre de 2013 (publicado en el «Diario Oficial de la Unión Europea» el día 20).

Para la implementación del Reglamento en el ámbito de la Juventud, por Orden SSI/242/2014, de 20 de febrero se establecen las bases reguladoras para la realización de actividades financiadas por la Comisión Europea en el marco del Programa de acción comunitario «Erasmus+», capítulo de Juventud.

En la Convocatoria de propuestas 2015-EAC/A04/2014 Programa Erasmus+, de la Comisión Europea, publicada en el «Diario Oficial de la Unión Europea» el día 2 de octubre de 2014, se ha producido una modificación con respecto a la Convocatoria de propuestas, que afecta a la orden de bases antes citada.

El objeto de la presente modificación es la adaptación de la Orden SSI/242/2014, de 20 de febrero, a la Convocatoria de propuestas 2015-EAC/A04/2014 Programa Erasmus+ de la Comisión Europea, la cual establece la realización de tres rondas para la presentación de las solicitudes para todas las Acciones del ámbito de la Juventud del Programa Erasmus+, incluidas las Acciones Clave 2 y 3, que únicamente tenían dos rondas para la presentación de solicitudes durante 2014. A este respecto se modifican el apartado 1 del artículo 2 y el apartado 1 del artículo 4 de la Orden SSI/242/2014, de 20 de febrero.

Dentro del ámbito nacional, el artículo 6 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, dispone que las subvenciones financiadas con cargo a fondos de la Unión Europea se regirán por las normas comunitarias, teniendo aquella ley carácter supletorio; en términos similares se manifiesta el artículo 7 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Por su parte, el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, habilita a los ministros correspondientes para la aprobación de las bases reguladoras de la concesión de subvenciones mediante orden. Dicha...

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