Orden FOM/1953/2008, de 27 de junio, por la que se resuelve concurso general convocado por Orden FOM/952/2008 de 31 de marzo.

MarginalBOE-A-2008-11520
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden
29810 Martes 8 julio 2008 BOE núm. 164
MINISTERIO DE FOMENTO
11520 ORDEN FOM/1953/2008, de 27 de junio, por la que
se resuelve concurso general convocado por Orden
FOM/952/2008 de 31 de marzo.
Anunciada por Orden FOM/952/2008 de 31 de marzo (Boletín
Oficial del Estado del 8 de abril de 2008), convocatoria pública para
cubrir por el sistema de concurso general (Ref.ª FG2/08) puestos de
trabajo vacantes en el Departamento, de conformidad con lo dis-
puesto en el artículo 20.1 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de
Medidas para la Reforma de la Función Pública, según redacción
dada al mismo por el artículo primero de la Ley 23/1988, de 28 de
julio, de modificación de la anterior, y previo cumplimiento de las
normas establecidas en el título III, capítulo II, del Reglamento Gene-
ral de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General
del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profe-
sional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del
Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y de
las bases de dicha convocatoria,
Este Ministerio, en uso de las atribuciones conferidas por el artí-
culo 13.7 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Fun-
cionamiento de la Administración General del Estado, ha resuelto:
Primero.–Aprobar las propuestas de la Comisión de Valoración
de méritos, adjudicando los puestos de trabajo de la referida convo-
catoria a los funcionarios y en los términos que se expresan en el
anexo a la presente.
Segundo.–Declarar desierto el puesto que se especifica en el
anexo por no haber petición alguna para cubrirlo o por no reunir las
condiciones requeridas en la convocatoria.
Tercero.–El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de
tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario, o
de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio
activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al de
cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes
a la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado. Si la
resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de
posesión deberá computarse desde dicha publicación.
Cuarto.–El personal que ha obtenido destino a través de este
concurso no podrá participar en concursos de méritos que convoque
tanto la Administración del Estado como las Comunidades Autóno-
mas hasta que hayan transcurrido dos años desde la toma de pose-
sión del puesto adjudicado, salvo lo prevenido por el apartado 2 del
artículo 41 del citado Reglamento General.
Quinto.–. Los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo
que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión, se hubiera obte-
nido otro destino, bien por el sistema de libre designación o por el de
concurso, convocados por otros Departamentos o Comunidades
Autónomas. Asimismo, se considerarán de carácter voluntario y, en
consecuencia, no generarán derecho al cobro de indemnización por
concepto alguno.
Sexto.–Contra la presente Orden, que pone fin a la vía adminis-
trativa (disposición adicional decimoquinta de la Ley 6/1997, de 14
de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración
General del Estado), cabe recurso contencioso-administrativo ante
los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, con arreglo
a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo
de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación
(artículo 46.1 de la precitada Ley), o, potestativamente y con carác-
ter previo, recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano
que lo dictó, en el plazo de un mes (artículos 116 y 117 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Adminis-
traciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, según
redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero).
Madrid, 27 de junio de 2008.–La Ministra de Fomento, P.D.
(Orden FOM/3564/2004, de 19 de octubre), la Subsecretaria de
Fomento, María Encarnación Vivanco Bustos.

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