Orden ITC/846/2011, de 29 de marzo, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Nacionales de Comercio Interior.

MarginalBOE-A-2011-6414
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Industria, Turismo y Comercio
Rango de LeyOrden

Los Premios Nacionales de Comercio Interior fueron creados por Orden de 16 de julio de 1997 con objeto de galardonar la especial labor de los Ayuntamientos en sus actividades de renovación urbana comercial, en el centro de las ciudades, y de los Pequeños Comercios, en su labor de desarrollo comercial y modernización empresarial.

Esta norma ha experimentado diferentes modificaciones a lo largo de los trece años de vigencia de los premios. La última tuvo lugar en el año 2007, al establecerse nuevas bases reguladoras por Orden ITC/4068/2007, de 28 de diciembre, con el fin de actualizar y mejorar el contenido de la norma con la experiencia acumulada. La experiencia de las últimas convocatorias revela nuevas necesidades y orientaciones, por lo que se hace necesaria una nueva redacción de esta orden.

En el proceso de elaboración de esta orden han emitido informe la Abogacía del Estado y la Intervención Delegada en el Departamento, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

En su virtud, dispongo:

Primero. Creación de los premios.–Se aprueba la creación de los Premios Nacionales de Comercio Interior, que tendrán tres modalidades:

  1. Premio Nacional a Ayuntamientos, destinado a premiar las actuaciones de renovación urbana comercial en el centro de las ciudades. Este premio contará con dos accésit.

  2. Premio Nacional al Pequeño Comercio, destinado a premiar el desarrollo comercial y modernización empresarial, mediante la mejora de la tecnología y la asociación o fusión de empresas. Este premio contará con dos accésit.

  3. Premio Nacional a centros comerciales abiertos, destinado a galardonar el asociacionismo comercial orientado a la promoción de centros comerciales abiertos (CCA) y la potenciación y desarrollo de sus órganos gerenciales. Este premio contará con dos accésit.

    El órgano de selección podrá, además, proponer menciones en cualquiera de las modalidades anteriores, con el objeto de destacar la calidad de las candidaturas presentadas.

    Se establecen las bases reguladoras que figuran como anexo a la presente orden ministerial.

    Segundo. Convocatoria.–La convocatoria de los premios tendrá lugar con carácter anual y será publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

    El Ministro, en virtud de lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y sin perjuicio de las delegaciones en vigor, podrá resolver la convocatoria y la adjudicación de los premios.

    Tercero. Derogación normativa.–Queda derogada la Orden ITC/4068/2007, de 28 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras de los Premios Nacionales de Comercio Interior

    Cuarto. Entrada en vigor.–La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

    Madrid, 29 de marzo de 2011.–El Ministro de Industria, Turismo y Comercio, Miguel Sebastián Gascón.

    ANEXO

    Bases reguladoras de la concesión de los Premios Nacionales de Comercio Interior

    1. Objeto de los premios.–El objeto de los premios es distinguir la especial actuación de los Ayuntamientos en materia de renovación urbana comercial en el centro de las ciudades. Premiar a los pequeños comercios que destaquen por su desarrollo comercial y modernización empresarial, mediante la mejora de la tecnología utilizada, asociación o fusión de empresas y galardonar el asociacionismo comercial para la creación y desarrollo de centros comerciales abiertos, o el impulso de los ya existentes, mediante la potenciación de sus órganos gerenciales.

    2. Requisitos de los candidatos.

  4. Premio Nacional a Ayuntamientos. Podrán ser candidatos los ayuntamientos y mancomunidades de municipios de España, a que se refiere el artículo 3.2.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

  5. Premio Nacional al Pequeño Comercio. Podrán ser candidatos los empresarios autónomos y sociedades mercantiles dedicadas al comercio minorista que se encuentren en los epígrafes 64, 65 y 66 del Impuesto de Actividades Económicas o en la rama 52 de la CNAE.

  6. Premio Nacional a centros comerciales abiertos. Podrán presentar su candidatura las asociaciones y federaciones de comerciantes de carácter territorial sin fines de lucro.

  7. Estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social y no ser deudor por resolución de procedencia de reintegro.

  8. No estar incurso en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario señaladas en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

    1. Obligaciones de los beneficiarios.

  9. Justificar el cumplimiento de los requisitos establecidos.

  10. Además, estarán sujetos a las obligaciones que con carácter general, se establecen en el artículo 14 de la Ley General de Subvenciones.

    1. Procedimiento de concesión y criterios de valoración.–El procedimiento de concesión será en régimen de concurrencia competitiva. Para la concesión de los premios se realizará una comparación de las candidaturas presentadas, estableciendo una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de...

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