Orden PRA/1209/2017, de 4 de noviembre, por la que se crea el órgano administrativo encargado de la ejecución del programa de apoyo a la celebración del acontecimiento de excepcional interés público 'La Liga World Challenge'.

Fecha de Entrada en Vigor12 de Diciembre de 2017
MarginalBOE-A-2017-14520
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales
Rango de LeyOrden

El artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, señala que la Ley que apruebe los programas de apoyo a acontecimientos de excepcional interés público, regulará la creación de un órgano administrativo que se encargue de la certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del mismo, en el que necesariamente estarán representadas las Administraciones públicas interesadas en el acontecimiento y, en todo caso, el Ministerio de Hacienda y Función Pública, siendo necesario el voto favorable de la representación de este Ministerio para la emisión de las citadas certificaciones. Asimismo, formarán parte del órgano que se crea dos representantes del Consejo Superior de Deportes, un representante de la Liga Nacional de Fútbol Profesional y otro de la Fundación de Fútbol Profesional, siendo esta última la entidad encargada de la ejecución de los planes y programas, en los términos establecidos en el artículo 6 de la presente Orden.

La disposición adicional sexagésima tercera de la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, otorga a la celebración de «La Liga World Challenge» la consideración de acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de 23 de diciembre. «La Liga World Challenge» es un proyecto de la Liga Nacional de Fútbol Profesional, a través de la Fundación de Fútbol Profesional, que tiene por objetivos proyectar internacionalmente la imagen del fútbol, apoyar al deporte español en general, así como promocionar los valores de la marca España.

El apartado tres de dicha disposición adicional señala que «la certificación de la adecuación de los gastos realizados a los objetivos y planes del programa se efectuará en conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002», añadiendo en el apartado cuatro de aquélla que «El desarrollo y concreción en planes y programas de actividades específicas se realizará por el órgano competente en conformidad con lo dispuesto en la citada Ley 49/2002».

La citada disposición adicional establece en su apartado dos que la duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarcará desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2019. Los beneficios fiscales, de acuerdo con lo dispuesto en su apartado cinco, serán los máximos establecidos en el artículo 27.3 de la citada Ley 49/2002.

La aplicación de los beneficios fiscales se regirá por la citada Ley 49/2002, de 23 de diciembre, y por el Reglamento para la aplicación del régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo, aprobado por Real Decreto 1270/2003, de 10 de octubre.

Además de la obligada representación del Ministerio de Hacienda y Función Pública, formarán parte del órgano que por esta Orden se crea: dos representantes del Consejo Superior de Deportes, un representante de la Liga Nacional de Fútbol Profesional y un representante de la Fundación de Fútbol Profesional.

Esta Orden ministerial, conforme a los principios previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y...

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